TLT E 15. Impuesto Renta Personas Físicas E 15.03. Exención por reinversión venta vivienda habitual

15.03. Exención por reinversión venta vivienda habitual

1.- Concepto de vivienda habitual:

1.1.- Transmisión de vivienda por persona que vive en un centro residencial.

1.2.- La delimitación del concepto adquisición de una nueva vivienda habitual de cara a la aplicación de la exención por reinversión prevista en el IRPF.

1.3.-El tiempo de residencia continuada anterior a la adquisición del dominio no computa para la exención por reinversión en vivienda habitual

1.4.-Sobre si se exige que la residencia efectiva se produzca en virtud de propiedad plena (nuda propiedad) y si el usufructo es o no es obstáculo para mantener la calificación de vivienda habitual.

1.5.- Exención por reinversión en vivienda habitual en el IRPF, en casos de separación, divorcio o similares, en las que se transmite la vivienda cuando el cónyuge que pretende aplicarse la exención lleva más de dos años sin habitarla

1.6.-Otros criterios administrativos y jurisprudenciales relevante. Concepto de vivienda habitual, plazo de permanencia y excepciones. Consideración de la vivienda como habitual en un momento anterior a la enajenación, pero en en dicho momento.

1.7.- Traslado de provincia de residencia.

1.8.-Transmisión por contribuyente de la plena propiedad de una vivienda en la que viene residiendo desde hace más de tres años se entenderá cumplido el requisito de permanencia y podrá acogerse a la exención por reinversión, aun cuando haya adquirido la plena propiedad sobre la misma con menos de tres años de anterioridad a la fecha de la enajenación, esto es, aun cuando no llegue a ostentar la plena propiedad sobre el inmueble durante al menos tres años.

1.9.-Sobre si el plazo de tres años se computa siempre desde la fecha de adquisición, sin que será relevante el hecho de que con anterioridad a su adquisición hubiere ocupado la misma vivienda en régimen de alquiler o, en precario con anterioridad a la venta.

1.10.- Supuesto de transmisión de la plena propiedad de una vivienda en la que se viene residiendo más de tres años sobre si se entiende cumplido el requisito de permanencia y podrá acogerse a la exención por reinversión, aun cuando haya adquirido la plena propiedad sobre la misma con menos de tres años de anterioridad a la fecha de la eneje nación, aunque no llegue a ostentar la plena propiedad sobre inmueble durante, al menos, tres años.

1.11.- Sobre si se pierde la exención por reinversión o no cuando se alquila la vivienda, en el periodo de dos años hasta que se materialice la reinversión, de forma que para que opere la exención por reinversión, la vivienda habría debido haber tenido la consideración de habitual hasta cualquier día dentro de los dos años anteriores a la fecha en que se transmita, pero es indiferente que el inmueble se alquiler una vez perdida tal condición.

1.12.- Incumplimiento del plazo de permanencia cuando una avería de ascensor determina la imposibilidad de desplazamiento por causa del estado físico del sujeto pasivo

1.13.- Supuesto en el que un matrimonio reside mucho tiempo en la vivienda de la que no eran propietarios, lo era una sociedad mercantil controlada por los dos al cien por cien adquiriendo la plena propiedad como consecuencia de la liquidación de la mercantil. El cómputo de los 3 años de residencia habitual está ligado al de titularidad del pleno dominio del inmueble, aunque sea parcial, no pudiendo tenerse en consideración el tiempo inmediatamente previo a la adquisición durante el cual el contribuyente venía residiendo en la vivienda en calidad de alquiler.

1.14.- Supuesto en el que un matrimonio es titular de una vivienda habitual constituyendo su vivienda habitual hasta la fecha de su separación legal. Posteriormente, cada uno se traslada a vivienda a casa de sus padres respectivos, cediendo dicha vivienda en arrendamiento turístico de forma esporádica, si bien, el tiempo que no está arrendada la ocupan de forma alterna los dos cónyuges.

1.15.- Desde cuando cabe computar el plazo de tres años de residencia continuada exigido por la normativa reguladora del IRPF para que la vivienda mantenga su condición de habitual. Cómputo del plazo de 3 años de residencia continuada necesario para que la vivienda transmitida tenga la consideración de habitual y si debe computarse el tiempo de residencia anterior a la adquisición.

1.16.- Desalojo primitiva vivienda en noviembre de un año para ser vendida en febrero del año siguiente no pudo perder en este periodo el carácter de vivienda habitual, al haber entrado la misma en una situación ocasional o de transitoriedad que siendo propia de los preliminares de una venta de vivienda justificaba el cambio de domicilio llevado a cabo por el contribuyente y tenía que integrarse necesariamente en el concepto de circunstancias análogas justificadas.

