1.-Ajustes inspección entre sociedades Territorio Común y Vasco.
2.-Criterios administrativos y jurisdiccionales más relevantes
2.1.- La resolución firme del TEAR en el Impuesto sobre Sociedades marca el criterio valorativo de la revisión de la operación vinculada en Renta
2.2.- Para regularizar la situación de las personas o entidades vinculadas al obligado tributario, es necesario que la liquidación practicada a éste sea firme
2.3.- Improcedente aplicación retroactiva de normativa posterior
2.4.- Asimetría procedimental. Improcedencia del recurso de alzada interpuesto por la Administración únicamente contra las resoluciones dictadas por el TEAR concernientes a la regularización del IRPF 2008 y 2009, no recurriendo la resolución del TEAR relativa a la sociedad vinculada, Impuesto sobre Sociedades 2008 y 2009.
2.5.- No procede el ajuste bilateral por vinculación cuando ha prescrito la acción para liquidar en la otra parte interviniente
2.6.- Incidencia de un proceso judicial en la práctica del ajuste bilateral
2.7.- Simulación absoluta cuando en la venta de terrenos a tercero se interpone una vinculada y no procede el ajuste bilateral porque la ganancia sólo afecta al transmitente
2.8.- Incidencia de la práctica del ajuste bilateral entre sociedad residente y no residente
2.9.- Otros criterios administrativos y jurisdiccionales
3.- En operaciones internacionales.
4.- Bibliografía. Artículos de opinión.
5.- Legitimación para recurrir el acuerdo de liquidación de la parte beneficiada con una reducción de su carga tributaria
6.- El procedimiento inspector cuando se inicia con un contribuyente una comprobación de una operación vinculada que afecta a otros obligados tributarios vinculados fiscalmente
7.-Recurso contra el acuerdo de liquidación a la parte beneficiada con una carga tributaria