TLT E 20. IVA E 20.03. Devoluciones E 20.03.01. A no establecidos no residentes

20.03.01. A no establecidos no residentes

1.- Carácter no opcional del procedimiento de devolución de cuotas soportadas por empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del IVA

2.- No presentación de los documentos justificativos dentro de los plazos señalados. Presentación de pruebas con posterioridad a la finalización de procedimientos de gestión tributarios. Validez de la solicitud de devolución efectuada por un empresario no establecido mediante un modelo erróneo

3.- Criterios administrativos y jurisdiccionales

4.-Consecuencias de la expedición de una nueva factura cuando el derecho a la devolución del IVA a no establecidos ya ha sido ejercido y denegado por resolución firme

5.-Plazo para solicitar la devolución por un no establecido cuando la factura original incurre en vicios tales que no permiten ejercer el derecho a la deducción

6.- Si puede excluirse la devolución en el caso de no establecidos que, sin embargo, deban estar identificados en el Estado en el que lo solicitan

7.- Criterio del Tribunal Supremo sobre limitaciones temporales para la obtención de la devolución

8.- Devolución del IVA soportado por un transportista alemán cuando adquiere combustible en España. Plazo y modelo de solicitud de la devolución del IVA soportado por un empresario no establecido

 9.-Requisitos

10.- Con independencia de que la administración se haya excedido en el plazo máximo de 6 meses para la finalización del procedimiento de solicitud de devolución, ello no impide que la cantidad devuelta pueda verse modificada como consecuencia de actuaciones de comprobación limitada

11.- Empresario no establecido que tributa por el impuesto renta no residentes, incurre en gastos de desplazamiento o viajes, restauración y hostelería en el ejercicio de su actividad empresarial en España

12.- Entidad no establecida que adquiere el territorio de aplicación del IVA bienes a otra no establecida siendo sujeto pasivo el destinatario punto las cuotas les son exigidas en virtud de acta de la inspección

13.- Procedencia de la devolución de las cuotas soportadas por un empresario no establecido que solo realiza en dicho territorio prestaciones de servicios de formación y reciclaje profesional para otro empresario establecido en dicho territorio

14.-Oficina de enlace y representación en España de sociedad alemana. Posible deducción de cuotas soportadas en relación con la actividad de captación de clientes para ponerlos en contacto con la empresa matriz

15.- En la devolución a no establecido se debe aportar el original de las facturas o un duplicado en caso de pérdida de aquel tribunal justicia comunidades europeas

16.- En la devolución a no establecidos no es obligado aportar certificación original bancaria sobre la cuenta a la que efectuar la devolución

17.- No aportar facturas originales con la solicitud de devolución de no establecidos que no se subsana y paraliza el expediente más de 3 meses permite declarar la caducidad

18.-Presentación de solicitud modelo 361 en sobre abierto o cerrados en las oficinas de correos

19.-Los plazos diferentes para devolución a no establecidos no concurren no conculcan la no discriminación por qué no se atiende a nacional o extranjero sino a residente o no residente.

20.- En la devolución a no establecidos el plazo de es de 6 meses desde que soportó por repercusión y no desde el devengo. Extemporaneidad

21.- En devolución a no establecidos no se atiende al tiempo de expedición de las facturas sino a cuando se soportó la cuota porque el proveedor tiene un plazo para emitir y para remitir

22.- Reciprocidad.

23.- Se deniega la devolución del iva a no establecidos porque el productor no es el autor de la obra audiovisual, sino quien asume la responsabilidad de su realización.

24.- En la devolución a no establecidos un almacén de depósito de mercancías desde el que no se vende no es un establecimiento permanente sin que gestión hubiera probado que existía.

25.- Apertura por una empresa de una oficina comercial en Vizcaya

26.- Bibliografía

27.- Derecho a la devolución del IVA soportado en un Estado miembro en el que no está establecida una entidad que si tiene establecimiento en otro Estado miembro en el que realiza operaciones solo parcialmente sujetas al IVA.

28.-No establecido presta el servicio internacional de transporte de viajeros y sus equipajes no pueden acceder al régimen especial de devoluciones a empresarios no establecidos

29.- Procedimiento especial previsto en el artículo 119 bis

30.- La administración no puede denegar la devolución a un no establecido que no acredita NIF sin realizar ninguna actividad comprobadora adicional

31.- En una regularización por iva a la importación a un no establecido no cabe la aplicación del principio de regularización íntegra

32.- Los no establecidos no pueden optar entre el procedimiento especial o alternativamente el procedimiento general de devolución. Modalidades de devolución. Principios de equivalencia y de efectividad

33.- La cosa juzgada administrativa, a salvo del derecho de defensa, del sujeto pasivo no establecido que reclama la devolución del iva limita temporalmente su derecho al crédito fiscal

34.- Consecuencias de no responder en plazo a la solicitud de información adicional solicitada por el estado miembro de devolución de iva

35.-Denegación a la solicitud de devolución a la oficina gestora por ausencia de requisito sin haber sin haber requerido la aportación de algún número o código que permitiese la identificación. No puede denegar la devolución por no estar identificado a efectos del iva en el estado de devolución.

36.- Resolución de, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el documento normalizado para acreditar la representación en el procedimiento de presentación telemática del Documento Electrónico de Reembolso y de Comunicación del Pago, en el ámbito de la devolución de cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido a no residentes en la Unión Europea