1.-Actuaciones de inspector como perito
2.-Actuaciones de obtención de información
2.1.- Compatibilidad entre los requerimientos de información previa y la posterior actividad de un procedimiento de investigación
2.2.- La utilización de la información obtenida en actuaciones de obtención de información en procedimientos posteriores exige al menos una declaración de caducidad
2.3.-Criterios administrativos y jurisdiccionales más relevantes
3.-Actuaciones iniciadas por actuaciones de terceros33
4.-Actuaciones de comprobación de valores. Caducidad
4.1.- Sobre si las actuaciones desarrolladas por la Administración relativas a la determinación del valor de los bienes o derechos dirigidas a la obtención del informe de valoración, ¿suponen el inicio del procedimiento tributario4.2.- Solicitud de un informe o dictamen en procedimiento de gestión tributaria sobre valoración bienes y su incidencia en el plazo de duración de 6 meses
4.2.- Solicitud de un informe o dictamen en procedimiento de gestión tributaria sobre valoración bienes y su incidencia en el plazo de duración de 6 meses
4.3.- Comprobación seguida de requerimiento
5.- Iniciación y alcance. Procedimiento de inspección y actuaciones en general. Actuaciones de comprobación e investigación. Las actuaciones comprenden también la fase liquidadora posterior hasta la notificación de la liquidación. Estimación indirecta. Competencia de la inspección.
5.1.- Competencia(subinspectores)
5.2.- No es amparable que la Administración tributaria utilice un procedimiento de inspección parcial para inspeccionar una cuestión distinta a la que la provoca, y si obtiene datos ajenos comunique una ampliación inmotivada de una nueva inspección parcial
5.3.- Modificar el alcance de las actuaciones inspectoras sin que medie acuerdo del inspector jefe notificado al interesado, constituye un defecto sustantivo o material del procedimiento – y no meramente formal o procedimental- por lo que en estos casos no tiene cabida ordenar la retroacción de actuaciones.
5.5.- Efectos de la regularización practicada en el procedimiento de comprobación limitada.
5.6.- Los requerimientos individualizados de obtención de obtención de información que al amparo de los artículos 93 LGT y 30 RAP efectué la administración tributaria a los obligados tributarios en relación con el cumplimiento de su s propias obligaciones no suponen en ningún caso el inicio de un procedimiento de comprobación o investigación incluso cuando la administración solicite la aportación y o el obligado tributario aporte documentación acreditativa de la información requerida.
5.7.- Sobre si las actuaciones inspectoras deben ser iniciadas antes de que concluya el año al que se refiere el plan de inspección
5.8.- En actuaciones de carácter parcial la inspección tiene la obligación de comprobar si el régimen de tributación obligatorio es el de las sociedades patrimoniales debiendo ampliar el alcance
5.9.- Vicios no invalidantes. doctrina en relación con los efectos que de las actuaciones inspectoras se derivan de la inexistencia de un título que justifique el inicio del procedimiento cuándo el contribuyente no está incluido en el plan de inspección y sin que haya dictado orden del superior escrita y motivada
5.10.- Excederse en los límites temporales de los planes de inspección anuales constituye el mero incumplimiento de una norma interna.
6.-Carga en plan un año e inicio el siguiente. Límite temporal para el inicio. Extensión a actividades en la carga. Especificación de tributos y periodos impositivos. Alcance de la inspección. Certificación y motivación inicio actuaciones. Presunción de veracidad y carácter documentos públicos. Impugnación.
6.1-Alcance de actuaciones.
6.2.-Certificación y motivación inicio actuaciones.
6.3.-Derecho a ser informado del motivo de la inspección (STS).
6.4.– Carga en un plan de inspección.
7.-La inspección de hacienda a la luz de la doctrina del Tribunal Constitucional.
8.-Bibliografía
9.-Corrección por inspección de precios
10.- El embargo preventivo de bienes sin autorización judicial vulnera el principio de tutela judicial efectiva.
11.- Contabilidad
12.-Recusación. Cambio de inspector. Actuaciones inspector jefe. Retribución variable
13.-Externalización servicios de inspección
14.-Requerimiento seguido de inspección
15.-Inclusión inicio en planes de inspección y nulidad de actuaciones a través de informes y no actas
16.-Recurribilidad de diligencias de constancia de hechos y pazo de interposición.
17.-Inicio procedimiento SANCIONADOR, Límite temporal para el inicio de actuaciones. Procedimiento de inspección. Separación procedimiento inspector y sancionador. Prórroga actuaciones
17.1.- Límite temporal para inicio actuaciones
17.2.-Extensión sanciones a responsables
18.-Posibilidad de realizar nuevas actuaciones después de alegaciones del contribuyente.
19.-La inspección no puede sustituir las calificaciones que corresponden a la junta general o a la autoridad administrativa
20.-Obligación de la inspección de REGULARIZAR todos los elementos (Ver Recursos. Principios) Obligación de inspección de proceder a REGULARIZACIONES y devolución de ingresos indebidos tras actas
20.1.-Deducción retenciones exigidas por inspección y cuotas de iva ajustadas por inspección
20.2.- Modo de actuación en regularizaciones cuando hay prescripción administrativa pero no penal. Reconocida en gestión una reducción de base imponible no cabe regularizarla en inspección.
21.-Sanción por oponer resistencia
22.-Procedimiento inspector continuador de comprobación limitada. Procedimiento de
gestión seguido de inspección.
23.-Pruebas aportadas en una instancia que debieron ser aportadas en otra anterior (ver recursos).
