18.08.01. Culpabilidad

NECESARIA EXISTENCIA DE CULPABILIDAD. GENERAL

1.- Necesidad de diligencia para sancionar infracciones tributarias.

2.- Sobre el elemento intencional en las infracciones tributarias:

2.1.-Formulaciones genéricas y abstractas sobre el elemento intencional de las infracciones tributarias sin efectuar un análisis de esas ideas con referencia a los específicos hechos enjuiciados

2.2.- Valoración de la intencionalidad concreta del contribuyente y su grado de manifestación. Requisito de culpabilidad

2.2.1.- Examen y valoración del elemento intencional en cada supuesto.

2.2.2.- La voluntariedad de infringir

2.3.- La intencionalidad de las infracciones no puede deducirse solo por indicios racionales, sino que la mala fe o el ánimo de ocultar han de quedar plena y fehacientemente demostrada. En vehículos

2.4. La conducta descrita como “dejar de ingresar” debe ser interpretada de conformidad a Derecho y, por ello, con exclusión de automatismo con el que generalmente se aplican las sanciones correspondientes. Criterio interpretativo sistemático para llegar a la conclusión de que NO TODA FALTA DE INGRESO PUEDE SER OBJETO DE SANCIÓN, sino solo aquellas conductas en que la falta de ingreso resulte de la no presentación, de la presentación fuera de plazo y de las previsiones de regularización que estén permitidas legalmente (art. 61 LGT) o de la presentación de declaraciones intencional o culposamente incompletas.

2.5.- Si la declaración íntegra de las bases, aunque sea de forma incorrecta elimina la sanción porque es preciso probar un elemento intencional

2.6.- Evolución jurisprudencial del principio de culpabilidad. Acreditación improcedente de partidas o créditos del impuesto sancionadora por no concurrir la intencionalidad necesaria

2.7.-Sobre la concurrencia del elemento subjetivo en forma de dolo, culpa o simple negligencia para poder calificar la conducta del obligado tributario como infracción tributaria

2.8.- Concepto de culpabilidad según Tribunal Supremo

2.9.-Criterio del Tribunal Supremo sobre anulación de Resolución que no permite conocer el grado de culpabilidad

2.10.- Concurrencia en el sujeto infractor de dolo, culpa o negligencia

2.11.- Inexistencias del elemento subjetivo

2.12.–Necesidad de que quede acreditada la culpabilidad del proceder

2.13.- Para justificar la existencia de culpabilidad en el obligado tributario hay que demostrar la concurrencia de una actuación dolosa o al menos negligente

2.14.-Inexistencia de elemento subjetivo

2.15.-Análisis culpabilístico en derechos de imagen. Caso Mesi

3.- Actas de conformidad y juicio de culpabilidad. La distinción entre los hechos y la valoración de la conducta.

4.- Revisión en casación de las cuestiones de culpabilidad

5.- Carencia de conocimientos tributarios

6.- En Gran empresa.

7.-Criterio del Tribunal Supremo sobre la sancionabilidad cuando la Administración tiene conocimiento de los datos necesarios para practicar la liquidación provisional de oficio. Declaración sin ocultación.

8.- El principio de legalidad y, su aplicación en materia de infracciones y sanciones tributarias

9.- Fórmula usual sobre la culpa y la aplicación principios del derecho penal

10.- Presunciones. Las presunciones usadas para declarar la simulación no sirven para demostrar la culpabilidad a efectos sancionadores Carga de la prueba de la culpabilidad y principio de presunción de inocencia:

10.1.- Extensión de las presunciones al ámbito sancionador. Prueba por presunciones. Caso de simulación.

10.2.-Alusión a la claridad de la norma.

10.3.- El Supremo obliga a presumir a Hacienda inocencia. Principio acusatorio.

10.4.- Presunción de inocencia

10.5.- No cabe presumir una conducta dolosa

10.6.-Necesidad de probar la culpabilidad por parte de la administración

10.7.-Sobre si se pueden aportar nuevas pruebas, por ejemplo, en fase de recurso administrativo, que han podido ser presentadas a lo largo del procedimiento.

10.8.- Criterios administrativos y jurisdiccionales

10.9.- La prueba de la culpa. Necesidad de la acreditación del proceder culpable del contribuyente

10.10.-Sobre si se puede presumir una conducta dolosa por otras circunstancias externas como la capacidad económica o la clase de asesoramiento.

