15.11.6- PROMOCIÓN INMOBILIARIA Y URBANIZACIÓN
1.- Actividad de promoción:
1.1.- La promoción inmobiliaria constituye en todo caso una actividad económica a efectos del IRPF
1.2.- Los ingresos derivados de la venta de dos viviendas unifamiliares en construcción tienen naturaleza de rendimientos íntegros de actividades empresarial
1.3.- Existencia de una sola promoción de un inmueble unifamiliar que finalmente ha sido patrimonializado por los socios
1.4.- Incidencia en la afectación de un local arrendado que después se divide en trasteros para la venta.
1.5.- Terreno adquirido en venta forzosa sobre el que construyen sin organización empresarial
1.6.- Venta de plazas de garaje resultantes de obras de acondicionamiento del sótano
1.7.- Adquisición de 2 locales arrendados y vendidos,
1.8.- Realización de obras por el participe no gestor en cuenta en participación
1.9.- Compraventa esporádica de inmuebles efectuada por una persona física cuya actividad principal es intermediación en la promoción de edificaciones
1.10.- No consideración como patrimonial de una sociedad dedicada únicamente a la promoción inmobiliaria
1.11.-La venta de un inmueble en construcción genera un rendimiento de la actividad empresarial.
1.12.- Rendimientos de actividades económicas por una comunidad de bienes promotora
1.13.-Sobre si la realización de gestiones y actuaciones para modificar la calificación urbanística, seguidas de la venta del inmueble, pueden ser calificadas por sí solas de actividad económica.
1.14.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
1.15.-Existencia de una sola promoción de un inmueble unifamiliar que finalmente ha sido patrimonializado por los socios
1.16.- Sobre la realización de la actividad de promotor inmobiliario al solicitar la licencia de edificación, aunque no llegara a edificar o rehabilitar el edificio
1.17.- Determinación del momento de inicio de la actividad de promoción
1.18.- Tras cese en la actividad empresarial de venta y promoción de edificaciones se transmiten unos locales de negocio desafectados de esa actividad
2.- Aportación terrenos a Junta Compensación.
3.- Transformación física de terrenos
4.- Urbanización:
4.1.- Comunidad de bienes que urbaniza y vende terrenos
4.2.- Personas particulares que participan en procesos de urbanización de terrenos
4.3.- La condición de empresario o profesional únicamente en concepto urbanizador está íntimamente ligada a la intención de venta, cesión o adjudicación por cualquier título de los terrenos que se urbanizan.
4.4.- Transmisión de unos terrenos cuyos costes de urbanización son objeto de litigio por los cotitulares que se han encargado de dicha urbanización
4.5.- La actividad desarrollada que consiste en la adquisición de terrenos con el fin de venderlos una vez concluida la obligatoria ejecución de planeamiento urbanístico de las unidades de actuación a las que se hallan adscritos
5.- Valor fiscal de afectación cuando un propietario de un solar adquirido con anterioridad promueve la construcción de varias viviendas para su posterior venta a terreras personas.
6.- Prueba suficiente de la desafectación
7.–Desafectación de viviendas promovidas por un promotor
8.- Incidencia de la afectación de un local a la actividad de promoción en la alteración en la composición del patrimonio que genera plusvalías
9.-Gastos particularmente deducibles fiscalmente:
9.1-. Gasto de un promotor inmobiliario derivado de la responsabilidad por defectos de construcción aun habiendo cesado en la actividad
9.2.- Criterios administrativos y jurisprudenciales
10.-La preparación de terrenos para su futura explotación empresarial, es una actividad efectiva y real, por lo que proceden las deducciones por reinversión de beneficios extraordinarios
11.- A efectos del IS una promotora inmobiliaria puede calificar como «existencia» a un solar que decide vender por estar vinculado al ejercicio de su actividad.
12.-Inicio y concepto de actividad económica y de ordenación de medios humanos por cuenta propia
13.-Desafectación de fincas rústicas de la actividad agrícola y transmisión de las fincas en el plazo de los 3 años siguientes a la desafectación. Transmisión de tierras de cultivo por matrimonio de 80 años
14.- Sobre si la aportación de fincas rústicas a una Junta de compensación supone el ejercicio de una actividad económica de promoción inmobiliaria
15.-Transmisión de terrenos en los existió una actuación de Peri que fue anulado no pudiendo obtener las correspondientes licencias urbanísticas sin volver a realizar ninguna operación económica hasta su venta.
16.- Afectación a la actividad de solares pendientes de aprobación del PGOU.
17.-Existencia de actividad económica en la transmisión de un parking durante los meses de verano
18.- Sobre si el hecho de haber existido una sola promoción de un inmueble unifamiliar que finalmente ha sido patrimonializado por los socios de la empresa implica o no implica que la sociedad que ejerza la actividad económica de promoción inmobiliaria,
19.- Calificación como ganancia o pérdida patrimonial o rendimiento de actividad económica en el caso de un terreno en el que no se haya llevado a cabo labores de urbanización
20.- Criterios administrativos y jurisdiccionales