TLT E 18. Ley general tributaria E 18.10. Domicilio fiscal E 18.10.01. Acceso al domicilio por la inspección de hacienda

18.10.01. Acceso al domicilio por la inspección de hacienda

1.- Límites al acceso por la inspección de Hacienda en el domicilio social

1.1.-No es factible basar el incumplimiento de una obligación fiscal en documentos o pruebas incautados en registros ilícitos practicados en domicilios de terceros

1.2.-El Tribunal Supremo fija que Hacienda no puede utilizar pruebas obtenidas durante un registro a terceros que sean declaradas nulas por sentencia penal

1.3.- El precinto cautelar de las cajas de seguridad en el seno de un procedimiento de inspección tributaria. Derechos fundamentales afectos y conveniencia de recabar autorización judicial previa

1.4.- La inspección de los tributos ante la protección constitucional del Domicilio del as personas fiscales y jurídicas y los despachos profesionales: la inspección en una encrucijada

1.4.1.-Sobre si puede entrar un inspector de Hacienda en el domicilio de una sociedad?

1.4.2.-Modificaciones introducidas por la Ley 11/2021 en relación con la entrada en el domicilio de los obligados tributarios

1.4.3.- Jurisprudencia del Tribunal Supremo

1.5.- Autorización existiendo procedimiento previo de comprobación e investigación ya notificado

1.6.-Criterio del Tribunal Supremo sobre la prohibición de interrogatorios en los registros domiciliarios.

1.7.-Requisitos a cumplir por el auto de entrada y registro domiciliario en relación al juicio de proporcionalidad en sentido estricto. Suficiencia de la motivación

2.- Criterios administrativos y jurisdiccionales

2.1.–El Tribunal Supremo confirma que no se pueden realizar inspecciones de Hacienda en domicilios sin previo aviso

2.2.- Acceso por inspección a domicilio profesional de abogados discriminando el fallo en las consecuencias del acceso con respecto a la vulneración del derecho de defensa, a la intimidad personal y al secreto profesional de los abogados en sus comunicaciones con clientes, otros abogados y contrarios.

2.3.- No es legítima la autorización judicial de entrada y registro en el domicilio de la contribuyente basada en fines prospectivos estadísticos o indefinidos

2.4.-Entrada y registro en espacios protegidos: licitud y circunstancias concurrentes.

2.5.- Sobre si las actuaciones previas a la comunicación del inicio de un procedimiento de inspección dirigidas a solicitar autorización judicial para acceder al domicilio del contribuyente se contabilizan como actuaciones inspectoras a efectos del cómputo del plazo de duración máxima

2.6.- Lugar de actuaciones y acceso una oficina que no es el domicilio del acusado sino oficinas y dependencias de un organismo o asociación

2.7.-Hallazgo casual de información de terceros en el registro de domicilios de otras entidades

2.8.- En casación va a estudiar si cabe la regularización y sanción tributaria conforme a documentos incautados en un registro domiciliario en el que son se respetaron todos los derechos fundamentales en su obtención

2.9.- Autorización judicial para la entrada en el domicilio de la entidad Mercantil deudora. La necesidad y proporcionalidad de la entrada resulta acreditada. Petición de autorización de entrada basada en la reiterada falta de colaboración resistencia mostrada en los intentos de notificación y comprobación y en la conducta claramente evasiva de las empresas y su y de su administrador a propósito de las responsabilidades fiscales contraídas.

2.10.- Sentencia que supone una defensa del método de búsqueda de pruebas por parte de la inspección punto los inspectores consideran que esta sentencia refuerza su derecho hasta ahora muy cuestionado a que con la tutela judicial correspondiente puedan practicar registros domiciliarios a personas físicas en busca de fraude en busca de pruebas de fraude.

2.11.- Ejecución de requerimientos de información punto el juzgado de lo Contencioso debió autorizar la solicitud de entrada de la inspección tributaria en el domicilio constitucionalmente protegido de la empresa afectada con el fin de ejecutar forzosamente el requerimiento de información formulado cuyo objeto era el siguiente: entrega y transporte de billetes de 500 euros abre paréntesis calificados como de alta denominación cierra paréntesis con identificación de los clientes que los entregaron y los recibieron entre los años 2003 a 2006 punto la ejecución de este acto ante la falta de su cumplimiento voluntario por parte del sujeto requerido existía la entrada en los locales donde se encontraba la información requerida punto el requerimiento era proporcionado y la información solicitada tenía trascendencia tributaria

2.12.- Procedimiento de apremio embargo de bienes autorización judicial a la entrega en domicilio con el objeto de proceder diariamente a la traba de saldos de caja y al inventario de los bienes embargados

2.13.- Documentación y soportes informáticos incautados por funcionarios de la Agencia Tributaria. Vulneración del derecho a la inviolabilidad del domicilio de sociedades mercantiles.