1.17.- Sujeto pasivo que ende su vivienda en marzo de un año y en julio se traslada a otro país como funcionario o a otra provincia

1.18.- Un supuesto en el que la Hacienda Foral Vizcaya reconoce el derecho del contribuyente a acogerse a la exención por reinversión de vivienda respecto al importe percibido por una vivienda en la que ha residido de forma ininterrumpida durante tres años aun cuando la propiedad sobre el inmueble se ha adquirido con mas de tres años de anterioridad a la fecha de la enajenación.

1.19.-Traslado al extranjero desde la vivienda habitual en España por motivos laborales y regreso a España si la vivienda a enajenar en España mantiene la condición de habitual:

1.20.- Cambio de empadronamiento sin que la residencia continuada se haya visto interrumpida

1.21.- criterios administrativas y jurisdiccionales

1.22.-Contribuyente que reside en unan vivienda propiedad de su madre pero a cuyo préstamo hipotecario están haciendo frente ésta y su cónyuge, si procede aplicar la exención por reinversión en caso de donación de la vivienda y transmisión antes de los tres años.

2.-Causas que necesariamente obligan al cambio de vivienda habitual:

2.1.- Falta de espacio para trabajar en modalidad de teletrabajo uno o los dos cónyuges:

2.2.-Contraer matrimonio. Pareja de hecho. Nacimiento de hijos. Quedarse pequeña la vivienda por crecimiento de la familia, insuficiencia de espacio. Razones de accesibilidad a causa de las barreras arquitectónicas que dificultan la movilidad de una familia con tres hijos de muy corta edad: 8,3 años y un recién nacido.

2.3.-Ruidos continuados. Problemas de salud (Criterio del Tribunal Supremo). Lesiones. Difícil acceso para minusválidos. Enfermedad del padre quien precisa de ayuda continuada para satisfacer las necesidades de la vida diaria.

2.4.- Problemas vecinales. Acoso de un vecino. Avería en ascensor e imposibilidad de uso. Inseguridad causada por personas detenidas en operación policial.

2.5.-Problemáticas que se relacionan con la ruptura matrimonio, divorcio (divorciados que no viven en vivienda habitual), separación judicial (adjudicación del uso de la vivienda por sentencia al cónyuge), pareja sentimental, constitución de pareja de hecho y venta de vivienda que se tenía en copropiedad. Interpretación de trans conforme a la Ley 2.200 reguladora de las parejas de hehco, misión de vivienda habitual por divorciados que no viven en ella.

2.6.- Traslado a una residencia geriátrica.

2.7.- Criterios administrativos y jurisdiccionales.

2.8.- Traslado por motivos de trabajo. Mejor remuneración del trabajo. Pérdida del empleo como circunstancia necesaria para el cambio de vivienda antes de cumplir tres años de convivencia.

2.9.- Traslado de domicilio. Cambio de residencia exigido antes de los tres años exigidos como consecuencia de la necesidad de acoger a la madre discapacitada

2.10.- Traslado a otra vivienda cuando los dos cónyuges trabajando a turnos requieren comprar una vivienda cerca de la suegra para que cuide al hijo.

2.11.-Sobre si pierde el carácter de vivienda habitual la alquilada por la imposibilidad de hacer frente al préstamo hipotecario.

2.12.- Vivienda vendida que ha sido la residencia del contribuyente por un periodo superior a tres años sobre si procede la aplicación de la exención al haber residido en precario en la vivienda hasta dos años antes de su enajenación.

2.13.- El hecho de contar con un único sueldo para hacer frente al préstamo solicitado si ya existía en el momento de adquirirse la vivienda.

2.14.- Cambio de domicilio por tráfico diario.

2.15.- Transmisión de inmueble motivada por la exigencia del otro copropietario de dividir la cosa común.

2.16.- Alegación como motivo degradación de la zona

2.17.- Posibilidad de demolición forzosa del edificio en el que se encuentra la vivienda que se pretende adquirir

3.- Problemáticas relacionadas con la reinversión. Plazo para materializar la reinversión:

3.1.- La exención por reinversión en vivienda habitual comprende el desembolso efectuado en dos años y las cantidades del préstamo subrogado amortizadas con posterioridad

3.2.- Incidencia de la pandemia COVID en el plazo de reinversión

3.3.- Plazos cuando la reinversión se materializa en vivienda en construcción. Incumplimiento del plazo por demoras en la construcción. Su posible ampliación. Incumplimiento plazos de reinversión, pero por causas no imputables al contribuyente. Lo esencial en la exención por reinversión en vivienda habitual es el plazo en el que se reinvierte y no la fecha de adquisición efectiva de la nueva construcción. Reinversión en autopromoción. Reinversión en vivienda nueva en construcción tras segregación en dos de la vivienda habitual actual. Requisitos supuestos de venta al promotor inmobiliario de la vivienda habitual estableciéndose el cobro aplazado de la misma a tres años y reinversión en una nueva vivienda que va a construir el promotor. Exclusión para el computo de dos años de las paralizaciones.

