1.-Recurso contra liquidaciones firmes
1.1.- Solicitud de devolución de ingresos indebidos derivados de una liquidación firme de dicho impuesto amparada en la declaración de inconstitucionalidad contenida en esa STC 59 /2017
1.2.-Denegada la revisión de una sentencia firme pese a que la recurrente aportó un documento que le daba la razón
1.3.-Sobre si puede otro tribunal revisar la liquidación declarada nula por sentencia firme por haber sido efectuada por la administración territorialmente competente
1.4.-Vulneración del derecho comunitario si que puede ser causa de nulidad de liquidación consentida y firme.
1.5.-Definición de «actos firmes de la Administración tributaria» y por «resoluciones firmes de los órganos económico-administrativos» a los efectos del recurso extraordinario de revisión
1.6.- Comentario a la STS 18.6.2020 sobre la extensión de efectos de una sentencia firme en el ámbito tributario.
1.7.- De iniciarse el procedimiento especial de revisión contra los actos de liquidación y sanción no se perdería el derecho a la reducción de la sanción al no tener la consideración de recurso o reclamación
1.8.-Doctrina reciente del Tribunal Supremo sobre la revocación y su implicación en la impugnación de autoliquidaciones firmes
2.-STJCE de 10.2005, que declaró contraria a la sexta directiva la ley española en cuanto a la regulación de la aplicación de la regla de prorrata en caso de subvenciones
3.-Sobre si son revisables los actos tributarios cuando existe una sentencia judicial firme que, sin entrar a examinar los motivos de fondo de la impugnación, desestimó un recurso previo por considerar ajustada a Derecho la inadmisión por extemporáneo
4.-Bibliografía
5.-La facultad para comprobar la aplicación de los regímenes especiales es competencia exclusiva de los órganos de inspección por lo que la regularización realizada por los órganos de gestión es nula de pleno derecho
6.-El principio de cosa juzgada no impide examinar el carácter abusivo de las cláusulas cuando el juez ya examinó de oficio esa abusividad pero no lo indicó
7.-El Tribunal Supremo reconoce la posibilidad de iniciar a instancia de parte el procedimiento de revocación de las liquidaciones del IIVTNU (plusvalía) firmes otorgando efectos ex tunc a la declaración de inconstitucionalidad
8.-Si procede el recurso extraordinario de revisión ante la Resolución del TEAR de la reclamación formulada por la otra heredera que evidencia el error de la Administración al fijar la fecha del devengo del ISD
9.- Plazo para interponer un recurso extraordinario de revisión basado en una sentencia judicial
10.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
11.- No cabe la revisión de actos solo por considerar que son nulos por infracción de la legalidad ordinaria, sino que exige la nulidad de pleno derecho
12.-Hechos ignorados. Aparición de documentos y pruebas de valor esencial
13.- Incidencia de otras circunstancias
14.-Plazos
15.-Resolución incorrecta
16.-. Acerca de si cabe una resolución económica administrativo recurrida sin firmeza como “aparición de documentos de valor esencial”.
17.- Cuestiones prácticas del procedimiento de revisión
18.- Posibilidad de revisión de sentencias firmes y ejecutadas que aplican una disposición sancionadora declarada inconstitucional
19.- Siendo el punto de partida una calificación jurídica derivada de un acto o sentencia firme la competencia revisora de un TEAC no se extiende a la revisión de dicho criterio fuera del procedimiento especial de revisión.
20.- Sobre si la declaración de inconstitucionalidad de una disposición que no conlleve una nulidad de pleno derecho de liquidaciones firmes y consentidas la situación se devenga firme
21.- El recurso extraordinario de revisión como alternativa previa al recurso contencioso administrativo
22.- Limitación de efectos de constitucionalidad parcial del -Texto -refundido Hacienda Locales y la liquidación de liquidaciones firmes por el IIVTNU.