2.14.- La autorización para entrar en domicilios en orden a la ejecución forzosa de actos administrativos solo cabe respecto del domicilio del interesado y no respecto del domicilio de un tercero

2.15.- Entrada y registro. Intervención de ordenador de trabajo con archivos administrativos. Documentación y soportes informáticos incautados de la AEAT

3.- La utilización de pruebas halladas casualmente durante un registro a terceros que sean declaradas nulas por sentencia penal.             

4.- Valoración de las pruebas obtenidas. Basar el incumplimiento de una obligación fiscal en prueba incautadas en registros ilícitos practicados en domicilio de terceros.

5.- Si la ausencia de justificación suficiente del auto judicial de entrada en un domicilio conlleva su nulidad radical o si puede subsanarse

6.-Entrada en el domicilio social: ¿hasta dónde puede acceder un inspector de Hacienda?

7.- Modificaciones introducidas por la Ley 11/2021 en relación con la entrada en el domicilio de los obligados tributarios

8.- Sobre si las sentencias que anulen liquidaciones o sanciones tributarias por vulneración de derechos fundamentales pueden considerarse dictadas en materia tributaria y ser susceptibles de extensión de efectos.

9.- Autorización judicial para la entrada en el domicilio de los obligados tributarios y facultades de la inspección en la entrada en fincas, locales de negocio…

10.- Relativo a si es legítima la autorización judicial de entrada y registro en el domicilio de la contribuyente basada en fines prospectivos, estadísticos o indefinidos

11.- Sobre competencia  el Juzgado de lo Contencioso-administrativo para autorizar la entrada en el domicilio cuando en el ejercicio de actuaciones inspectoras sea necesario entrar para investigar y no para proceder a la ejecución forzosa de un acto administrativo?

12.- Comentarios a las autorizaciones de entrada en domicilio en el ámbito tributario. La STS de 1 de octubre de 2020

12.1.-Exposición

12.2. El objeto del recurso de casación

12.3.-. Delimitación de las competencias jurisdiccionales en la actuación inspectora

12.4.-. En especial, la problemática de las autorizaciones inaudita parte

12.5.- La doctrina casacional sobre la solicitud de entrada en domicilio

12.5.1. La necesidad de la doctrina casacional

12.5.2.-. La resolución del supuesto planteado

12.6.- La forma de presentar los indicios: de la comparación de la situación de la contribuyente surgida de datos estadísticos o cálculos generales

12.6.1.- La confección artificial de medias del sector

12.6.2.-. El resultado final

12.6.3.- La concreción de la doctrina de la Sala

13.- El acceso a domicilios por razón de inspecciones tributarias: la doctrina examina el contenido y consecuencias de las sentencias del Tribunal Supremo

13.1.-La inviolabilidad del domicilio aplicada a personas físicas y jurídicas con perspectiva constitucional

13.2.-Naturaleza de la actividad tributaria inspectora, premisas para el acceso a domicilios con motivo de una inspección

13.3.- Flagrante delito fiscal como carta blanca para un acceso sin aviso y de oficio.

13.4.- La integración de la inspección tributaria en los autos judiciales de entrada y registro de acuerdo con la normativa vigente

13.5.- Inviabilidad constitucional y legal de la entrada sin aviso previo (Sentencia del Tribunal Supremo, Sala III, de 1 de octubre de 2020).

13.6.-Premisas normativas para abordar con garantías ciudadanas los pretendidos accesos

13.7.- Conclusiones:

14.- Entrada y registro domiciliario hecha por la propia Administración —Tributaria— para la ejecución forzosa de los actos de la misma

14.1.- Deficiente regulación legal de las entradas y consiguiente registro domiciliarias en el procedimiento administrativo tributario en particular y en el orden contencioso en general.

