20.10.04. Servicios

1.- Utilización efectiva de un servicio en España

1.1.- Tributación por IVA en el TH de Bizkaia de prestaciones de servicios de azafatas de tierra a favor de empresarios establecidos en Suiza

1.2.- La regla de la utilización o explotación efectivas en prestaciones de servicios realizadas entre personas establecidas en países o territorios terceros.

1.3.- Modificación de la regla de utilización efectiva en el IVA. Posible ausencia de adaptación en el IGIC y sus efectos. Necesaria coordinación normativa

1.4.- Actividad realizada para una agencia de publicidad y marketing a través de internet que gestiona la inclusión de anuncios de sus clientes residentes en España en buscadores extranjeros

2.- Prestación intracomunitaria de servicios sin NIF del otro estado miembro

3.- Prestaciones de servicios internacionales con prestaciones accesorias

4.- Traducciones

5.- Servicios prestados a otros residentes extranjeros de la UE y obligación de nombrar representante

6.- Prestación de servicios de siniestros a entidades no establecidas en el territorio de aplicación del impuesto

7.- Servicios profesionales itinerantes.

8.- Búsqueda de informaciones

9.- Culturales, artísticos, deportivos, científicos, docentes recreativos o similares

10.- Venta de tarjetas de telefonía para clientes españoles

11.- Restauración y catering

12.- Servicios efectuados por un prestador que tiene establecida su sede de actividad económica en otro país. Concepto de sujeto pasivo establecido en el extranjero

13.- Televisión

14.- Cacerías en el extranjero

15.- Azafatas de tierra

16.- Soporte mecánico y de equipo en carreras ciclista internacional

17.- Captación de clientes

18.- Peritaje y valoraciones

19.- Empresa alemana que organiza viajes a España para sus clientes

20.- Soporte informático

21.– Servicios profesionales

21.1.- Servicios prestados en África por un profesional no residente contratado por una entidad española

21.2.- Servicios de ingeniería para construcción de plantas industriales adquiere equipos y materiales para la construcción de una planta cuya ejecución lleva a cabo, pactando con el cliente la entrega de la planta llave en mano punto las entregas de bienes a la entidad destinados a la construcción de plantas que no sean objeto de expedición o transporte y no se pongan a disposición de la entidad o cualquier otro destinatario en España

21.3.- servicios de elaboración de informes sobre los resultados de las pruebas de citas realizadas para la evaluación de un producto

21.4.- Servicios profesionales prestados en relación a inmuebles

21.5.- Servicios de asesoramiento prestados por una entidad a un empresario o profesional no establecido en el tai, pero relativos a un procedimiento judicial sustanciado en dicho territorio

21.6.- Directiva 2008/8/ce del consejo de 12 febrero por la que se modifica la directiva 2006/112/e en lo que respecta al lugar de la prestación de servicios

21.7.- Abogado establecido en España se plantea prestar servicios de asesoramiento a sociedades establecidas en distintos Estados miembros de la Unión Europea.

21.8.- Destinatario de un servicio de asesoría prestado por un sujeto pasivo establecido en otro Estado miembro destinatario que ejerce tantas actividades económicas que no están comprendidas en el ámbito de aplicación de las antedichas directivas debe ser considerado sujeto pasivo, aunque la adquisición se realice exclusivamente en relación con las últimas actividades mencionadas.

21.9.- Servicios de consultoría prestados a una entidad cuando dichos servicios sirven para la venta de productos en España.

21.10.- Sobre quien es el que tiene la condición de destinatario en la prestación de servicios

21.11.- Servicios de asistencia jurídica prestados a un particular domiciliado en Canarias por el abogado cuya sede de actividad económica se encuentra ubicada en TAI.

21.12.-Localización a efectos de iva de un servicio de consultoría. Aplicación de la cláusula de utilización efectiva

21.13.- Servicios de asesoramiento jurídico para una empresa residente en los Estados Unidos de América no estando establecida en territorio de aplicación del impuesto

21.14.- Prestación de servicios de defensa jurídica en el territorio de aplicación del IVA a una comunidad hereditaria establecida en las Islas Canarias

21.15.- Los servicios de reingeniería, ingeniería y supervisión relativos a un proyecto de construcción de una plataforma petrolífera no se entienden localizados en el territorio de aplicación del iva español

21.16.- Servicios prestados en África por un profesional no residente contratado por una entidad española

21.17.- Actividades de asesoramiento fiscal contable laboral auditorías para entidades y personas físicas residentes y no residentes

21.18.- Contrato con una entidad establecida en Gibraltar cuyo objeto lo constituye la prestación de servicios de consultoría y asesoramiento en relación con la producción y adquisición de series y películas de televisión y con la distribución y venta de las mismas el uso o utilización efectiva de dichas series y programas tienen lugar fuera del territorio de aplicación del impuesto

21.19.- Criterios administrativos y jurisdiccionales más relevantes

21.20.- Criterios del TJUE en relación a Servicio Profesional de los comprendidos en el artículo 70 1.5 ley del IVA del que es prestatario un empresario o profesional se localiza en la sede del destinatario que será además considerado sujeto pasivo por inversión cuando el prestador no está establecido en el TAI del- destinatario.

21.21.- Entidad que contrata a un abogado con residencia en Argentina para que le preste unos servicios que se van a desarrollar exclusivamente fuera del territorio español dicho abogado no cuenta con establecimiento permanente en España ni desarrolla ningún tipo de actividad en el territorio español

21.22.-Servicios profesionales prestados por un procurador a un no establecido

22.- Servicios con entrega de bienes accesorios y otras entregas

23.-Servicios en contratos complejos que engloba diversas prestaciones de servicios subcontratadas.

24.- Directiva 2008/8/CE del Consejo de 12 febrero por la que se modifica la directiva 2006/112/e en lo que respecta al lugar de la prestación de servicios.

26.- La consultante establecida en España presta a sus clientes diversos servicios relativos a vehículos como reparación, remolque limpieza, son prestados materialmente en el territorio de aplicación del impuesto a empresarios residentes en otros Estados miembros de la Unión Europea y en relación con medios de transporte, vehículos, matriculados en otro Estado miembro de la Unión Europea que se encuentran temporal y circunstancialmente en España, normalmente por estar siendo utilizados en la prestación de servicios de transporte.

27.- Artículos. Publicaciones. Revistas.

28.- . Gestiones de cobro en España para transportistas no establecidos

29.- Arbitraje.

30.- Servicios de prueba en carretera de determinados componentes de vehículos efectuados por una empresa establecida en España para una empresa no establecida

31.- Bibliografía

32.- Criterios administrativos y jurisdiccionales

33.- Formación

34.- Gestión de carteras y asesoramiento en materia de inversión