10.11.- Valoración de la prueba en el expediente sancionador

10.12.- Pruebas declaradas improcedentes

10.13.- Sanción soportada en pruebas indiciarias

10.14.- Criterio del Tribunal Supremo

11.- Fuerza mayor

12.- Culpabilidad en los errores:

12.1.-Sobre si las autoliquidaciones complementarias destinadas a corregir errores en la tributación hacen improcedente la imposición de la sanción

12.2.-El derecho al error para anular una sanción. Nulidad de la sanción tributaria apreciando la buena fe y el derecho al error del contribuyente.

12.3.- Error aritmético

12.4.-Errores sancionables. Invencibles.

12.5.-Errores informáticos

12.6.- Errores en liquidación por continuos cambios de la norma

12.7.-Errores en los que la administración puede detectar con facilidad el error cometido.

12.8.- Error en la liquidación pero que se aportan los datos en otro apartado de la declaración

13.- Sobre si puede existir infracción si se presenta declaración con datos fiscales de hacienda incompletos. Comisión de infracciones cuando se exige al contribuyente una declaración autoliquidación Declarante que expone todos los datos y factores que conoce y a su juicio han de ser tenidos en cuenta para cuantificar la base imponible y obtener la cuota. Aportación por el declarante de todos los datos que a su entender se precisan para el cálculo de la base imponible y la cuota. Exigencia de dolo o culpa

14.- Interposición de sociedad entre deportista y pagador.

15.- Negligencia:

15.1.-Concepto de negligencia según Tribunal Supremo

15.2.- Negligencia versus dolo versus culpa in vigilando

15.3.- Criterios administrativos y jurisdiccionales

15.4.- Criterio del Tribunal Supremo sobre la existencia de una actuación culposa en grado de negligencia. Pretendida interpretación razonable de la norma del artículo 179. 2. d) LGT.

15.5.- Utilización de la expresión “analizadas las circunstancias concurrentes la conducta del obligado tributario ha sido negligente sin que se aprecie ninguna causa de exoneración de la responsabilidad”

15.6.-Montaje de una negligencia por la inspección cuando estaos ante una discrepancia jurídico contable

15.7.- Sobre si la negligencia exige o no como elemento determinante para su apreciación un claro ánimo de defraudar.

16.-Sobre la necesidad de motivación en criterio Tribunal Supremo. Necesario análisis de las razones expuestas por la recurrente como justificadoras del incumplimiento de sus obligaciones tributarias, para descartar las que sean meros pretextos o se basen en criterios de interpretación absolutamente insostenibles.

17.- Responsabilidad gestor tributario. El elemento de la culpabilidad cuando el contribuyente encomienda la declaración a un asesor fiscal.

18.- Retraso en la imputación temporal. La infracción por diferimiento tributario en el pago

19.- Notificación no recogida por ausencia

20.- Presentación declaración errónea con los datos proporcionados por Hacienda

21.- Existiendo dudas en la calificación de los hechos no puede entenderse que concurre el elemento de culpabilidad.

22.- Responsabilidad de familiares consejeros no ejercientes

23.- Es legítimo apreciar, como indicio adicional de culpabilidad, la absoluta ausencia de justificaciones por parte del sujeto pasivo.

24.- No residentes o extranjeros.

25.- Deber de informar en la memoria de las revalorizaciones voluntarias

26.- Diferencia entre la sanción aplicable por incumplimiento de un deber de información y la sanción procedente cuando se incumple una obligación material del tributo.

27.-Procedencia sanción tras archivo diligencias penales

28.- Incrementos no justificados de patrimonio

29.-En contribuyente de 80 años de edad

30.- Incidencia prescripción y caducidad. Comprobación declaraciones de años prescritos.

31.- Sancionabilidad en operaciones vinculadas

32.-Criterio del Tribunal Supremo sobre las sanciones indiscriminadas de Hacienda por deducir gastos injustificados en el Impuesto sobre Sociedades. Sanciones automáticas por no justificar gastos deducidos Gastos de invitaciones a clientes gastos de dirección cantidad de satisfechas en obsequios de Navidad y los pagos realizados sin exigencias contractual a favor de sus empleados. Otras liberalidades. Sancionabilidad en deducción de gastos de restaurante de un profesional, atenciones a clientes y relaciones públicas. Discusión sobre la deducibilidad fiscal de los gastos de representación

33.-Sobre si la falta de la escrupulosidad tanto en el actuar administrativo como en el contribuyente supone o no supone la concurrencia de culpabilidad.

