TLT E 18. Ley general tributaria E 18.17. Prescripción E 18.17.01. Interrupciones por investigar para otros hechos imponibles. Actos que interrumpen actuaciones que permiten avanzar en el proceso

18.17.01. Interrupciones por investigar para otros hechos imponibles. Actos que interrumpen actuaciones que permiten avanzar en el proceso

1.-Requerimientos

2.-Plazos consumidos en ejecuciones erróneas

3.-Actos que interrumpen.

3.1.- Los intentos de notificación detienen el plazo de interrupción injustificada del procedimiento inspector

3.2. – Relación entre el procedimiento de comprobación de valores y de tasación pericial contradictoria

3.3.- Derivación de la responsabilidad. El inicio del plazo de prescripción de la acción para derivar la responsabilidad solidaria de la que responde el responsable subsidiario es desde la fecha que finaliza para este último el periodo de pago voluntario que sigue a la declaración de tal responsabilidad subsidiaria. El fundamento de la responsabilidad solidaria no está vinculado directa e inmediatamente al «deudor principal» y a la deuda pendiente de pago por éste, sino a la garantía de que el deudor principal, – y también cualquier otro obligado al pago-, responda de la deuda con su patrimonio

3.4.-Las actuaciones de una Administración tributaria, incompetente por razón del territorio, aenor del domicilio fiscal declarado por la contribuyente, interrumpen la prescripción con relación a la deuda tributaria de dicha contribuyente

3.5.- Para que una denuncia produzca efectos interruptivos de acuerdo con lo previsto en el art. 39.3 b) LGS, ha de estar o bien referida al concreto procedimiento subvencional en el que se quiere hacer valer dicha eficacia, o bien a hechos directa o indirectamente relacionados con ella, de forma que la investigación penal pueda proyectarse en su caso sobre dicha subvención, sin que una denuncia de carácter genérico pueda producir por sí sola la interrupción de la prescripción.

No es preciso que la denuncia dé lugar a un procedimiento criminal, pero sí que estando referida a hechos relativos a la subvención de que se trate, sea susceptible de generar algún tipo de diligencia investigadora.

3.6.- La tramitación de un procedimiento de regularización catastral interrumpe el plazo de prescripción del derecho de la administración para determinar la deuda tributaria.

3.7.- Intercambio de información y suspensión de la inspección.

3.8.- Amparo constitucional reconociendo la prescripción del derecho a reclamar la deuda tributaria por actuación defectuosa y poco diligente de la Administración

3.9.- Prescripción. La declaración anual presentada por el interesado interrumpe el plazo de 4 años de prescripción de la actividad sancionadora

3.10.- Interés casacional: ¿acerca de si las actuaciones de comprobación efectuadas por una administración tributaria incompetente en función del domicilio fiscal pueden interrumpir la prescripción de las deudas tributarias?

3.11.- Duración de un procedimiento de inspección de los miembros de una comunidad de bienes. Consecuencias del cumplimiento del plazo. El procedimiento inspector de acuerdo con la regulación legal anteriormente reproducido, no pudo interrumpir el pazo de prescripción de 4 años del derecho a liquidar la deuda tributaria. Plazo que ha de computarse desde la fecha en que finalizó el plazo para presentar la declaración.

3.12. Sobre si interrumpe la prescripción el procedimiento de verificación de datos iniciado para acreditar una deducción por donativos, pues se dio por finalizado sin que la entidad hubiese aportado la documentación requerida, pues ya figuraba en poder de la Administración, lo cual significa que el procedimiento fue inútil y su única finalidad era interrumpir la prescripción

3.13.-Resulta contradictorio afirmar que el procedimiento es único y, al mismo tiempo, que la prescripción se interrumpe para los impuestos y ejercicios «ampliados» cuando se notifica el acuerdo de ampliación

3.14.-. La prescripción de la deuda tributaria: ¿impide la actuación de la administración en la liquidación de impuestos?