3.4.- Otras cuestiones relativas al plazo para materializar la reinversión. Criterios administrativos y jurisdiccionales.

3.5.- Derecho a la exención en IRPF por reinversión en vivienda habitual mediante constitución de hipoteca sobre el inmueble adquirido. Venta de la vivienda habitual adquiriendo otra obteniendo un préstamo.

3.6.- Cálculo de la ganancia patrimonial por venta de un inmueble en la que parte de lo obtenido se destina a la cancelación del préstamo hipotecario o privado. Sobre si es preciso  emplear el dinero recibido por la compra de la vivienda  transmitida o por el contrario puede emplearse dinero tomado en préstamo de terceros. Criterio del Tribunal Supremo: resuelve que para aplicar la exención por reinversión regulada en el artículo 36 del TRLIRPF de 2004 y 39.1 Reglamento, no resulta preciso emplear en su totalidad el dinero obtenido de la venta anterior vivienda. Es suficiente aplicar para el miso fin dinero tomado a préstamo de un tercero ya sea directamente o bien como consecuencia de la subrogación en un préstamo previamente contrato por el transmitente del inmueble.

3.7.-Sobre si puede ampliarse el plazo de dos años para la exención por reinversión en vivienda habitual por retraso de entrega no imputable al comprador.

3.8.- Reposición de fondos propios empleados en la adquisición de nueva vivienda habitual una vez transmitida la anterior. Exención de reinversión cuando el importe obtenido en la transmisión se destina a reponer los ahorros invertidos en la adquisición de la nueva vivienda habitual. Supuesto en el que el contribuyente depositase el importe obtenido en la transmisión en una entidad de crédito en una imposición a plazo fijo y posteriormente, antes de exceder el plazo de 2 años desde que se efectúo la transmisión utilizase el importe de dicho depósito a cancelar el préstamo hipotecario de su nueva vivienda habitual, adquirida dentro del plazo reglamentario.

3.9.- Empleo para la reinversión de la totalidad del dinero obtenido en la venta de la anterior vivienda o, suficiencia con aplicar para el mismo fin dinero tomado a préstamo de un tercero, o con subrogación en un préstamo previamente contratado el transmitente.

3.10.- Condicionalidad del cumplimiento del plazo de reinversión a la entrega material de la vivienda construida a cambio de la originariamente cedida

3.11.- Exención por reinversión en vivienda habitual cuando la formalización de la adquisición se produce fuera de plazo

3.12.- Criterio del Tribunal Supremo sobre el plazo de reinversión en la adquisición de vivienda habitual para aplicar la exención de la ganancia patrimonial en IRPF

3.13.-La norma exige, para que tenga lugar la exención de la ganancia patrimonial producida, que la reinversión de los fondos obtenidos en la venta de una vivienda en la adquisición de una nueva vivienda habitual se produzca dentro de los dos años posteriores a la venta, no que la adquisición de dicho inmueble se realice en ese plazo.

3.14.-Problemáticas relacionadas con permutas. En permutas. Criterio del Tribunal Supremo por permuta de vivienda por construcción futura

3.15.-Criterio del Tribunal Supremo relativo a si la reinversión en vivienda habitual comprende el desembolso efectuado en dos años y las cantidades del préstamo subrogado amortizadas con posterioridad

3.16.- Computo del plazo de reinversión en vivienda habitual teniendo en cuenta el estado de alarma por el covid.

3.17.- Transmisión de vivienda habitual y reinversión en vivienda en otra provincia. Exención por reinversión en vivienda situada en otro Estado miembro o en el extranjero.

3.18.- Sobre la aplicación del plazo de 2 años. Su ampliación.

