TLT E 18. Ley general tributaria E 18.11. Recursos E 18.11.03. Principios del derecho E 18.11.03.09. Doctrina de los actos propios

18.11.03.09. Doctrina de los actos propios

 

1.-La doctrina de los actos propios no impide que si en una comprobación anterior se estimó deducibles en el IS los gastos de personal de la entidad en la nueva regularización se consideren no deducibles. Virtualidad de la doctrina de la admisión o calificación como deducible los gastos en el Impuesto de Sociedades

2.- Criterios administrativos y jurisprudenciales más relevantes

3.-Sobre si la doctrina de los actos propios impide la eventual rectificación de la autoliquidación del IS para corregir una plusvalía por la venta de un inmueble por entender que era inferior a la declarada

4.-Regularización de la deducción por reinversión admitida por la inspección en la comprobación de un ejercicio anterior. La doctrina de los actos propios impide regularizar la deducción por reinversión admitida por la inspección en la comprobación de un ejercicio anterior

5.-Efectos preclusivos sobre las amortizaciones practicadas que han sido aceptadas en un procedimiento de comprobación limitada

6.-Si la valoración de un bien realizada por una administración tributaria vincula a todos los efectos a las demás administraciones competentes, más si se trata de impuestos estatales

7.-La comprobación de la deducción de las cuotas de IVA soportadas vinculo en el impuesto sociedades como acto propio a la administración.

8.- Criterios evacuados por el Tribunal Supremo

9.- Otros criterios administrativos y jurisprudenciales

10.- Bibliografía

11.-El principio de actos propios vincula a utilizar el mismo método en iva que en sociedades

12.- La doctrina de los actos propios y el fraude a la ley

13.-En compensación de bases negativas

14.-La comprobación de las cuotas de iva soportadas vincula como acto propio a la administración. Y, al impuesto sociedades

15.- Criterio del Tribunal Supremo sobre la vinculada de la administración tributaria a los actos propios en su función de comprobación

16.- El reconocimiento de un beneficio fiscal para una operación es un acto propio que vincula respecto de operaciones semejantes.

17.- Las valoraciones de la administración la vinculan aun habiéndose solicitado con posterioridad al devengo peo dentro del plazo de auto liquidación del impuesto

18.- Los efectos preclusivos en actuaciones de gestión y comprobación limitada

19.-El valor en aduana y el impuesto de sociedades

24.-Con relación al domicilio fiscal.

25.- Dividendos de sociedades matrices en la unión europea, sobre la exención y los actos propios

26.-Las incorrecciones formales del acto administrativo de reconocimiento de una exención no le privan de su carácter de acto propio y vinculante.

27.-Sobre si los criterios expresados por la Dirección General de Tributos, favorables al contribuyente, obligan en principio a la Administración tributaria

28.- Regularizaciones de la inspección que se contradicen con la vinculación de la Administración a los propios actos y a sus propios criterios, pues no se aportan razones que permitan entender que el cambio de parecer se asienta en un criterio plausible

29.- Resoluciones del TEAC y su primacía sobre las contestaciones evacuadas por la D.G.T.

30.-Cambio por la administración tras una comprobación de valores la calificación de una transmisión que tributan por el impuesto de transmisiones patrimoniales para hacerla tributar como una donación onerosa.

31.-Admisión por la administración tal deducción y habiendo accedido a la devolución de ingresos indebidos no puede luego contra sus propios actos alegando estar celebrados en fraude de ley

32.- Supuestos en que el recurso de reposición contra el acto impugnado fue presentado extemporáneo extemporáneamente pero el órgano administrativo entró a conocer del fondo del asunto punto cambio de criterio

33.- Resolución favorable de la solicitud de fraccionamiento aplazamiento de deudas tributarias para la Constitución de la garantía si supone una aceptación implícita de esta última