TLT E 15. Impuesto Renta Personas Físicas E 15.05. Incrementos y disminuciones de patrimonio E 15.05.02. Fecha de la alteración en la composición del patrimonio

15.05.02. Fecha de la alteración en la composición del patrimonio

1.- Valor de adquisición:

1.1.- Adquisición por nudo propietario en consolidación USUFRUCTO.

1.2.-Fecha de adquisición cuando no se transmite una parte del dominio

1.3.-Autopromoción y mejoras incorporadas a un inmueble poseído

1.4.- Fecha de mejoras introducidas en bienes en EPU.

 1.5.- Momento de adquisición de la herencia a efectos fiscales:

  1.6.- Varios. Criterios administrativos y jurisdiccionales

2.- Valor de enajenación:

2.1. Fecha de transmisión de un inmueble cuando el transmitente se quede temporalmente como precarista.

2.2.- Otros criterios administrativos y jurisdiccionales

2.3. Caso de permutas (ver F Inmobiliaria Permutas).

2.4. Agrupación y segregación

3.- Escrituraciones

4.- Criterios administrativos y jurisdiccionales más relevantes

5.- Fecha de adquisición de bienes adquiridos por fallecimiento 

6.-Contrato privado sin o con entrega de la cosa

7.- . Determinación del momento en que se produce el incremento o disminución de patrimonio

8.- Transmisión de un elemento patrimonial en fecha equivalente a la de su adquisición en el año anterior, sobre si se considera transcurrido más de un año

9.- Imputación temporal de las cantidades percibida a cuenta de un contrato de compraventa sometido a condición suspensiva y sin traditio cuando finalmente no se cumple dicha condición 

10.-Inmueble construido en varios ejercicios

11.- Fecha de adquisición en adjudicación hereditaria con exceso de adjudicación

12.-Fecha de transmisión de un contrato y de la alteración en la composición del patrimonio.

13.-Cambio de criterio respecto a la fecha de adquisición de un inmueble mediante ius delationis fallecimiento del heredero sin aceptar la herencia de su causante y que transmite los bienes heredados a los suyos, que acepta la herencia

14.- Determinación del momento en el que las inversiones afectadas por la pérdida de valor de sus aportaciones financieras subordinadas podrán computar una pérdida patrimonial o un rendimiento neto negativo del capital mobiliario