Búsqueda de la optimización fiscal y de una mayor eficiencia empresarial con la planificación, diseño, ejecución y obtención de la estructura juridica de participación en grupos de sociedades.

En la exposición que, a continuación, vamos a realizar para la puesta en valor de los trabajos a desarrollar en orden a conseguir este objetivo, contemplamos los siguientes aspectos:

1.- El especial interés de las Empresas o Grupos de Empresas Familiares:

Fundamentalmente, en el ámbito de las empresas familiares que pueden representar el 90% del total de las empresas de este país, cobra una extraordinaria importancia el contar con una estructura fiscal y empresarial óptima con objetivos en el medio y largo plazo, pero no solo pensando en obtener unos determinados ahorros fiscales sino, adicionalmente, de prevenir contingencias y optimizar los recursos
En nuestra experiencia y contacto personal y profesional con este tipo de empresas hemos podido constatar cómo una planificación fiscal y empresarial óptima, adicionalmente, ha contribuido incluso a la diversificación de actividades y a fortalecer los Grupos de Sociedades dotándolas de una estructura más sólida de cara a afrontar situaciones futuras convulsas y de crisis sobrevenidas.

2.- Problemas con los que nos encontramos en el diseño y consecución de nuevas estructuras jurídicas de participación

Siendo evidente que en el marco de la ejecución de la planificación diseñada como objetivo se tienen que producirse cambios en las titularidades jurídicas de las participaciones en las distintas sociedades intervinientes ,así como, en su caso, en las de oros bienes y derechos a transmitir, el primer problema a afrontar son la determinación y cuantificación de los distintos impuestos que pudieran devengarse como consecuencia de las alteraciones en la composición de patrimonios que se pudieran producir en los obligados tributarios afectados.
La cuantía de los distintos impuestos a liquidar puede hacer inviable toda planificación si no se obtienen las soluciones adecuadas. En particular, los siguientes tributos pudieran ser objeto de devengo:

  • IRPF
  • Impuesto Sociedades
  • IVA
  • Impuesto Transmisiones, modalidad Transmisiones Onerosas
  • Impuesto Transmisiones modalidad Operaciones Societarias
  • Impuesto Transmisiones, modalidad Actos Jurídicos Documentados
  • Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos (plusvalía municipal).

Pidiéndose producir, así mismo, cambios en la valoración de bienes y derechos en el Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas y de Grandes Fortunas.

A partir del examen y valoración del posible devengo de estos Impuestos procedería valorar la posibilidad de aplicar los beneficios fiscales en orden a la neutralidad de estos tributos. A tal efecto, adelantamos ya el “campo de minas” que puede suponer la inseguridad jurídica inherente al cumplimiento o no de los requisitos exigibles para que no resulten exigibles los impuestos siendo conscientes de:

  • Las facultades de recalificación posterior por los Servicios de Inspección de la Administración Tributaria sobre la verdadera naturaleza jurídica de las operaciones a desarrollar.
  • Y de la justificación de las operaciones por “motivos económicos válidos”.

Y, es preciso tener muy presente la irretroactividad de las operaciones de planificación ejecutadas con el consiguiente devengo de plusvalías en caso de cuestionamiento posterior por la Administración tributaria de los incentivos de neutralidad fiscal aplicados.

3.- Posibles objetivos pretendidos

Citamos, entre otros:

  • Planificación sucesión empresarial familiar
  • Protección del patrimonio empresarial y familiar a medio y largo plazo
  • Maximizar la renta disponible que fluye finalmente a las personas físicas socias
    por los beneficios obtenidos por las sociedades operativas.
  • Protección del patrimonio empresarial familiar a largo plazo
  • Diversificación de actividades y riesgo empresarial.
  • Posibles ahorros fiscales que pudieran confluir con los motivos económicos válidos sin incurrir en elusiones o evasiones.
  • Aplicación del régimen Especial de Consolidación Fiscal definieindo el perímetro de consolidación.
  • Acceso a regímenes especiales respecto a bienes inmuebles específicos destinados al alquiler a largo plazo.
  • Posible minoración del Impuesto patrimonio familiar futuro o del Impuesto de Grandes Fortunas
  • Traslado al mercado de un Grupo de empresas con mayor tamaño y/o solvencia valorando la estrategia a seguir a nivel de sociedades o de Grupo.