14.2.- Los principios que informan la protección del derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio

14.3.- Parámetros de garantía deducidos de las Sentencias del Tribunal Supremo

14.4.- La participación en los mismos registros domiciliarios de los Letrados Judiciales en el ámbito administrativo sancionador deben responder a iguales parámetros que los exigibles en un proceso penal y estar rodeados de las mismas garantías que los previstos para la jurisdicción penal

15.- Problemas que presenta la determinación de cuál es el Juez ordinario predeterminado por la ley para autorizar la entrada en el domicilio constitucionalmente protegido de los administrados cuando en el ejercicio de actuaciones inspectoras sea necesario entrar en ese domicilio para investigar y no para proceder a la ejecución forzosa de un acto administrativo.

16.- Las autorizaciones de entrada en domicilio en el ámbito tributario. La STS de 1 de octubre de 2020

17.- El acceso a domicilios por razón de inspecciones tributarias. Alcance de la inviolabilidad domiciliaria

17.1.-La inviolabilidad del domicilio aplicada a personas físicas y jurídicas con perspectiva constitucional

17.2.- Naturaleza de la actividad tributaria inspectora, premisas para el acceso a domicilios con motivo de una inspección

17.3.- Flagrante delito fiscal como carta blanca para un acceso sin aviso y de oficio.

17.4.-. La integración de la inspección tributaria en los autos judiciales de entrada y registro de acuerdo con la normativa vigente

17.5.-. Inviabilidad constitucional y legal de la entrada sin aviso previo (Sentencia del Tribunal Supremo, Sala III, de 1 de octubre de 2020).

17.6.-. Premisas normativas para abordar con garantías ciudadanas los pretendidos accesos

17.7.-Conclusiones

18.- Proyecto de Ley de lucha contra el fraude avala las inspecciones sorpresa. Principales aspectos. Novedades en la Ley de Blanqueo.

18.1. Domicilio constitucionalmente protegido e inviolabilidad del mismo

18.2. Regulación actual para la concesión de autorización judicial de entrada

18.3. Requisitos para la autorización judicial de entrada y criterio del TS

18.4.- Modificaciones incluidas en el Proyecto de Ley de lucha contra el fraude

18.5.- Personación de la Inspección sin previa comunicación.

18.6. Reserva de Ley Orgánica

19.- Domicilio constitucionalmente protegido e inviolabilidad del mismo: Recuperación por la STS 272/2021, de 24 de marzo, de la línea jurisprudencial precedente que veía en las actuaciones policiales de anticipación de la entrada previa a la irrupción del Letrado de la Administración de Justicia una práctica manifiestamente ilícita que, salvo muy justificadas excepciones, arrastraba la nulidad radical y cierre probatorio de las evidencias que se obtenían en el curso del registro

20.- Acerca del aseguramiento policial de la entrada en registros domiciliarios: Comentario a la STS, Sala 2ª, 272/2021

20.1.- Problemática analizada

20.2.-Exposición de hecho de la STS 272/2021

20.3.-La expansión de la nulidad de la entrada anticipada previa a ulterior autorización formal de entrada y registro en la STS 272/2021

20.4.-El contraste de la STS 272/2021 con la jurisprudencia precedente

21.-La impugnación diferida de la entrada y registro en un domicilio constitucionalmente protegido

22.- -Nulidad de la entrada y registro domiciliario: intimidación ambiental, material detención. Ineficaz consentimiento, sin asistencia letrada. Anulación de actuaciones

23.- Obstrucción a la inspección: el contribuyente no podrá ser sancionado si le niega el acceso a su vivienda

24.- La reforma de la LG y la LJCA   en relación con la entrada y registro en el domicilio por la AEAT: visos de inconstitucionalidad

26.-Soporte documental de la Hacienda Foral Vizcaya relativo a la autorización para la entrada a finca, locales de negocio y demás establecimientos del obligado tributario

27.- Obligada información al contribuyente sobre su derecho a oponerse a la entrada

28.- No se puede sancionar el no facilitar el acceso a los programas de contabilidad en un acto de registro domiciliario cuando no se informó a la obligada sobre su derecho a oponerse a la entrada

29.- La iniciación del procedimiento de inspección seguida de personación en domicilio.

30.- Consecuencias derivada de la anulación judicial de la autorización de registro en domicilio

31.- Medidas cautelares

32.- No cabe utilizar los datos de las historias clínicas sin el consentimiento de los pacientes para justificar la aplicación del método de estimación indirecta

33.- El hecho de que la única prueba que sirvió de base para la aplicación de la estimación indirecta se obtuviera ilícitamente implica la nulidad de la liquidación

34.- Consentimiento prestado por el administrador para la entrada y registro válido, y no viciado.

