TLT E 18. Ley general tributaria E 18.11. Recursos E 18.11.03. Principios del derecho E 18.11.03.11. Justicia tributaria y derecho a una buena administración

18.11.03.11. Justicia tributaria y derecho a una buena administración

1.- Buena administración en los procedimientos de inspección y gestión

2.- El derecho a una buena administración pública

3.- Criterios administrativos y jurisdiccionales

4.- Eficacia práctica del principio de buena administración formulado por el T.S.

5.- La interpretación del deber de buena administración en la jurisprudencia del TS

6.- Procede la anulación inmediata de las liquidaciones del IBI cuando se anula la valoración catastral.

7.- El principio de buena administración exige reflejar las dilaciones del   procedimiento no imputables a la Administración en el acuerdo de declaración de responsabilidad tributaria

8.- La liquidación del IIVTNU (plusvalía) respecto a una finca rústica, que carece de toda actuación urbanística, es un acto arbitrario y contrario a los principios de buena Administración y justa tributación

9.-Los principios de buena administración y buena fe no permiten apremiar una deuda sin dar respuesta a una solicitud de aplazamiento

10.-Aplicación De la reducción del 60% por arrendamiento de viviendas cuando no se declara el rendimiento voluntariamente

11.- Conocimiento previo y fehaciente de la resolución por otros órganos de la misma AEAT

12.-Doctrina fijada por el Tribunal Supremo

13.- La liquidación del ibi basada en valores catastrales anulados es nula

14.- Deber de común colaboración y de comunicación entre Administraciones

15.- Bibliografía

16.-Sobre si los criterios expresados por la Dirección General de Tributos, favorables al contribuyente, obligan en principio a la Administración tributaria

17.- La obligación de común colaboración y de comunicación entre Administraciones

18.-Criterio del Tribunal Supremo relativo a que si bien no existe la obligación legal de comprobar si el contribuyente ha presentado o no alegaciones por correo postal el último día, viene impuesto por la lógica y el principio de la buena administración.