1.- El principio de «íntegra regularización» no permite al contribuyente alterar las propias bases contables de su autoliquidación inicial en el curso de la ejecución de una resolución administrativa firme
2.- El procedimiento de comprobación limitada es válido para aplicar el principio de íntegra regularización al IVA indebidamente soportado
3.- La alteración en la contabilización del ingreso repercute en la del gasto, por lo que la Administración debe realizar una íntegra regularización respecto a la promoción inmobiliaria
4.-Criterios administrativos y jurisdiccionales más relevantes
5.- Principio de regularización íntegra: Si la Administración niega la deducción del IVA soportado por entender que no se han prestado determinados servicios, ha de regularizar también las cuotas de IVA repercutido por esas operaciones
6.- Ejecución de una resolución en la que se fija un mayor saldo a compensar ¿Debe la Administración regularizar los periodos siguientes
7.-Aplicación del principio de regularización íntegra para establecer la necesidad de que se extienda hasta un ejercicio posterior a los comprobados para disipar las dudas sobre la procedencia de una provisión para riesgos como gasto deducible en el IS
8.- Criterio del Tribunal Supremo sobre la regularización íntegra en el procedimiento de inspección.
9.- Sobre compensación bases negativas y regularización íntegra
10.-La regularización íntegra voluntaria en el iva y el IGIC fuera del procedimiento inspector. El caso de la inversión del sujeto pasivo (Reflexiones en torno a a nota emitida por la inspección de la AEAT consulta de Tributos número 2041. Canarias.
11.- Notas de tributación evacuada por la AEAT.
12.- Aplicación del principio de regularización íntegra y el reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos en un único procedimiento
12.- – Criterios de la AEAT sobre la aplicación del principio de regularización íntegra y el reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos en un único procedimiento.
13.- La retribución de los socios administradores como gasto deducible: línea interpretativa desde el principio de la íntegra regularización
14.- Admisibilidad de remisión al contribuyente para obtener la devolución de cantidad doblemente percibida por Hacienda
15.- En los procedimientos de gestión e inspección tributaria
16.- Aplicación De la reducción del 60% por arrendamiento de viviendas cuando no se declara el rendimiento voluntariamente
17.-Doctrina fijada por el Tribunal Supremo
18.-La minoración del IVA indebidamente repercutido en la liquidación revisada ha de ser simultánea al reconocimiento del derecho a la devolución a favor de quien lo soportó
19.-En relación con las obligaciones conexas
20.- En iva, El Tribunal cambia de criterio en relación con la regularización de cuotas no devengadas y, por ende, indebidamente repercutidas
21.- Con relación a devolución de ingresos indebidos
22.-Regularización integra como consecuencia de no haber aplicado los coeficientes correctores d ellos valores de inmuebles transmitidos
23.- En procedimientos de inspección y de gestión
24.- Vulneración de este principio en la valoración de existencias.
25.-La íntegra regularización en el impuesto de sociedades exige que se inicie de oficio la devolución de ingresos indebidos
26.-La regularización integra en el IVA
27.- Con relación a retribución de socios y administradores
28.-Validez del procedimiento de comprobación limitada para aplicar el principio de íntegra regularización al IVA indebidamente soportado
29.-Sobre Liquidación en la que se fija un mayor saldo a compensar si debe la Administración regularizar los periodos siguientes a los liquidados
30.- Aplicación de este principio en supuestos de IVA indebidamente repercutido por cuotas no devengadas, existencia de simulación relativa y de prohibición del enriquecimiento injusto
31.- Aplicación en regularización inspectora de la reducción por arrendamiento de vivienda en el IRPF no aplicada en autoliquidación.
32.-Sobre la aplicación del principio de regularización íntegra en los procedimientos de gestión e inspección tributaria.
33.-Sobre si la minoración del IVA indebidamente repercutido en la liquidación revisada ha de ser simultánea al reconocimiento del derecho a la devolución a favor de quien lo soportó