35.- Cuestión relativa a la incidencia que la entrada y registro en el domicilio de una persona física decretada por un juez puede tener a la hora de iniciar una inspección tributaria a una sociedad mercantil de la que aquella persona física es su administrador, en virtud de la documentación ocupada en aquel domicilio

36.- Con relación a si la inspección necesita permiso del juez de instrucción para entrar en los domicilios

37.- Limitación de las facultades de investigación y registro de la inspección de Hacienda en supuestos de fraude contable cometido por una empresa declarando la competencia de la investigación vía judicial y no por Hacienda.

38.- El amparo del Tribunal Constitucional, legal y judicial del domicilio en el procedimiento de inspección tributaria

39.- Cuestiones problemáticas relativas a la entrada y registro domiciliario en el ámbito tributario

40.- El principio de la buena administración en los procedimientos de inspección

41.- La documentación obtenida con ocasión de un registro ordenado por la autoridad judicial no puede ser utilizada por la Administración tributaria con finalidades distintas de las que motivaron el registro. Escaneo comentario.

42.- Documentación y soportes informáticos incautados por funcionarios de la Agencia Tributaria y la vulneración del derecho a la inviolabilidad del domicilio de sociedades mercantiles

43.- Embargo de bienes: autorización judicial para la entrada en domicilio con objeto de proceder diariamente ala traba de saldos de caja y el inventario de los bienes embargados

44.- Si los hechos que motivan la entrada y registro domiciliario son constitutivos de delito penal la actuación administrativa de registro no será ajustada a derecho, sino que deberán iniciarse actuaciones de instrucción penal.

45.-Acceso en el domicilio de contribuyentes forales aplicando jurisprudencia del Alto Tribunal.

46.-Identificación de referencias catastrales en la solicitud de autorización judicial de entrada

47.- Entrada de los inspectores en las oficinas no amparada por mandamiento judicial y posible insuficiencia del consentimiento de un empleado ocasional

48.- Naturaleza retrospectiva de la jurisprudencia sobre las liquidaciones practicadas por la Hacienda con fundamento en pruebas recabadas en una entrada a domicilio autorizada por resolución judicial firme,

49.- Copiado indiscriminado del disco duro de un ordenador en entrada y registro autorizada por parte de la inspección

50.- Entrada y registro en el domicilio del contribuyente durante el proceso penal. La regulación del delito contra la HP en LO 7/2012. El consentimiento del titular. El auto de entrada y registro. Registro de libros y papeles.

51.- Entrada en el domicilio del contribuyente durante el procedimiento inspector. Entrada en domicilio que no está constitucionalmente protegido. Entrada en el domicilio protegido constitucionalmente. Registro en el domicilio del contribuyente.

52.- Apreciación de la necesidad y proporcionalidad de la medida

53.-Entrada en oficinas y dependencias de Cofradía de Pescadores y no en domicilio acusados ni de ninguna otra persona

54.- Consentimiento del titular del ordenador

55.- Sobre la Admisión de la prueba obtenida por Hacienda en diligencia de entrada y registro autorizado pese a incumplir con el requisito de notificación previa de inicio de Inspección

56.- Alcance y la forma de ejecución de una sentencia que anuló una autorización judicial de entrada y registro domiciliario

57.- Requisitos de validez de entrada y registro es aplicable si media el consentimiento del interesado y si la anulación de la autorización de entrada o su ilegalidad conlleva la revocación de liquidación y sanción

58.- Reconstrucción de la contabilidad por el contribuyente, justificación del inicio del procedimiento inspector y de la entrada y registro domiciliario

59.- Alcance de la nulidad radical de la prueba obtenida en un registro practicado en la sede social o dependencias de terceros, respecto de documentos
hallados en esa actuación del contribuyente investigado

60.- Consideraciones sobre la inviolabilidad del domicilio del contribuyente

61.- Obligaciones y derechos de contribuyentes e inspección en el acceso y registro del domicilio del contribuyente

62.- Bibliografía

63.- Recurso de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales

64.- El derecho a no auto incriminarse y la validez del consentimiento dado

65.- El domicilio social de la empresa como domicilio protegido

66.-Criterios del Tribunal Supremo acerca de las inspecciones en entradas a domicilios y reconocimiento de los inmuebles

67.- Derecho del contribuyente a disponer de la documentación incautada en un registro manejada por el juez

68.- Sobre la utilización de la documentación incautada para finalidades distintas de las autorizadas por el juez

