TLT E 20. IVA E 20.10. Operaciones internacionales E 20.10.02 Operaciones intracomunitarias E 20.10.02.02 Adquisiciones intracomunitarias

20.10.02.02 Adquisiciones intracomunitarias

1.- Criterios administrativos y jurisdiccionales más relevantes        

2.- Modelo 349. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias 

3.- Adquisiciones asimiladas adquisiciones intracomunitarias de bienes 

4.- Adquisiciones intracomunitarias de bienes en España realización de pruebas y reexpedición

5.- Adquisición intracomunitaria. Cadenas sucesiva

6.- Adquisición intracomunitaria a un almacén español para posterior venta española o intracomunitaria

7.-Adquisición intracomunitaria. Base imponible 

8.- Adquisiciones intracomunitarias en régimen suspensivo 

9.- Justificación del transporte en la adquisición intracomunitaria 

10.- Modificación de la base imponible de una adquisición intracomunitaria de bienes

11.- Fabricante UE que compra bienes para su venta en España 

12.-Adquisición intracomunitaria. Obligaciones formales

13.-Adquisición por empresa española de un bien en país UE y venta del mismo en otro país UE

14.- Recargo de equivalencia

15.-Adquisiciones intracomunitarias. Trabajos previos en otro país UE.

16.- Adquisición intracomunitaria de bienes y posterior entrega intracomunitaria en otro país.

17.- Obtención del poder de disposición de un bien como empresario

18.- Sociedad establecida en España que ha contratado un almacén en Alemania. La mercancía recibida en Alemania podrá enviarse a distintos destinos incluyendo clientes que tienen la condición de empresarios establecidos en Alemania, Francia y España

19.- Sociedad alemana que envía mercancía a un cliente establecido en España para asegurar un stock mínimo asumiendo el cliente la posesión de la mercancía desde la recepción asumiendo los riesgos de las mismas y es el único cliente que tiene acceso al almacén.

20.- Adquisición intracomunitaria de bienes para su posterior venta y envío a Alemania. La primera transmisión de mercancías de una sociedad a la interesada estará sujeta y no exenta del impuesto. La segunda estará sujeta, pero podrá estar exenta si el destinatario de la operación fuera un empresario a efectos del iva

21.- Adquisición a otro estado miembro de máquina que pudiera requerir instalación y montaje un periodo inferior o superior a 12 meses

22.- Criterio TJUE en cuando a si la calificación de una operación como entrega o adquisición intracomunitaria depende o no de que se respete un plazo determinado dentro del cual debe iniciarse o terminarse el transporte del bien en cuestión desde el estado miembro de entrega al estado miembro de destino 

23.- Sociedad alemana sin establecimiento permanente en España que se propone realizar adquisiciones intracomunitarias desde Portugal. Cuando los bienes se depositan en almacén de cliente español conserva la propiedad de los mismos

24.- Reglas comunitarias para la aplicación del iva 

25.- Realización del hecho imponible en operaciones encadenadas en varios países

26.- El devengo en las adquisiciones intracomunitarias

27.- Bibliografía 

28.- Sociedad Suiza sin establecimiento permanente en España, aunque presta servicios en este país esporádicamente y por periodos inferiores a 6 meses presta servicios a Renfe para ello realiza adquisiciones intracomunitarias de maquinarias repuestos y consumibles

29.- Sociedad establecida en Francia fabrica tubos de acero inoxidable o titanio para el sector del automóvil y cuenta con un distribuidor establecido en España donde se depositan los productos los cuales son enviados por el distribuidor a sus propios clientes a medida que éstos realizan los pedidos el distribuidor actuando en nombre propio y por cuenta propia obtiene el poder de disposición de las mercancías enviadas por la entidad francesa

30.- No se produce el hecho imponible cuando la adquisición intracomunitaria de bienes cuando bienes pertenecientes a una empresa sean objeto de un transporte intracomunitario que atraviese el TAI procediendo desde y dirigiéndose hacia otro estado miembro.

31.-Sociedad establecida en el tai español compra componentes de ordenadores a proveedores británicos. Dichos componentes se remiten desde Gran Bretaña a Holanda donde se depositan en almacenes de propiedad de una empresa holandesa hasta que la sociedad española los vende a clientes alemanes transportándose dichos componentes a Alemania por la consultante o por el propio cliente alemán

32.- La sociedad consultante se dedica a la distribución y compra venta de toda clase de artículos para el cuidado del cuerpo que esta sociedad compra a una sociedad danesa los aparatos de Medicina complementaria que son físicamente trasladados a Alemania y posteriormente dichos aparatos se venden a clientes en Alemania y otros países de la UE.

33.- Tributación en España de las operaciones realizadas por una sociedad inglesa no establecida aquí, que transporta desde Francia a España productos de su propiedad que son almacenados en España para su posterior venta a empresarios España españoles. 

34.- Empresa Polaca no establecida transporta bienes desde Polonia a España donde quedan almacenados en las instalaciones de una empresa de logística continuando la propiedad de los bienes en poder de la empresa polaca hasta que se hace cargo de los mismos una empresa española que incorporará componentes y servicios sobre las mercancías. Posteriormente otra empresa española montará el producto final. Todas estas empresas incluida la polaca facturarán a un fabricante de automóvil español.