34.- Otros criterios administrativos y jurisprudenciales: Intencionalidad, apreciación de culpabilidad, presunción de inocencia, voluntariedad, buena fe. Montaje de una presunción de intencionalidad por la inspección cuando estaos ante una discrepancia jurídico contable

35.-Bibliografía

36.- Sanción por la posterior presentación de los documentos a los que se hayan incorporado los actos sujetos al ISD declarados en plazo

37.-La culpabilidad en cuestiones de valoración

38.-Principales motivos de oposición a un acuerdo sancionador

39.-Con simulación

40.-Sancionabildiad cuando las declaraciones no generan ingresos a liquidar

41.-Sancionabilidad si la declaración se produce en otro impuesto

42.- Falta de pago del arriendo de un inmueble por determinado período de tiempo por así haberlo convenido las partes no exime de la obligación de presentación de la autoliquidación en IRPF por retenciones modelo 115 con un resultado de cero

43.-La culpabilidad en materia de provisiones:

43.1.- En dotación a la provisión de valores mobiliarios Regularización tributaria por la indebida rotación de una provisión por depreciación de valores mobiliarios habiéndose revertido contablemente la misma en un ejercicio posterior

43.2.- -Provisiones para insolvencias

43.3.- La culpabilidad en la dotación a la provisión por deterioro de existencias

44.-Estado de ansiedad y exclusión de la culpabilidad

45.-Repertorio de otros criterios jurisprudenciales

46.-Declaración errónea en rendimientos del capital inmobiliario

47.- Venta de tabaco mediante máquina expendedora sin autorización por

48.-El concepto de dejar de ingresar. Delimitación jurisprudencial del tipo de infracción grave “dejar de ingresar”.

49.-La culpabilidad en las retenciones No hay ocultación si no se ingresan retenciones por dificultades de tesorería y se solicita aplazamiento habiéndose concedido para años anteriores

50.-Culpabilidad cuando Hacienda dispone los datos por el suministro de información entregada por un tercero

51.-Culpabilidad cuando un profesional no entrega a Hacienda información de sus clientes por recomendación de Colegio Profesional

52.-En presunciones de onerosidad

53.-Existencia de sanción cuando un tercero certifica la exención y luego el contribuyente hace la corrección

54.-Comprobación por el adquirente de la condición de empresario o profesional del transmitente

55.-Declaración de operaciones con terceros. Declaraciones censales por baja alta de actividad

56.- Animo de defraudación en quien declara IRPF atribuyendo por mitad entre cónyuges las rentas del trabajo

57.-La culpabilidad en procedimientos de derivación de responsabilidad

58.-Inclusión de gastos reales como deducibles cuando no lo son en base a la normativa

59.-Vinculación con los principios de igualdad y tipicidad de las sanciones.

60.- Consideración como amortización deducible de las cuotas por tal concepto correspondientes a ejercicios anteriores en que como no hubo beneficio la dotación de la amortización solo hubiera generado una base imponible a compensar en ejercicios con resultado positivo. Culpabilidad en amortizaciones

61.-la demandante incluyó en su declaración del IRPF gastos deducibles del capital inmobiliario que la administración ha entendido que no son tales sin que haya existido ocultación de datos en las declaraciones

62.-Los actos dictados contra el criterio del Tribunal Supremo sobre la interpretación de una norma no suponen una infracción manifiesta de ley porque no lo es la jurisprudencia salvo en doctrina dictada en recurso extraordinario de apelación el interés de ley

63.-Sobre la sancionabilidad de los errores en la aplicación de tipos o en los límites legales

64.- Sociedad que no cotiza en bolsa debe ser declarada por su valor real. Si se declara por el valor determinado según las reglas del impuesto sobre el patrimonio, aunque pueda ser revisado por la administración si daría lugar a sanción

65.-Si la actuación del sujeto pasivo va acompañada de una declaración correcta alejaría la posibilidad de considerar la conducta como infracción tributaria, aunque encuadrase formalmente en la descripción que ésta se contiene en la LGT

66.- Una cosa es que el contribuyente no haya demostrado que los gastos estén relacionados con la actividad profesional y otra cosa bien diferente que la administración haya demostrado que se trataba de gastos y, consumos constitutiva de infracción.