A estos objetivos bien pudiera ayudar a su consecución la obtención de una estructura tipo holding, debiendo tomar en consideración, además, en la proyección futura de la estructura de participación aspectos tales como:

  • La responsabilidad de los administradores en las estructuras.
  • Determinación de las funciones u objeto del holding, si optar por una holding pura o mixta, con la consiguiente incidencia en tributación indirecta futura como el IVA, optando por centro de servicios compartidos, definiendo cuales y como son las relaciones y transacciones entre el holding y sus filiales.
  • Contemplación de la sociedad holding como instrumento de planificación fiscal de patrimonios familiares.
  • El estudio de los principales u otros aspectos jurídicos de las sociedades holdings

4.- Una propuesta concreta de ruta a seguir en la valoración de la creación o reorganización de una estructura tipo holding

I.- INTRODUCCIÓN

II.- ARGUMENTOS DE CARÁCTER GENERAL PARA JUSTIFICAR LA CREACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA TIPO “HOLDING”

A) De naturaleza fiscal

1.- En el Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas

1.1.- Cuestiones previas a considerar que inciden en la tributación por este gravamen personal

1.2.- Requisitos para exención Impuesto Patrimonio según normativa derogada

1.3.- Los préstamos a filiales en el cálculo del valor de participaciones exento en el Impuesto sobre el Patrimonio

1.4.- Congelación de valores patrimoniales en el IPPF

1.5.- Criterios administrativos relativos a la exención de las participaciones poseídas por personas físicas de una holding

2.- Posibilita el flujo de los beneficios o su canalización entre los distintos negocios o sociedades del grupo sin coste fiscal y, por ende, la diversificación empresarial

3.- Optimización en la transmisión de las participaciones en filiales

4.- Tributación al tipo del 20% de los dividendos distribuidos por las sociedades holdings a los socios personas físicas

5.- Acceso a la bonificación del 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

6.- Comunicación de pérdidas a través de la posibilidad de aplicar en la sociedad holding el gasto por depreciación de valores de las sociedades participadas

7.- Deducción del “fondo de comercio financiero”

8.- Deducibilidad del Fondo de Comercio en operaciones de reestructuración empresarial o en adquisiciones de negocios a terceros

9.- Flexibilidad operaciones de reorganización y reestructuración empresarial

10.- Posibilidad de acumular gastos financieros en las tomas de participación en otras compañías financiadas con préstamos ajenos

11.- Posibilidad de optar por el régimen especial de consolidación fiscal

12.- Exención de dividendos y plusvalías por venta en sociedades participadas no residentes

B) De naturaleza jurídica

C) Función básica de un holding

D) De naturaleza financiera

E) Gestión y agrupación de estructuras organizativas

F) De otra naturaleza

III.- RAZONES PARTICULARIZADAS A CONSIDERAR EN LA CREACIÓN DE LA ESTRUCTURA HOLDING PARA EL CLIENTE “X”

1.- Relación de participaciones en sociedades detentadas por XXX susceptibles de transmitirse a la sociedad holding/SPE. Porcentajes de participación en las mismas. Estructura jurídica de participación en las sociedades del grupo. Valores contables y reales de las sociedades participadas
2.- Determinación de los valores reales de las aportaciones a realizar por los socios y porcentajes de titularidad a obtener en la sociedad holding
3.- Análisis particularizado de la determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Patrimonio del ejercicio XXX
4.- Principales conclusiones alcanzadas acerca de esta problemática en la reunión con XXXX

IV.- OPERACIONES DE REESTRUCTURACIÓN A REALIZAR. REQUISITOS A CUMPLIR

1.- Tratamiento de posibles plusvalías derivadas de una transmisión de las participaciones aflorando las correspondientes plusvalías
2.- Elusión de las plusvalías de la transmisión por aplicación de los beneficios fiscales existentes para las operaciones de reestructuración
2.1.- Canje de valores
2.2.- Aportaciones no dinerarias especiales
2.3.- Otros requisitos exigidos a las operaciones anteriores
2.4.- Posibles otras operaciones a valorar: Fusión por absorción, escisión total, parcial, financiera, inversa, cesión global
3.- Problemática fiscal relativa a la inaplicabilidad del RESP a una sociedad cuyo único activo está compuesto por participaciones en otra sociedad operativa

V.- IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LAS OPERACIONES RECOMENDADAS

VI.- PROBLEMÁTICAS FISCALES ADVERTIDAS EN EL ESTUDIO EN RELACIÓN CON EL IRPF DEL SOCIOS

1.- Datos con relevancia tributaria contenidos en la declaración del IRPF/IPPF de XXXX
2.- Valoración de alternativas para reducir la carga fiscal por las rentas del capital inmobiliario
3.- Tributación de la percepción de dividendos
4.- Posibles implicaciones fiscales derivadas de la cesión del uso de la marca a las sociedades beneficiarias
5.- Problemáticas fiscales en la relación socio-sociedad

VI.- ASPECTOS FISCALES DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE LA SOCIEDAD DE PROMOCIÓN DE EMPRESAS

VIII.- OTRAS CUESTIONES ANALIZADAS Y VALORADAS