23.-La supletoriedad del derecho administrativo en la revisión de actos tributarios nulos
24.- Caso sentenciado por el -tribunal Supremo de inexistencia de error judicial
25.- Recurso por vulneración de derechos humanos
26.- El recurso extraordinario de revisión en la vía económico administrativa
27.- Revisión de actos y de conflictos tributarios
28.- Posibilidad de recurrir liquidaciones tributarias que han devenido firmes por no ser recurridas y que han terminado en embargos
29.-Escritura de adjudicación de herencia por la que los herederos repudian la herencia y admisión del recurso extraordinario de revisión
30.- El procedimiento especial de revisión de actos nulos de pleno derecho como procedimiento para recuperar la plusvalía municipal
31.- El reconocimiento de la discapacidad y el recurso extraordinario de revisión
32.- Limitación en la aportación de pruebas
33.- Cuestiones de interés casacional ante el Tribunal Supremo.
34.- Cuando se parta de una calificación jurídica que derive de un acto sentencia firme la competencia revisora del teac no alcanza la revisión de dicho criterio fuera del procedimiento especial de revisión
35.- Resoluciones estimatorias por razones sustantivas relativas a una liquidación en las que cabe la posibilidad de que el Tribunal dicte una segunda liquidación
36.- sobre si se considera el acto de ejecución de la administración que implica un mayor saldo a compensar de IVA en otro ejercicio si se considera documento de valor esencial para estimar el recurso extraordinario de revisión.
37.- Si es un documento de valor esencial la resolución de un recurso de reposición en la que se reconoce un sujeto pasivo distinto
38.-Criterio del Tribunal Supremo sobre si la aportación de nuevas pruebas sobre calificación o valoración permiten la revisión
39.-Acerca de si cabe el recurso de revisión cuando cabe recurso contencioso, aunque haya adquirido firmeza el acto en vía administrativa
40.-En rectificación de errores materiales: si procede la revisión y se debía admitir la aportación de documentos de valor esencial que evidencian el error posterior al acto o acuerdo impugnado
41.-Examen del TSJ País Vasco de los supuestos tasados para proceder a la revisión de actos nulos de pleno derecho
42.- Revisión de oficio en el supuesto de hechos íntegramente ignorados por la administración al dictar el acto objeto de revisión
43.- Declaración sustantiva presentada con posterioridad a la liquidación provisional si se considera documento de valor esencial.
44.- aportación de nuevas pruebas que acrediten elementos del hecho imponible íntegramente ignorados por la administración
45.- Procedencia en caso de haber sido declarado inconstitucional y nulo un recargo de extemporaneidad del 50% por ser una sanción.
46.- sobre si en la Ley General tributaria de 2003 la rectificación de errores materiales puede dar pie a un recurso extraordinario de revisión.
47.- Órganos competentes para tramitar los procedimientos especiales de revisión
48.- Sobre si la aparición de un documento esencial para la resolución de un asunto estando pendiente un recurso de casación sobre el mismo permite compatibilizar el recurso de revisión en vía administrativa con la vía judicial
49.- Criterio del Tribunal Supremo con relación a la admisión como documento probatorio una sentencia posterior a la que se pretende rescindir.
50.- Sobre la admisión del recurso extraordinario de revisión al haber aportado documentos que conllevan la improcedencia de la sanción impuesta cuando se ha demostrado que aun cuando se hizo cuanto se pudo para obtener tal documentación no fue posible en el tiempo que se disponía
51.- Criterio del Tribunal supremo. Revisión de oficio de actos anulables. Supuestos de revisión. Infracción manifiesta de ley.
52.- Sobre si puede interponerse nuevo recurso extraordinario de revisión sobre una materia sobre la cual la sala de lo Contencioso administrativo de la audiencia nacional ya se ha pronunciado mediante sentencia firme.
57.–Acerca de si desistimiento de la reclamación económico administrativa impide dado el carácter extraordinario del recurso de revisión que, si concurre alguno de los motivos que lo sustentan, pueda procederse a la revisión del acto administrativo ya firme
54.- En caso de manifiesto error de hecho que resulte de los propios documentos incorporados al expediente, resulta necesario tomar en consideración no solo la prueba documental adjuntada sino también efectuar una interpretación de la normativa aplicable al caso.
