18.11.03.04. Non bis in idem

1.- En el procedimiento de derivación de responsabilidad:

1.1.- Acerca de si el principio non bis in ídem permite iniciar un segundo procedimiento de derivación de responsabilidad solidaria tras la anulación por motivos formales del primer acuerdo de derivación de responsabilidad

1.2.- En facturas falsas. Non bis in ídem y derivación de la responsabilidad por expedición de facturas falsas al sancionado por su utilización                      

1.3.- Criterios administrativos y jurisdiccionales

2.- Con relación al procedimiento sancionador:

2.1.-El principio de non bis in ídem en el derecho tributario sancionador ante la comisión repetida de infracciones simples

2.2.- Vulneración del principio de non bis in idem por la acumulación de sanciones administrativas de carácter penal por un mismo hecho

2.3.- No cabe sancionar por un incremento de base imponible a la sociedad transparente y luego a su socio por principio non bis in idem

2.4.- La responsabilidad en el pago de una sanción tributaria no es derivable si el colaborador activo ya fue sancionado por esa infracción grave

2.5.- Sanción por no atender el requerimiento de información

2.6.-En facturas falsas:

2.6.1.-Sobre la vulneración de este principio el sancionar a un mismo contribuyente por solicitar indebidamente la devolución del iva así como la responsabilidad solidaria del uso de facturas falsa.

2.6.2.-Sobre la sanción a una empresa por colaborar en la emisión de facturas falsas si ya se le multó de forma agravada por aplicar deducciones al recibir las mismas.

2.6.3.- Criterio del Tribunal Supremo Sobre la posibilidad de sancionar a una empresa por colaboración en la emisión de facturas falsas cuando ya se le multó de forma agravada por utilizarlas para obtener deducciones

2.7.-Sobre si la acreditación indebida de bases negativas a compensar en un futuro sancionada puede ser pudiera ser sancionada nuevamente en un ejercicio posterior.

2.8.- La non bis in idem y la nulidad de sanciones y la reiteración de sanciones anuladas. Posibilidad de dictar un nuevo acuerdo sancionador cuando el anterior habría sido anulado,

2.9.- Criterio del Tribunal Supremo en supuestos en los que dada la naturaleza penal de la sanción y la existencia de una injustificada y extraordinaria larga dilación en el ejercicio de la potestad sancionadora se ha vulnerado el principio de non bis in idem.

2.10.- Imposición de sanción a la sociedad por los mismos hechos por los que el administrador fue condenado por un delito fiscal 

2.11.-Sobre si se vulnera el principio non bis in idem al sancionar por separado el incumplimiento de requerimientos de documentación sobre ejercicios distintos

2.12.-Supuestos en los que se ha anulado un primer acuerdo sancionador como consecuencia de la anulación, por motivos formales, de la liquidación de la que trae causa la sanción. Posibilidad de dictar un segundo acuerdo sancionador cuando el primero ha sido anulado

2.13.- Criterios administrativos jurisdiccionales

2.14.- Compatibilidad entre sanción administrativa y penal por los mismos hechos si se imponen a personas distintas

2.15.- Principio ne bis in idem procesal. Procedimiento sancionador.

2.16.-Anulación de sanción por haber sido anúdala la liquidación de la que trae causa y si es posible emitir una liquidación posterior sobre el mismo concepto y ejercicio el que pueda dictarse la correspondiente sanción o ello vulnera el principio non bis in idem en su pertinente procedimental.

2.17.- Sobre la reiteración de sanciones anuladas y la aplicación de este Principio del Derecho. Sobre si tras una anulación por razones de fondo, la AEAT debe dictar una nueva liquidación, iniciando un nuevo procedimiento de aplicación de los tributos

2.18.- Acerca de si vulnera este principio la sanción a un mismo obligado tributario por solicitar indebidamente una devolución de iva y la responsabilidad solidaria de la utilización de facturas falsas.

2.19.- Exigencias y limitaciones derivadas del principio non bis in idem cuando concurren sanciones administrativas y sanciones penales por los mismos hechos a partir de su reconocimiento en el artículo 50 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE

3.-Las consecuencias de la omisión del trámite de audiencia en los procedimientos tributarios y el principio ne bis in idem

4.- Criterios administrativos y jurisprudenciales más relevantes:

5.-En delito fiscal:

5.1.-La non bis in idem después de la continuación de actuaciones administrativas por no haberse observado la existencia de delito fiscal.

5.2.-Compatibilidad entre sanción administrativa y penal por los mismos hechos si se imponen a personas distintas.

5.3.- Criterios administrativos y jurisdiccionales

5.4.- Prejudicialidad penal. Relaciones con otros delitos.

5.5.-Sobre si la continuación del procedimiento de liquidación tributaria tras sentencia penal absolutoria sobre los mismos hechos no vulnera el principio de non bis

5.6.- Sobre la realización ilegal de una investigación y comprobación realizada al margen del control y autorización de la autoridad judicial y la obligación de que la Inspección tributaria se someta a las instrucciones del Ministerio Fiscal.

5.7.- Criterio del TJUE sobre la persecución penal y administrativa en defraudación.

5.8.- Exigencias y limitaciones derivadas del principio non bis in idem cuando concurren sanciones administrativas y sanciones penales por los mismos hechos a partir de su reconocimiento en el artículo 50 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE

6.- Bibliografía

7.-Tras actuaciones inspectoras, anulación de liquidación tributaria por defectos formales en vía judicial siendo factible la aplicación de la teoría del tiro único, pero improcedencia de una nueva sanción tributaria por el principio del non bis in idem

8.-Sobre la realización ilegal de una investigación y comprobación realizada al margen del control y autorización de la autoridad judicial y la obligación de que la Inspección tributaria se someta a las instrucciones del Ministerio Fiscal.

9.-La aplicación de este principio y la Carta de los derechos fundamentales de la UE. Interpretación del principio non bis in idem en el Derecho de la Unión.

10.- Aportaciones a este principio del TJUE. Posición del TJUE sobre la persecución penal y administrativa por defraudación en iva. Este Principio del Derecho en el ordenamiento jurídico europeo.