1.- Necesidad de diligencia para sancionar infracciones tributarias.
2.- Formulaciones genéricas y abstractas sobre el elemento intencional de las infracciones tributarias sin efectuar un análisis de esas ideas con referencia a los específicos hechos enjuiciados
3.- Actas de conformidad y juicio de culpabilidad. La distinción entre los hechos y la valoración de la conducta.
4.- Revisión en casación de las cuestiones de culpabilidad
5.- Carencia de conocimientos tributarios
6.- En Gran empresa.
7.-Carga de la prueba de la culpabilidad y principio de presunción de inocencia
7.1.- Necesidad de probar la culpabilidad por parte de la administración
7.2.-Sobre si se pueden aportar nuevas pruebas, por ejemplo, en fase de recurso administrativo, que han podido ser presentadas a lo largo del procedimiento,
8.- El principio de legalidad y su aplicación en materia de infracciones y sanciones tributarias
9.- Fórmula usual sobre la culpa aplicación principios derecho penal
10.- Presunciones. Las presunciones usadas para declarar la simulación no sirven para demostrar la culpabilidad a efectos sancionadores
10.1.- Extensión de las presunciones al ámbito sancionador.
10.2.-Alusión a la claridad de la norm
10.3.- El Supremo obliga a presumir a Hacienda inocencia. Principio acusatorio
10.4.- Presunción de inocencia
10.5.- No cabe presumir una conducta dolosa
11.- Fuerza mayor
12.- Error de hecho y de derecho.
13.- Puede existir infracción si se presenta declaración con datos fiscales de hacienda incompletos.
14.- Interposición de sociedad entre deportista y pagador.
15.- Negligencia
15.1.-Concepto de negligencia según TS.
15.2.- Negligencia versus dolo versus culpa in vigilando
15.3.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
16.- Errores sancionables. Invencibles.
17.- Responsabilidad gestor tributario
18.- Retraso en la imputación temporal
19.- Notificación no recogida por ausencia
20.- Presentación declaración errónea con los datos proporcionados por Hacienda
21.- Existiendo dudas en la calificación de los hechos no puede entenderse que concurre el elemento de culpabilidad.
22.- Responsabilidad de familiares consejeros no ejercientes
23.- Es legítimo apreciar como indicio adicional de culpabilidad la absoluta ausencia de justificaciones por parte del sujeto pasivo.
24.- No residentes o extranjeros.
25.- Deber de informar en la memoria de las revalorizaciones voluntarias:
26.- Diferencia entre la sanción aplicable por incumplimiento de un deber de información y la sanción procedente cuando se incumple una obligación material del tributo.
27.-Procedencia sanción tras archivo diligencias penales
28.- Incrementos no justificados de patrimonio
29.- Ingresos extemporáneos.
30.- Comprobación declaraciones de años prescritos.
31.- Sancionabildiad en operaciones vinculadas
32.- Valoración de la intencionalidad concreta del contribuyente y su grado de manifestación. Requisito de culpabilidad
32.1.- Examen y valoración del elemento intencional en cada supuesto.
32.2.- La voluntariedad
33.- Falta de escrupulosidad
34.- Otros criterios administrativos y jurisprudenciales
35.- Artículos de doctrina. Publicaciones,
36.- Sanción por la posterior presentación de los documentos a los que se hayan incorporado los actos sujetos al ISD declarados en plazo
37.- La culpabilidad en cuestiones de valoración
38.-El elemento de la culpabilidad cuando el contribuyente encomienda la declaración a un asesor fiscal.
39.-Declarante que expone todos los datos y factores que conoce y a su juicio han de ser tenidos en cuenta para cuantificar la base imponible y obtener la cuota
40.-Sancionabildiad cuando las declaraciones no generan ingresos a liquidar
41.-Sancionabilidad si la declaración se produce en otro i impuesto
42.- Falta de pago del arriendo de un inmueble por determinado período de tiempo por así haberlo convenido las partes no exime de la obligación de presentación de la autoliquidación en IRPF por retenciones modelo 115 con un resultado de cero
43.- Regularización tributaria por la indebida rotación de una provisión por depreciación de valores mobiliarios habiéndose revertido contablemente la misma en un ejercicio posterior
44.-Estado de ansiedad y exclusión de la culpabilidad
45.-Sancionabilidad en deducción de gastos de restaurante de un profesional, atenciones a clientes y relaciones publicas
46.-Discusión sobre la deducibilidad fiscal de los gastos de representación.