55.- Aparición de documentos que sean posteriores al acto o resolución recurridos.
56.- Procedencia de la admisión en base a que la entidad interesada a través de medios probatorios adecuados demuestra las dificultades que tuvo para aportar en otras actuaciones e instancias la documentación que en su día le fue requerid
57.-Improcedencia de repetir el mismo medio extraordinario de revisión sobre el mismo expediente
58.- resistencia del error De hecho invocado al implicar la cuestión suscitada un juicio valorativo
59.- Alcance de la revisión de oficio la tasa por licencia de obras de urbanización. Incoación de procedimiento de revisión de oficio de actos de liquidación. Caso en el que la licencia exigida era improcedente por tratarse de obras de urbanización para las que ya se había aprobado el proyecto correspondiente.
60.- Sobre si constituye un documento de valor esencial para la interposición de recurso la resolución estimatoria del TEAR declarando la nulidad de una liquidación efectos de promover a sí mismo la declaración de nulidad de la sanción derivada de esta
71.- Nuevo documento consistente en la aparición de una sentencia dictada por el juzgado mercantil competente en la que se ordena la cancelación de la inscripción registral referente a nombramiento como administrador solidario de la sociedad.
72.- Si contra un acto de imposición de sanción se considera documento de valor esencial la resolución del tribunal económico administrativo regional que anula la liquidación referida a la cuota de la que se deriva dicha sanción y que no pudo aportarse con anterioridad al ser posterior el acto de imposición de la sanción.
73.- Sobre si se consideran documentos de valor esencial los informes o contestaciones a consultas emanadas de la Dirección General de tributos
74.- Acto firme del órgano gestor y posterior anulación por la inspección
75.- La nueva LGT el error de hecho ha sido eliminado como motivo de recurso extraordinario de revisión convirtiéndose en un procedimiento de rectificación
76.- Sobre si las sentencias judiciales o de los o de las resoluciones administrativas por el mero hecho de ser posteriores al procedimiento en que se dictó el acto firme tienen o no la condición de documentos de valor esencial a los fines revisores
77.- El procedimiento de revisión de oficio de los actos administrativos como cauce apropiado para abordar extemporáneamente de las liquidaciones tributarias de las que dimana el apremio con base en la negación de la condición de sujeto pasivo del tributo.
78.- Criterio del Tribunal Supremo si en el ámbito del procedimiento tributario es perfectamente posible interponer el recurso admirativo per saltum del artículo 107.3 Ley 30/1992 de Procedimiento Administrativo fundado en la nulidad de la disposición administrativa de carácter general interpuesto directamente ante el órgano que dictó dicha disposición.
79.- Concurrencia de motivos casacionales y de revisión.
80.- Criterio de la Audiencia Nacional sobre los cauces que debe seguir la revisión de los actos administrativos firmes.
81.- Sobre si es posible la revisión de oficio de actos ocultos de la administración
82.- Criterio del Tribunal Supremo sobre la procedencia de la interposición de recurso de reposición regulada en el articulo 102.1 Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Sobre si cabe equiparar a la maquinación fraudulenta la incongruencia omisiva o el defecto de motivación.
83.- Sobre si el error de apreciación de la integridad de documentos justifica el recurso de revisión por recobramiento de escritos que no hubieran podido ser aportados anteriormente por fuerza mayor o por culpa de la parte favorecida por ellos.
84.- Criterio del Tribunal Supremo en cuanto a si la doctrina errónea legitimadora del recurso de casación en interés de ley es la que vulnera irrazonablemente las normas jurídicas y causa un grave perjuicio para el bien común.
85.-Procedencia del recurso en la declaración de nulidad de pleno derecho del procedimiento de derivación de responsabilidad subsidiaria de administradores.
86.- Devolución de ingresos tributarios en virtud de actos administrativos firmes. Sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional.