24.-Ratificada por sociedades intervinientes la realidad de las facturas corresponderá a la inspección la prueba de lo contrario
25.-Derecho a no declarar en procedimientos de inspección.
26.-Determinación del lugar de actuaciones si en domicilio fiscal.
27.-Días de cortesía
28.-Actuaciones sin notificación. Validez notificaciones
29.- Actuaciones en ejecución de sentencia. Retroacción de actuaciones.
30.-Representación (y, del cónyuge)
31.-Obstrucción en personación acceso a ordenador a información contable.
32.-Regularización. No cabe regularización si hubo comprobación en otro impuesto.
33.- Incomparecencia. Obstrucción. Para que la incomparecencia sea sancionable se requiere previo apercibimiento.
34.- Modelo de autorización.
35.- Puede perseguir la inspección un delito fiscal después de haber dictado liquidación previa sin apreciación de indicios delictivos.
36.- Lugar o domicilio para las actuaciones. Presencia del cónyuge en actuaciones si conjunta.
37.-Presencia asesora. Facultad concedida al ministro de Hacienda de autorizar nueva comprobación por ocultación de hechos imponibles. Corrección de errores materiales
38.– Garantías del inspeccionado. Aportación documentación bancaria.
39.-Actos de trámite no recurribles (requerimientos,). La presentación de declaraciones
tras interrupción actuaciones por más de 6 meses determina la no imposición de sanciones.
40.- Actuaciones de la inspección ante el fraude de ley.
41.- Competencia en función del domicilio fiscal.
42.-Notificaciones a representantes en el lugar de las inspecciones.
43.-Alcance de una inspección que trae causa u ordenada por una investigación penal.
44.- Competencia en función del domicilio fiscal
45.- Comprobación reducida y restringida*
46.- Estimación indirecta
47.- Consecuencias de actuaciones de años prescritos en años abiertos.
48.- Notificación a sucesores de entidad disuelta inicio actuaciones
49.- Grabaciones del contribuyente a funcionarios actuarios
50.- Delito fiscal
50.1.- Vinculación a la declaración de hechos probados en las regularizaciones tributarias.
50.2.- Sobre la posible persecución por la inspección de un supuesto delito fiscal después de haber dictado liquidación sin apreciar indicios delictivos
50.3.- Paralización de actuaciones en IVA hasta que se resuelva en vía penal la falsedad de facturas en el Impuesto de Sociedades
50.4.- Actos interruptivos. Dies a quo. Dies ad quem
50.5.- Cuota defraudada
50.5.- Cuota defraudada.
50.6.-Criterios administrativos y jurisdiccionales
50.7.- Remisión del expediente al Ministerio Fiscal. prescripción
50.8.- Auto de sobreseimiento penal provisional y si impide a la inspección proceder a la regularización tributaria de la entidad
50.9.- El procedimiento inspector en caso de delito fiscal y la duración de las actuaciones inspectoras
50.10.- Prescripción del delito fiscal y su Interrupción. Reanudación de actuaciones. Aplicación del plazo en caso de sobreseimiento.
50.11.- Remisión del expediente al Ministerio Fiscal cuando ha transcurrido el plazo máximo de duración de actuaciones inspectoras
51.- Sucesivas comprobaciones por inspección en procedimientos distintos de unos mismos hechos
52.- Artículos que afectan a muchos temas
53.- Videoconferencia
54.- Grabaciones
55.- Medidas cautelares
56.- Otros criterios administrativos y jurisdiccionales
57.- Bibliografía
58.- Efecto preclusivo. Requerimientos antes de inicio de comprobación.
59.-El principio de buena administración en los procedimientos de gestión e inspección
60.- La revocación
61.- Los requerimientos de información con trascendencia tributaria y sus implicaciones en la normativa sobre protección de datos
62.- La no obtención de la información requerida a las autoridades fiscales de otro Estado, no habilita a la Inspección para dictar una liquidación provisional sin haber agotado el plazo máximo de 12 meses
63.- Tramite audiencia en Foral:
64.- Recientes autos de admisión del Tribunal Supremo
65.- Se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva cuando se inicia un nuevo procedimiento de comprobación e investigación por el mismo impuesto, ejercicio y alcance, estando pendiente la revisión judicial de una liquidación previa
66.-Regulación autónoma o actividad de comprobación independiente en sucesiones y donaciones
67.- Solicitudes de suspensión no acordadas expresamente
68.- Sobre la necesidad de motivación del inicio del procedimiento
69.- Consecuencias de excederse en el alcance de las actuaciones inspectoras
70.- Delegación de Hacienda competente para la práctica de la inspección y consecuencias de la incompetencia
71.- La participación de entidades privadas en los procedimientos de inspección
72.- Criterio del Tribunal Supremo con relación a los efectos del incumplimiento de los tramites de audiencia y alegaciones
73.-Ampliación del alcance de un procedimiento mediante comunicación realizada en la propuesta de resolución
74.-Criterio del Tribunal Supremo con relación al examen en las inspección de la documentación contenida en los dispositivos electrónicos
75.- Incumplimiento del requisito de notificación previa al obligado tributario de inicio de procedimiento inspector.
76.-Sobre si constituye un vicio sustantivo del procedimiento el sobrepasar el alcance de las actuaciones inspectoras
77.- Preclusividad
78.- La Inspección debe agotar el plazo máximo de interrupción de sus actuaciones en espera de la información requerida a las autoridades fiscales de otro Estado.
79.-Procedimientos de obtención de información desarrollado con carácter previo a un procedimiento de inspección.
80.-Cuestiones de interés casacional ante el Tribunal Supremo.