TLT E 18. Ley general tributaria E 18.21. El sujeto pasivo. Responsables del tributo E 18.21.02. Legitimación para recurrir la derivación. Inexigibilidad al responsable reducción por conformidad. Acceso a pruebas deudor principal. Otras posibles impugnaciones,

18.21.02. Legitimación para recurrir la derivación. Inexigibilidad al responsable reducción por conformidad. Acceso a pruebas deudor principal. Otras posibles impugnaciones,

1.- Cuantía del recurso en los supuestos de responsables tributarias

2.- Criterios administrativos y jurisdicionales

3.- Dies a quo del plazo de prescripción de la potestad de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias a los responsables solidarios

4.- Requisitos del acuerdo de derivación de responsabilidad. Motivación de las dilaciones imputables al administrado

5.- Combate de la sanción que sustituye a una anterior aduciendo la existencia de vicios o motivos de nulidad que puedan afectar a la sanción en su conjunto?

6.-Cuestionamiento de un acuerdo que modifica el alcance de la derivación de responsabilidad aduciendo motivos que puedan afectar a la derivación en su conjunto y no solo a la cuantía modificada, si el primero era firme al no haber sido impugnado.

7.-Bibliografía

8.- Responsabilidad subsidiaria: si la declaración de fallido del deudor principal no está suficientemente motivada, se estará causando indefensión

9.- Sobre si anulado por sentencia el acuerdo de derivación de responsabilidad si podría impugnarse el nuevo acuerdo que lo sustituya si no ha transcurrido el plazo de prescripción, subsanando el vicio apreciado en la sentencia y que determinó la anulación

10.- Impugnación por los administradores de una sociedad como responsables subsidiarios de la liquidación suscrita en conformidad por la sociedad tras el cese de aquéllos: vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva

11.- Diferenciación entre la acción para determinar la deuda tributaria y el plazo de prescripción para su cobro: posibilidad de alegación por el sucesor de la prescripción ganada en el momento en que se determinó la deuda tributaria y que no fuera apreciada de oficio.

12.- Incumbe a la administración la carga de probar que las deudas tributarias derivadas están relacionadas con las prestaciones que hayan sido objeto de contratación o subcontratación.

13.- – La falta de acreditación de la insolvencia del deudor principal impide declarar responsable subsidiario de las deudas al liquidador de la sociedad

14.- Acerca de la amplitud de las alegaciones que puede hacer el derivado incluyendo en ellas el no a haber notificado al deudor principal la liquidación derivada

15.- El responsable subsidiario carece de legitimación para cuestionar las actuaciones que siguió la inspección frente al deudor principal referente a la falta de apoderamiento o no de quien en ellas actuó como representante de la entidad, pero puede poner en cuestión la exigibilidad del tributo cuya deuda dejó impagada dicho deudor

16.- Posibilidad del responsable de impugnar no solo el presupuesto habilitante para la derivación de responsabilidad sino también las liquidaciones practicadas al deudor principal y que son objeto de la derivación de responsabilidad, por los mismos motivos que podría hacer valer el deudor principal. Criterios emanados del Tribunal Constitucional sobre el Derecho de los responsables subsidiarios a recurrir la liquidación

17.- -Acerca de la validez del acuerdo de declaración de sucesión n la actividad en el que no consta que la empresa anterior ha cesado en la actividad que venía desarrollando.

18.- Criterios del Tribunal Supremo ante la falta de declaración de fallido del responsable subsidiario es causa de impugnación de la responsabilidad solidaria del artículo 42.2.a) LGT

19.- Impugnación del acto de derivación por el declarado responsable por sucesión empresarial.

20.-Sobre el conocimiento por los Tribunales de las pruebas indiciarias sostenidas por el órgano de recaudación con el fin de justificar un acuerdo de declaración de responsabilidad solidaria

21.-Acerca de si la reclamación del responsable tributario solidario le habilita para examinar la documentación completa que acredita la deuda que se persigue del obligado principal

22.-Sobre si para poder derivar la responsabilidad al administrador es preciso que el deudor principal esté activo al menos durante el año natural en el que se presentan las autoliquidaciones sin ingreso y si resulta necesario que la continuidad en su actividad persista en el momento de iniciarse el procedimiento de declaración de responsabilidad.

