1.- El derecho a la deducción del iva en la jurisprudencia del TJUE
2- Solo el IVA soportado en un determinado ejercicio que supere el repercutido en ese ejercicio puede ser compensado por el sujeto pasivo en ejercicios posteriores
3.- Sujeción al iva de la emisión de acciones
4.- Deducción iva soportado en la prestación de servicios técnicos no sujetos a iva en España por localizarse fuera del territorio de aplicación del impuesto.
5.- Cabe permitir la deducción de cuotas de iva soportadas siempre que se demuestre la existencia de una relación directa e inmediata entre una operación concreta por la que se soporta el IVA y una o varias operaciones por las que se repercute con derecho a deducción.
6.- Momento en que se tiene derecho a ejercer la deducción del IVA
7.- Limitaciones del derecho a deducir
8.- No deducibilidad de las cuotas de IVA indebidamente repercutidas por operaciones exentas del impuesto
9.- El derecho a la deducción del iva en la jurisprudencia del TSJUE.
10.- Deducción de las cuotas soportadas en la adquisición de bienes cuyo destino previsible es la realización de operaciones exentas del impuesto
11.- Sociedad limitada meramente patrimonial. Condición de empresario o profesional a los efectos del IVA y derecho a la deducción de las cuotas soportadas por este impuesto.
12.- Gastos de representación
13.- Deducción de las cuotas de IVA soportadas en la adquisición de bienes que no guarden relación con la actividad del sujeto pasivo.
14.- En importaciones
15.- Deducción cuotas repercutidas extemporáneamente.
16.- Derechos a deducción y cumplimiento de obligaciones formales. Distinción entre los llamados requisitos materiales y los formales.
17.- Servicios relacionados con la venta de acciones
18.-. Deducción del impuesto soportado en relación a los honorarios de abogados de un procedimiento penal seguido contra el gerente y socio principal de una sociedad
19.-Supuestos de no sujeción
20.- Denegación del derecho a deducir al destinatario de la factura emisor de la factura excluido del censo de empresarios individuales emisor de la factura que ha incumplido su obligación de declarar a sus empleados ante la Administración Tributaria
21.- El derecho a deducción se condiciona a que exista una relación directa e inmediata entre una operación concreta por la que se soporta el IVA y una o varias operaciones por las que se repercute con derecho a deducción
22.-. Incompatibilidad con el ordenamiento comunitario de las limitaciones del derecho nacional de los estados miembros a la deducción y exención del iva..
23.-El derecho a la deducción está condicionado a que las cuotas de IVA soportadas por la adquisición de bienes o servicios es necesario que los mismos se destinen al desarrollo de la actividad
24.- No procede deducir las cuotas por arrendamiento si no se acredita que se haya destinado a la actividad empresarial
25.- Deducción del IVA soportado en la adquisición de derechos de edificabilidad en permuta por terrenos
26.- El derecho a la deducción se condiciona a la acreditación de su necesidad y de la afectación a la actividad
27.- Sociedad promotora directa e indirecta por participación en otras tiene derecho a deducir facturas de entidades de asesoramiento tributario y financiero que además han acreditado la realidad de los servicios
28.- Necesidad de aportación para la deducción de elementos que pongan de manifiesto relaciones comerciales con clientes y proveedores en los LUgares a los que efectuó los desplazamientos por viaje y alojamiento en hoteles para desarrollarlos a través de contactos y atenciones con ellos
29.- No pueden ser objeto deducción las cuotas soportadas por un inmueble si no se acredita la finalidad de utilizarlo en actividades empresariales
30.- Deducibilidad de los costes relacionados con determinados servicios de asesoramiento recibidos en el marco de un procedimiento arbitral para determinar el importe de un crédito que forma parte del patrimonio de la empresa
31.- Sociedad patrimonial dedicada exclusivamente a la mera tenencia de bienes inmuebles estando constituido su patrimonio por un solar.
32.- Cuotas soportadas en concepto de IVA requieren acreditar que el sujeto pasivo que esté actuando como empresario o profesional explotando bienes o prestando servicios para la obtención continuada de ingresos. Carga de la prueba.
33.- Cuotas soportadas por una entidad financiera por gastos afectos a una opa sobre sus acciones
34.-Deducción de cuotas soportadas por otra dependiente de ella y liquidada cuando no se trata de supuestos de fusión y absorción
35.-Desproporción entre gasto y actividad y correlación con la actividad y con los ingresos. Gastos excesivos y deducibilidad del IVA.
36.- Deducción en cesiones de bienes sin obligación contractual:
37.-Servicios de vigilancia de la casa particular del empresario:
38.- Proporcionalidad
39.- Deducibilidad cuando en la actividad inmobiliaria de promoción realizada el destino normal es una segunda entrega inmobiliaria o el alquiler exento de iva.
40.- Servicios recibidos de socios.
41.- Incidencia de problemas en los contratos para la deducción del iva soportado:
42.-Primero se deducen las cuotas soportadas en el mismo ejercicio y, luego, las resultantes a compensar de los anteriores.
43.- Deducción con cese de actividad:
44.- Adquisición posterior a la adquisición de bienes de la condición de sujeto pasivo e incidencia en la deducibilidad de las cuotas soportadas en la adquisición.
45.- Deducción de cuotas cuando existe un procedimiento administrativo o judicial en curso:
46.- Derecho a declaración si no se ha presentado declaración
47.- Publicaciones. Libros. Artículos.
48.- Sobre la exclusividad.
49.- Denegación derecho por falta identificación
50.- Criterios administrativos y jurisdiccionales más relevantes
51.- En sociedad de seguros
52.- Transmisiones globales del patrimonio empresarial
53.- Práctica nacional consistente en denegar al comprador el derecho a deducción debido a que tenía o debería haber tenido conocimiento las dificultades del vendedor para poner el iva repercutido
54.- Supuesto abuso de derecho
55.-Criterio del TJUE sobre la sustituibilidad de la factura no emitida por el contrato de venta y arrendamiento financiero a efectos de la deducción de la cuota de iva soportado