87.- Exclusión del ámbito del recurso los juicios de culpabilidad de conductas individuales.
88.- Aparición posterior de una sentencia sobre la materia declarando la nulidad de la norma en cuya virtud se dictó el acto si puede ser subsumida en el concepto de documento de valor esencial.
89.- Sobre si una rectificación del modelo 180 presentada por el arrendatario a la aeat posterioridad a la firmeza de la liquidación al arrendador es o no es documento de valor esencial
90.- Recurso de revisión contra liquidación provisional. Efectos. Empleo del recurso con carácter subsidiario respecto de la posible interposición de los recursos ordinarios
91.- Sobre si cabe fundamental el recurso extraordinario de revisión en aparición de documentos de valor esencial elaborados a petición de parte
92.- Aparición de documentos de valor esencial consistentes en sentencias penales
93.- Criterio de la Audiencia Nacional sobre la dificultad en la aportación de documentos versus imposibilidad
94.- Examen de los supuestos tasados para proceder a la revisión de los actos nulos de pleno derecho en el caso de la determinación del rendimiento neto en el IRPF en la actividad económica de transportistas autónomos y efectos de la STS 23.1º.2014 que anuló el artículo 26.2 de la Norma Foral 8/1998.
95.- Sobre si puede dar o no lugar a la interposición de un recurso extraordinario de revisión la discusión sobre si determinadas cantidades se encuentran o no exentas en el IRPF.
96.- Si tendría la consideración de Documentos de valor esencial aquellos que pudieron y debieron presentarse en el procedimiento de gestión al encontrarse en posesión del contribuyente o pudieron aportarse por él previa solicitud
97.- Criterio del Tribunal Supremo sobre si la aportación de certificaciones registrales que deben considerarse como documentos de valor esencial en cuanto a acreditan la no disposición sobre las fincas objeto de donación de donación
98.- Criterio del Tribunal Supremo sobre si la limitación de los efectos de inconstitucionalidad parcial del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales en el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana impide la revisión de liquidaciones firmes por plusvalía municipal
99.- Anulación de una liquidación paralela al haber aparecido un documento posterior qué evidencia un error en aquella.
100.- Sobre si la aparición de documentos se predica o no de errores jurídicos, interpretaciones normativas ni en general de la aplicación del derecho y de las normas jurídicas.
101.-Imposibilidad de interponer recurso extraordinario de revisión una vez interpuesto recurso contencioso administrativo
102.- Sobre si en esta vía procede entrar a examinar si concurre el elemento subjetivo de la comisión de la infracción, es decir, la culpabilidad.
103.- Sobre si puede basarse la interposición de un recurso extraordinario de revisión cuando lo que se invoca es la procedencia de la aplicación de un beneficio fiscal que no es un error sino de derecho.
104.- Aportación como documento de valor esencial de un laudo arbitral
105.- Sobre la consideración de documento de valor esencial una resolución de TEAC que anula la liquidación referida a la cuota de la que se deriva una sanción y que no pudo aportarse con anterioridad al ser posterior al acto de imposición de sanción.
106.- Facturas correspondientes a la actividad que fueron perdidas y luego encontradas como consecuencia de la reorganización de los archivos de la empresa.
107.- Consideración de una escritura de subsanación como documento de valor esencial. Prueba a cargo del contribuyente de que se trata de documentos de imposible aportación en su momento
108.- Aportación como documentos de valor esencial de Sentencias TJUE.
109.- documento de valor esencial un certificado emitido por la Comunidad Autonomía en relación con una comunidad de propietarios que no se emitió hasta después de que la liquidación del irpf impugnada fuera firme en vía administrativa.
110.- Resolución que anula el acuerdo de revocación de la prórroga dando por finalizado el procedimiento de deducción de cuotas soportadas si se considera documento de valor esencial.
111.- abre la admisión de un recurso extraordinario de revisión interpuesto contra un acto administrativo que está pendiente de resolverse