47.-Aportación por el declarante de todos los datos que a su entender se precisan para el cálculo de la base imponible y la cuota. Exigencia de dolo o culpa
48.-El concepto de dejar de ingresar. Delimitación jurisprudencial del tipo de infracción grave “dejar de ingresar”.
49.-La culpabilidad en las retenciones
50.-Culpabilidad cuando Hacienda dispone los datos por el suministro de información entregada por un tercero
51.-Culpabilidad cuando un profesional no entrega a Hacienda información de sus clientes por recomendación de Colegio Profesional
52.- Error aritmético
53.-Existencia de sanción cuando un tercero certifica la exención y luego el contribuyente hace la corrección
54.-Errores informáticos
55.-Errores en liquidación por continuos cambios de la norma
56.- Animo de defraudación en quien declara IRPF atribuyendo por mitad entre cónyuges las rentas del trabajo
57.-Gastos de invitaciones a clientes gastos de dirección cantidad de satisfechas en obsequios de Navidad y los pagos realizados sin exigencias contractual a favor de sus empleados. Otras liberalidades
58.-Concurrencia en el sujeto infractor de dolo, culpa o negligencia
59.-Necesidad de la acreditación del proceder culpable del contribuyente
60.- Consideración como amortización deducible de las cuotas por tal concepto correspondientes a ejercicios anteriores en que como no hubo beneficio la dotación de la amortización solo hubiera generado una base imponible a compensar en ejercicios con resultado positivo. Culpabilidad en amortizaciones
61.-la demandante incluyó en su declaración del IRPF gastos deducibles del capital inmobiliario que la administración ha entendido que no son tales sin que haya existido ocultación de datos en las declaraciones
62.-Los actos dictados contra el criterio del Tribunal Supremo sobre la interpretación de una norma no suponen una infracción manifiesta de ley porque no lo és la jurisprudencia salvo en doctrina dictada en recurso extraordinario de apelación el interés de ley
63.-En aplicación de límites legales
64.- Sociedad que no cotiza en bolsa debe ser declarada por su valor real. Si se declara por el valor determinado según las reglas del impuesto sobre el patrimonio, aunque pueda ser revisado por la administración si daría lugar a sanción
65.-Si la actuación del sujeto pasivo va acompañada de una declaración correcta alejaría la posibilidad de considerar la conducta como infracción tributaria aunque encuadrase formalmente en la descripción que ésta se contiene en la LGt
66.- Una cosa es que el contribuyente no no haya demostrado que los gastos estén relacionados con la actividad profesional y otra cosa bien diferente que la administración haya demostrado que se trataba de gastos y consumos constitutiva de infracción.
67.-La necesidad de que la inspección alegue no solo las incorrecciones cometidas por el sujeto pasivo a la hora de imponer una SANCIÓN, sino que además es preciso que los que las supuestas incorrecciones aparezcan motivadas. las omisiones denunciadas de manera genérica no pueden integrar el tipo sancionador aplicado por la administración
68.- Determinación incorrecta del personal no asalariado en estimación objetiva
69.-Errores en los que la administración puede detectar con facilidad el error cometido
70.-Aplicación indebida de una bonificación
71.-El ejercicio de la potestad sancionadora por la administración exige una especial intensidad probatoria que destruya la presunción de buena fe del contribuyente
72.-Provisiones para insolvencias
73.-Sancionabilidad cuando en otros supuestos similares la Hacienda no impuso sanción
74.- Los principios probatorios son distintos en gestión y en sanciones
75.- La intencionalidad de las infracciones no puede deducirse solo por indicios racionales, sino que la mala fe o el ánimo de ocultar han de quedar plena y fehacientemente demostrada
76.- Necesarios juicios expresos de culpabilidad y ampararse en manifestaciones de la inspección de que no se ha seguido una interpretación razonable de la norma o que existe laguna normativa clara
77.-La conducta descrita como “dejar de ingresar” debe ser interpretada de conformidad a Derecho y, por ello, con exclusión de automatismo con el que generalmente se aplican las sanciones correspondientes. Criterio interpretativo sistemático para llegar a la conclusión de que NO TODA FALTA DE INGRESO PUEDE SER OBJETO DE SANCIÓN, sino solo aquellas conductas en que la falta de ingreso resulte de la no presentación, de la presentación fuera de plazo y de las previsiones de regularización que estén permitidas legalmente (art. 61 LGT) o de la presentación de declaraciones intencional o culposamente incompletas.