3.15.- Error judicial en el contencioso tributario apreciado en amparo: sobre si  las notificaciones defectuosas interrumpen o no interrumpen la prescripción.

3.16.- la presentación de la autoliquidación por ITP acompañada de la copia de escritura de constitución de alimentos vitalicios a cambio de cesión de inmuebles en la modalidad de donaciones: sobre si interrumpe la prescripción del ISD.

3.17.-. Sobre si carece o no de eficacia interruptiva de la presión la declaración de transmisión de dominio o declaración tributaria presentada por UN TERCERO MANDATARIO ANTE LAS OFICINAS liquidadoras del Ayuntamiento

3.18.- Características que han de reunir los actos de la Administración para que puedan interrumpir la prescripción

3.19.- El acta de inspección incoada no constituye un acto de reanudación formal interruptivo de la prescripción

3.20.- Requerimiento de información de bienes y derechos para poder hacer efectivo el crédito tributario

3.21.- Solicitud de un certificado de deudas.

3.22.- Resolución indebida, por un Tribunal Económico-Administrativo, de la reclamación formulada per saltum no es causa de nulidad de pleno de derecho, aunque exista una vulneración -clara y evidente- del principio de buena administración.

3.22.-Resolución indebida, por un Tribunal Económico-Administrativo, de la reclamación formulada per saltum no es causa de nulidad de pleno de derecho, aunque exista una vulneración -clara y evidente- del principio de buena administración

3.23.-Efectos de los certificados tributarios

3.24.- Interrupción de prescripción del Requerimiento efectuado al deudor principal – ex articulo 162 LG- solicitando una relación de bienes y derechos integrantes de su patrimonio

4.-Falta diligencia debida en cumplimentación de expedientes puede dar lugar a la prescripción

5.-Con notificación deficiente al contribuyente

6.-Procedimiento de verificación seguido de comprobación

7.-El procedimiento de legalización de obras en el ICIO interrumpe la prescripción

8.-Presentación ante administración equivocada Y CON Haciendas Forales y Estatal

9.-Interrupciones en procedimiento penal (ver delito fiscal)

10.-Interrupción entre cónyuges

11.-Actuaciones de la Administración en impuesto equivocado por su culpa.

12.-Normas anti comunitarias

13.-Obligaciones conexas

14.-Eficacia interruptiva de La declaración de transmisión de dominio o declaración tributaria presentada por 1/3 mandatario en las oficinas liquidadoras del Ayuntamiento o sin apoderamiento expreso.

15.- Actuaciones documentadas en diligencias con cuya finalidad era obtener información de trascendencia tributaria para otros sujetos

16.- La tramitación de un procedimiento de regularización catastral en el IBI interrumpe el plazo de prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria1.-La tramitación de un procedimiento de regularización catastral en el IBI interrumpe el plazo de prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria

17.-Interrupción prescripción en obligaciones de IVA

17.1.- Interrupción pidiendo la Inspección libros.

17.2.- Interrupción modelo 190

17.3.- Interrupción modelo 390: Sobre si las declaraciones resumen tienen el efecto de interrumpir la prescripción

17.3.1.- En el Territorio Común:

17.3.2.- En los Territorios Forales.

18.- Obligaciones conexas. Virtualidad interruptiva de las actuaciones efectuadas por el IRPF respecto del plazo de prescripción para la presentación del modelo 210 con resultado a devolver

19.-Actos interruptivos. Dies a quo y diez ad quem

20.- Interrupción de la prescripción en procedimiento de devolución por ingresos indebidos.

21.- Interrupción de prescripción en procedimientos tributarios utilizados erróneamente

22.-Efectos en la prescripción no tratándose de tributos conexos

23.-Procedimiento de comprobación censal e interrupción de la prescripción del derecho a liquidar el iva

24.-Intento de notificación en un domicilio diferente al específicamente designado

25.- Acerca de si un procedimiento de verificación de datos para justificar retenciones no interrumpe la liquidación del impuesto de sociedades por aplicación indebida del régimen de reducida dimensión

26.- Interrupción de los plazos. De prescripción en los supuestos de remisión del expediente por un presunto delito contra la Hacienda Pública

27.- Interrupción de la prescripción de recursos tendentes a obrar la declaración de caducidad del procedimiento

28.- Inexistencia de declaración expresa de la caducidad del procedimiento iniciado y si las actuaciones realizadas con posterioridad se entienden practicadas en el seno del mismo procedimiento caducado.