23.-Sobre si incurre en reformatiu in peius la declaración de oficio por el TEAC de responsabilidad solidaria al impugnarse por el interesado la declaración administrativa de responsabilidad subsidiaria.

24.-Falta de motivación e incidencia en la derivación al responsable

25.- Alegación de circunstancias relativas a las actuaciones inspectoras seguidas con el deudor principal

26.-Acerca de si responsables no están legitimados para reclamar la liquidación originaria mientras no se les haya notificado el acto de derivación de responsabilidad

27.-Aplicación de la teoría del levantamiento del velo

28.- Sobre si para derivar la responsabilidad al administrador basta la insolvencia parcial del deudor principal y si se incluye la sanción.

29.- Acerca de si hay cosa juzgada cuando ya se resolvió sobre las actas al deudor principal actuando como su representante los administradores que ahora pretenden impugnarlas de nuevo en derivación de responsabilidad

30.- Derivación a responsable subsidiario sin la previa declaración de fallido

31.- Sobre la reducción por conformidad en sanciones por el responsable.

32.-Impugnación de las actas y las liquidaciones de la inspección sin motivación

33.- . Responsabilidad en calidad de sucesores de la deuda tributaria. Sucesión mortis causa

34.- Prescripción. Defectos procedimentales

35.- No hallarse en el expediente documentación referente a las actuaciones previas a las actas

36.- Alegación de enfermedad, incompetencia, ignorancia o inactividad para eludir la responsabilidad. Fallecimiento sobrevenido del administrador.

37.-Impugnación por la responsable subsidiaría de las actas y liquidaciones que motivaron la deuda

38.- Falta de notificación de las providencias de apremio dictadas contra el deudor principal

39.-Sobre si la posibilidad de impugnación no alcanza a las distintas actuaciones de procedimiento inspector seguido con el deudor principal.

40.- El expediente de derivación de responsabilidad forma parte del procedimiento recaudatorio sujetos ambos a las mismas reglas de caducidad

41.- Determinación del momento en que hay que prestar la conformidad a la cuota para gozar de la reducción del 30% de la sanción.

42.- Omisión del trámite de audiencia

43.- Al responsable no han de notificársele los elementos esenciales del hecho imponible, a los que se refiere el art. 145 LGT y el art. 49.2d) RGIT sino los elementos esenciales de la liquidación

44.- Responsabilidad subsidiaria cuando se ha producido un error en la declaración de responsabilidad principal: retroacción de las actuaciones

45.- Eficacia temporal de la imposibilidad de impugnar las liquidaciones ex artículo 42.2. LGT.

Impugnación de los actos de derivación de responsabilidad

46.- Criterio del Tribunal Constitucional sobre la impugnación por los administradores de una sociedad como responsables subsidiarios de la liquidación suscrita en conformidad por la sociedad tras el cese de aquellos

47.- Inmediatez en la ejecutividad de los acuerdos de derivación de responsabilidad, aunque no se haya agotado la vía administrativa salvo en l parte correspondiente a la sanción

48.- Criterio del Tribunal Supremo sobre la legitimación del responsable tributario para recurrir la liquidación practicada al deudor principal

49.-Sobre si el declarado responsable puede impugnar la legalidad de las liquidaciones derivadas cuando ello no fue esgrimido en la vía administrativa

50.-Sobre si la reclamación del responsable tributario solidario le habilita para examinar la documentación completa que acredita la deuda que se persigue del obligado principal

51.- Sobre el si el administrador de una sociedad declarado responsable puede impugnar el hecho habilitante de su responsabilidad, la liquidación y las sanciones impuestas

52.- Embargo de créditos derivados de los negocios constituidos por los dueños de los establecimientos de hostelería con las empresas operadora