1.- Concepto de rehabilitación
2.-Criterios administrativos y jurisprudenciales más relevantes
3.- Tipos impositivos. Requisitos exigidos para la aplicación del tipo reducido y a las ejecuciones de obra de renovación y reparación de edificios o partes de los mismos destinados a vivienda
4.- Transformación de local comercial en distintos trasteros.
5.- Transformación de local y oficinas en viviendas. Pasos a seguir en el cambio de uso de local a viviendas. Tipo de gravamen
6.- Transformación de caserío en viviendas
7.-Residencia de ancianos
8.- Identificación de obras que suman a rehabilitación
9.- Obras de transformación en despacho profesional.
10.- Derribo de tabiques vivienda del portero y trasteros y parte de la cubierta del edificio.
11.- Transformación de hotel en apartamentos.
12.- Requisitos de rehabilitación
13.- Análisis del concepto de la figura del promotor inmobiliario
14.- Entrega de edificios por sujeto pasivo a rehabilitador: renuncia a la exención.
15.- Sujeto invertido
16.- Deducciones del iva en la regla de prorrata
17.- Tipos de obra que pueden considerarse de rehabilitación
18.- Obras conexas
19.- Compra de local comercial que se transforma en plazas de garaje y trasteros
20.- Informe emitido sobre la problemática de un proyecto particular de rehabilitación
21.- Vivienda adquirida a promotor que fue objeto de arrendamiento más de 2 años con modificación que no tiene la consideración de rehabilitación
22.-Obras análogas
22.1.- Sustitución de ascensores en comunidad de propietarios
22.2.- Criterio de la Audiencia Nacional sobre el concepto de obras análogas
22.3.- Alcance del concepto obras análogas
23.- Existencia de un contrato único de ejecución de obras o un proyecto general de la obra
24.- Incorporación de plantas adicionales y redistribución interior
25.- Sobre nulidad de liquidación girada en procedimiento de verificación de datos sobre calificación de obras como rehabilitación
26.- Consideración de obras de rehabilitación las obras consistentes en la incorporación de plantas adicionales a las existentes en el momento de la adquisición.
27.- Obras de redistribución interior
28.- Obras de reparación de tejados, fachadas, aleros y cornisas en un edificio de viviendas.
29.- Medios de prueba para la calificación de una obra determinada como de rehabilitación
30.- Obras de acondicionamiento de fachada, impermeabilización de la cubierta, arreglo de terrazas, entre otras.
31.-Exclusión por Hacienda en obra de rehabilitación del listado de gastos presentado por no hallarse directamente destinados a la rehabilitación
32.- El RDL 2/2008 no puntualiza, sino que regula ex novo en la Ley del IVA la exclusión del valor del suelo del cálculo del límite del 25%.
33.- El concepto de inmediatez en las entregas de edificaciones para su rehabilitación
34.- Transmisión. De trasteros obtenidos mediante rehabilitación de un local comercial adquirido en una subasta.
35.-Si se trata de rehabilitación y,, por lo tanto, está exenta de IVA la entrega de un local en el que se realizaron obras de adecuación para su uso como garaje.
36.- Requisitos exigidos para la aplicación del tipo reducido a las obras de rehabilitación y a las ejecuciones de obras de renovación y reparación de edificios o partes de los mismos destinados a vivienda.
37.-Tipos de gravamen procedentes en contratación con promotor y subcontratista.
38.-Criterio del TJUE
39.-Incorporación de plantas adicionales y redistribución interior.
40.- Posible nulidad de liquidación girara en procedimiento de verificación de datos calificando las obras de rehabilitación o no
41.-Obra compleja de tratamiento y consolidación de estructura de fachadas y cubiertas con cambio de instalaciones motivadas por el estado casi ruinoso del edificio
42.- Obras que no tengan por objeto el tratamiento o consolidación de elementos estructurales del edificio con independencia del coste.
43.- El concepto de primera ocupación
44.- Rectificación de liquidaciones ya presentadas
45.-Bibliografía
46.-Criterio TJUE sobre la exención para las entregas de edificios o de partes de los mismos que se produzcan con posterioridad a su primera ocupación.