29.-Interrupciones no justificadas por un tiempo superior a los 6 meses imputable a la administración y consecuencias sobre la interrupción de la prescripción.

30.- Interrupción de la prescripción de defectos formales de notificación

31.- Notificación con rehúse

32.- Sobre si Interrumpe la prescripción del derecho a solicitar la devolución de los ingresos indebidos realizados con ocasión de un pago fraccionado la presentación de la liquidación anual del IS

33.- Interrupción de actos realizados por Administración incompetente

34.- Interrupción de la prescripción por los recursos que sucesivamente anulan liquidaciones

35.-Escrito de alegaciones

36.- Solicitud de un certificado tributario de deudas pendientes

37.-Interrupción por solicitud en el marco de un procedimiento de inspección de información a las autoridades fiscales de otro país

38.-Si producida caducidad del procedimiento, por sí sola produce la presión y efectos en las actuaciones realizadas en procedimientos caducados

39.-Efectos en actuaciones inspectoras de una nulidad de pleno derecho

40.- Petición de informes de valoración a una dependencia del mismo órgano de administración 

41.- Notificaciones defectuosas

42.- Plazos consumidos en ejecuciones erróneas.

43.- Doctrina de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo sobre si los actos procesales dotados   de auténtico contenido material interrumpen la prescripción y las llamadas “diligencias inocuas”.

44.- Diligencia de embargo dictada cuando el que tiene el bien ya no es el deudor.

45.- Criterio del Tribunal Supremo sobre si una notificación del fiscal puede invalidar una regularización tributaria

46.-Procedencia de reclamación del ICIO al sustituto pese a que la hacienda hubiera iniciado previamente una actuación inspectora frente al contribuyente

47.- Sobre si un expediente que se encuentra en la vía penal cabe entender interrumpido el plazo de prescripción

48.- Actuaciones administrativas a título de fraudulentas o meramente orientadas a provocar el efecto de interrupción

50.- Actos realizados entre la declaración de responsabilidad solidaria y la notificación de la diligencia de embargo

51.-Criterio del Tribunal Supremo sobre si la tasación pericial contradictora caducada es útil o no a los efectos de interrumpir la presión de la deuda tributaria

52.- Sobre si solicitar un certificado tributario de deudas pendientes interrumpe  la prescripción del derecho de Hacienda a reclamar su pago

53.- Calificación jurídica de exención tributaria o no sujeción al tributo efectuada por el obligado tributario al presentar la autoliquidación tributaria y si priva de los efectos interruptivos

54.-Efectos de las actuaciones penales previas al inicio del procedimiento de comprobación respecto del plazo de prescripción

55.-Sobre si el plazo de prescripción para exigir la obligación de pago a los responsables solidarios puede ser interrumpido por actuaciones realizadas frente al deudor principal o al responsable anterior

56.- Acerca de si la presentación extemporánea de alegaciones complementarias con una argumentación adicional a la ya presentada tiene carácter interruptor de la prescripción

57.- Sobre si interrumpe por la tramitación de un procedimiento de regularización catastral en el IBI

58.-Jurisprudencia del Tribunal Supremo respecto a la interrupción de la prescripción de notificaciones invalidas o ineficaces.

59.-Comprobación limitada improcedente y liquidaciones nulas de pleno derecho o anulables y efectos en la prescripción.

60.- Cuestiones de interés casacional ante el Tribunal Supremo. Autoliquidación con cuota cero. Solicitud presentada con ocasión de la regularización practicada por la administración a otro obligado tributario.