67.-Consecuencias que una sentencia penal absolutoria con declaración de hechos probados

68.- Determinación incorrecta del personal no asalariado en estimación objetiva

69.-Secuestro del administrador de la sociedad: sobre si afecta a la obligación de practicar e ingresar las correspondientes retenciones

70.-Aplicación indebida de una bonificación

71.-El ejercicio de la potestad sancionadora por la administración exige una especial intensidad probatoria que destruya la presunción de buena fe del contribuyente

72.-La Administración no puede basar la culpabilidad del sancionado únicamente en su condición de abogado y de profesor de derecho fiscal que se refleja en su perfil en LinkedIn

73.-Sancionabilidad cuando en otros supuestos similares la Hacienda no impuso sanción

74.- Los principios probatorios son distintos en gestión y en sanciones

75.- La interpretación del derecho sancionador a la luz de la doctrina del Tribunal

76.- 96.-Sancionabilidad en incumplimientos formales que cabe calificarlos de carácter esencial

77.- Sentencia de TSJ que estima que la irracionabilidad es la piedra de toque para saber si existe infracción. Y no la hay cuando nada se oculta ni se ha urdido una estratagema para obtener indebidamente una exención, habiendo empleado argumentos jurídicos en la defensa.

78.-Una Sentencia del Tribunal Supremo que estimaba la improcedencia de sanción cuando se declara sin ocultación comunicando la imposibilidad de pago

79.-Ausencia de ocultación porque lo pagado se contabilizó como gasto cuando se considera reparto encubierto de beneficios en canon el canon de cesión pagado a los propietarios en concepto de retribución de la explotación de apartamentos destinados a actividades de servicios

80.-Criterios de valoración válidos según principios contables, pero no fiscales.

81.-Si no se ocultan datos y solo hay una aplicación errónea de la norma no procede sanción

82.-Regularización por negocio indirecto sin que exista ocultación

83.- Existiendo cambios legislativos recientes sin ocultación

84.-Culpabilidad en ajustes negativos practicados por el contribuyente en su autoliquidación

85.-Operación de venta de participaciones de la entidad dominante de un grupo consolidado a una entidad vinculada

86.- Cuando la ley obliga al contribuyente a calificar y valorar los hechos imponibles y a interpretar las normas tributarias y a aplicarlas

87.-No cabe oponer a lo razonable de la interpretación que la empresa tenía experiencia disponía de medios y estaba asistida por profesionales jurídicos

 88.- Operaciones societarias. La compensación de pérdidas con aportaciones de los socios mediante la aplicación de los créditos que tuvieran contra la sociedad constituye una operación societaria sujeta al impuesto

89.- Vinculación de la culpabilidad del sujeto infractor a la circunstancia de que su conducta no se halle amparada por una interpretación jurídica razonable de las normas fiscales aplicables

90.-Sobre si la presunción de la intención de ocultar es necesario probarla por parte de la Administración.

91.- Fallecimiento de sujeto pasivo

92.-Sobre la existencia de ocultación cuando es inexistente la actividad investigadora y la liquidación se practica con los datos que la Administración conoce.

93.-La obligación de autoliquidar establecida por ley y la exigencia para que exista culpa que no exista una interpretación razonable.                                                                   

94.- Queda acreditado que no calculó correctamente el importe del rendimiento neto y que por eso ingresó una cantidad inferior a la que procedía, pero lo que no se ha acreditado es que su proceder sea culpable,

95.-Culpabilidad en caso de no poder enviar declaraciones por vía telemática

96.- Nulidad de una sanción tributaria impuesta a un abogado que acredita sólo gastos de combustible y peaje en desplazamientos para justificar la afectación exclusiva de un vehículo a su actividad

97.-Acerca de si la existencia de ocultación como circunstancia agravante de la infracción no implica necesariamente que exista dolo del contribuyente.

98.-Sobre si una actuación fraudulente puede o no presuponer necesariamente una especial intención defraudatoria.

99.- Demostración de la culpabilidad para calificar la existencia de una infracción tributaria sancionable