69.- Requisitos del Tribunal Supremo para la entrada y registro de un domicilio

70.- Régimen jurídico y aspectos controvertidos del acceso por inspección y registro domiciliario

71.- Criterio del Tribunal Supremo sobre el grado de concreción de la información de las solicitudes de autorización de entrada en domicilio o sede social de una empresa formuladas por la administración tributaria así como el alcance y extensión del control judicial de tales peticiones

72.-Criterio del Tribunal Supremo sobre si la la ausencia de justificación suficiente del auto judicial de entrada en un domicilio conlleva su nulidad radical o si puede subsanarse

73.-Limitaciones por parte de la inspección de tributos en el acceso a registros domiciliarios

74.- Acerca de la previa necesidad de notificación en un procedimiento inspector para que el juez autorice la entrada en domicilio

75.- Sobre si es subsanable la falta de motivación en un auto de autorización de entrada en domicilio. Necesidad de motivación y de tener la hacienda un motivo debidamente justificado

76.- Manual de uso ante la presencia de la hacienda en una empresa

77.- Entrada de la inspección en los despachos de abogados

78.- Bibliografía

79.- Jurisprudencia sobre liquidaciones practicadas por la Administración tributaria habiendo tomado como referencia las pruebas obtenidas en entradas domiciliarias autorizadas judicialmente

80.- Visos de inconstitucionalidad de las normas que regulan el acceso y registro domiciliario

81.-Sobre si es factible soportar el incumplimiento de una obligación fiscal en documentos o pruebas incautados en registros ilícitos practicados en domicilios de terceros

82.- El TS ordena a la Administración la devolución de todo lo incautado en un registro domiciliario cuya autorización fue anulada judicialmente

83.- Criterio del Tribunal Supremo sobre la imposibilidad de fundamentar el incumplimiento de una obligación fiscal en documentos o pruebas incautados en registros ilícitos de domicilios de terceros

84.- Sobre el derecho del apelante, bajo investigación fiscal, a tener en su poder la documentación completa que conoció y evaluó el juez competente que autorizó la entrada en su domicilio

85.- Copiado de la información del ordenador portátil del obligado tributario a un disco duro y consiguiente precinto para el acceso posterior y obtención de información con transcendencia tributaria previa autorización judicial de acceso.

86.-Sobre la validez de las pruebas obtenidas en la entrada en domicilio constitucionalmente PROTEGIDO

87.- Sobre la necesidad de que las autorizaciones de entradas domiciliarias se lleven a cabo en el seno de un procedimiento de inspección ya iniciado con conocimiento formal del obligado tributario.

88.-Sobre si es factible basar el incumplimiento de una obligación fiscal en documentos o pruebas incautados en registros ilícitos practicados en domicilios de terceros

89.- Hallazgo casual en registro domiciliario de tercero declarado posteriormente nulo. Documentación concerniente al obligado tributario.

90.- Sobre si la AEAT puede acceder a la información personal almacenada en dispositivos electrónicos por resultar protegida por los derechos fundamentales

91.- . Incumplimiento del requisito de notificación previa al obligado tributario de inicio de procedimiento inspector

92.-Cuando la Inspección no ha respetado el derecho a la no entrada en el domicilio de la persona jurídica sin el consentimiento de su titular o sin estar provista de una autorización judicial

93.-Sobre la facultad excepcional de la inspección de hacienda de requerir la comparecencia del obligado tributario se refiere, en caso de personas jurídicas, solo al administrador

94.-Contenido del auto que autoriza la entrada en un domiclio

95.-Acerca de la validez de la prueba obtenida en el registro practicado en la sede de personas físicas y jurídicas con las que la recurrente está relacionada

96.- Sobre si la inspección puede iniciarse en el momento de acceso al domicilio.

97.- Cuestiones de interés casacional ante el Tribunal Supremo

98.-Interceptación de comunicaciones y correos electrónicos sin conocimiento del interesado en un proceso penal y validez de la prueba. Sentencia TJUE sobre la licitud de la utilización en los procedimientos administrativos de lucha contra el fraude de pruebas obtenidas en vía jurisdiccional penal en actuaciones en las que el obligado tributario ni siquiera ha tenido conocimiento pruebas obtenidas en vía jurisdiccional penal en actuaciones en las que el obligado tributario ni siquiera ha tenido conocimiento.

99.-Criterio del Tribunal Supremo relativo al Incumplimiento del requisito de notificación previa al obligado tributario de la iniciación del procedimiento inspector