78.-Si la declaración íntegra de las bases, aunque sea de forma incorrecta elimina la sanción porque es preciso probar un elemento intencional
79.-Ausencia de ocultación porque lo pagado se contabilizó como gasto cuando se considera reparto encubierto de beneficios en canon el canon de cesión pagado a los propietarios en concepto de retribución de la explotación de apartamentos destinados a actividades de servicios
80.- No hay ocultación si no se ingresan retenciones por dificultades de tesorería y se solicita aplazamiento habiéndose concedido para años anteriores
81.-Si no se ocultan datos y solo hay una aplicación errónea de la norma no procede sanción
82.-Regularización por negocio indirecto sin que exista ocultación
83.- Existiendo cambios legislativos recientes sin ocultación
84.-Culpabilidad en ajustes negativos practicados por el contribuyente en su autoliquidación
85.-Operación de venta de participaciones de la entidad dominante de un grupo consolidado a una entidad vinculada
86.- Cuando la ley obliga al contribuyente a calificar y valorar los hechos imponibles y a interpretar las normas tributarias y a aplicarlas
87.-No cabe oponer a a lo razonable de la interpretación que la empresa tenía experiencia disponía de medios y estaba asistida por profesionales jurídicos
88.- Operaciones societarias. La compensación de pérdidas con aportaciones de los socios mediante la aplicación de los créditos que tuvieran contra la sociedad constituye una operación societaria sujeta al impuesto
89.- Vinculación de la culpabilidad del sujeto infractor a la circunstancia de que su conducta no se halle amparada por una interpretación jurídica razonable de las normas fiscales aplicables
90.- -. Evolución jurisprudencial del principio de culpabilidad. Acreditación improcedente de partidas o créditos del impuesto sancionadora por no concurrir la intencionalidad necesaria
91.- Fallecimiento de sujeto pasivo
92.-En dotación a la provisión de valores mobiliarios
93.- La culpabilidad en la dotación a la provisión por deterioro de existencias
94.- Queda acreditado que no calculó correctamente el importe del rendimiento neto y que por eso ingresó una cantidad inferior a la que procedía, pero lo que no se ha acreditado es que su proceder sea culpable,
95.- Criterios de valoración válidos según principios contables, pero no fiscales.
96.-Sancionabilidad en incumplimientos formales que cabe calificarlos de carácter esencial
97.- Error en la liquidación pero que se aportan los datos en otro apartado de la declaración
98.- Secuestro del administrador de la sociedad: sobre si afecta a la obligación de practicar e ingresar las correspondientes retenciones
99.-Consecuencias que una sentencia penal absolutoria con declaración de hechos probado
100.-. Vinculación con los principios de igualdad y tipicidad de las sanciones.
101.- Prohibición de la analogía: Estudio creo Revista Aranzadi Jurisprudencia, artículo la potestad sancionadora tributaria de la administración tributaria: principios reguladores
102.- La culpabilidad en procedimientos de derivación de responsabilidad
103.-Sanción soportada en pruebas indiciarias
104.-Criterio del Tribunal Supremo sobre la culpabilidad
105.-Inclusión de gastos reales como deducibles cuando no lo son en base a la normativa
106.-Necesidad de que quede acreditada la culpabilidad del proceder
107.-En presunciones de onerosidad
108.-Declaración errónea en rendimientos del capital inmobiliario
109.-Venta de tabaco mediante máquina expendedora sin autorización por caducidad
110.-Voluntad de infringir
111.-Necesidad de probar la culpabilidad. Instrucción mínima
112.-Prueba improcedente
113.-Repertorio de Otros criterios jurisdiccionales
114.-Valoración de la prueba en el expediente sancionador
115.- En operaciones vinculadas
116.- Comprobación por el adquirente de la condición de empresario o profesional del transmitente
117.-Declaración de operaciones con terceros.
118.-Con simulación
119.-En contribuyente de 80 años de edad
120.-Inexistencia de elemento subjetivo.
121.- El error informático como causa de exclusión de la culpabilidad