3.19.-Reinversión parcial. Un contribuyente puede entender cumplido el compromiso de reinversión que, en su caso, asuma como consecuencia de la venta de su vivienda habitual por las cantidades que invierta efectivamente en la construcción del nuevo inmueble dentro del plazo de los dos años anteriores o posteriores a la transmisión de aquélla, incluidas las correspondientes a los pagos a cuenta que efectúe al promotor de dicha construcción, siempre y cuando cumpla los requisitos exigidos en el Reglamento del IRPF para que el abono de las referidas cantidades, relacionadas con la construcción del nuevo inmueble, se asimile a su adquisición. Si la reinversión en ese plazo (de dos años anteriores o posteriores a la transmisión) es parcial, la exención se aplica, igualmente, de forma parcial

3.20.- Para poder aplicar la exención por reinversión de vivienda habitual es necesario que la persona transmitente ostente la plena propiedad sobre la vivienda transmitida y sobre la vivienda adquirida, y que ambas tengan la calificación de vivienda habitual

3.21.- Reinversión anticipada. Supuesto de reinversión anticipada, pero al vender posteriormente la vivienda habitual la entidad financiera no financia al comprador. Problemáticas relacionadas con la adquisición de la nueva vivienda habitual con anterioridad a la transmisión de la anterior vivienda habitual. Sobre si el importe obtenido en la transmisión puede utilizare en la reposición de las rentas y ahorros personales o familiares invertidos previamente en la adquisición de la nueva, pues, con esta reposición se estarían reemplazando estos fondos con los obtenidos a través de la venta y si para determinar la exención de las ganancias patrimoniales puestas de manifiesto en la transmisión de la vivienda es o  no es preciso que los fondos obtenidos por la transmisión del a primera vivienda habitual sean directa, material y específicamente los mismos que los empleados para satisfacer el pago de la nueva ya que no debe distinguirse entre que el importe invertido en la nueva vivienda estuviese a disposición del obligado tributario con anterioridad a la transmisión de la antigua o hubiese sido obtenido por causa de esa transmisión

3.22.-Aplicación de la exención en un supuesto en el que el obligado tributario deja de residir en la vivienda transmitida en marzo de 2023 y la vivienda se transmita en mayo de 2024

3.23.-Requisito para acogerse a la exención por reinversión relativo a que la consideración como vivienda habitual ha de concurrir en ambas viviendas, la que se adquiere y la que se transmite, y para que la vivienda constituya la residencia habitual del contribuyente desde su adquisición debe ser habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente, en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras.

3.24.- Cálculo de la ganancia exenta cuando el importe de la reinversión es inferior al total obtenido en la enajenación, por estar satisfecho en su totalidad e precio de la nueva vivienda antes de cobrar el precio de venta de la anterior.Criterio del Tribunal Supremo.

3.25.- Reinversión en obras de ampliación

3.26.-Posibilidad de reinversión en la rehabilitación de una vivienda.

3.27.-Compensación por el cónyuge en la disolución de sociedad de gananciales por la transmisión del 50% de la vivienda siendo factible eximir la plusvalía obtenida condicionado a la reinversión en una nueva vivienda habitual

3.28.-Acerca de si pueden acogerse a la exención por reinversión las cantidades que procedentes de la transmisión de una vivienda habitual se satisfagan en concepto de subrogación en el préstamo que grave la nueva vivienda habitual a adquirir, así como para atender sus vencimientos mensuales,

3.29.-Sobre si cabe realizar la reinversión en una autocaravana homologada como vehículo vivienda

3.30.-Transmisión de vivienda habitual adquiriendo otra que se destinará en un primer momento a despacho profesional y posteriormente constituirá la nueva vivienda habitual.

3.31.- Inaplicabilidad de la exención por reinversión en vivienda habitual cuando en el momento de la enajenación de la vivienda ya no se residiera en ella por existir peligro de derrumbe

3.32.-El desembolso efectivo de la cantidad a reinvertir, aun sin título ni modo, consolida la exención por reinversión.

3.33.- Sobre si las plazas de garaje podrán beneficiarse de la exención.

3.34.- Exención parcial por reinversión en la adquisición del 50% de la nueva vivienda, dado que la titularidad del bien es compartida, tanto en lo que hace referencia a la nuda propiedad como al usufructo y en la misma proporción.

3.35.- Aplicación de la exención por reinversión siento titular del pleno dominio de la quinta parte de la vivienda. Transmisión del usufructo.

3.36.- En caso de duplicidad de domicilios y a efectos de la exención por reinversión si se debe o no estar a la prueba de mayor tiempo de estancia y si puede serlo el certificado de empadronamientos.

3.37.- Requerimiento de autorización judicial dado que la mitad indivisa del contribuyente le pertenece a un hijo menor de edad adquirida por herencia

  3.38.- Venta de dos inmuebles unidos entre si que constituyen una única vivienda habitual, aunque a efectos catástralas y registrales se trate de dos fincas independientes:

3.39.- Ganancia producida como consecuencia de una expropiación de la vivienda.

3.40.- Criterio del Tribunal Supremo sobre el dies a quo del plazo para regularizar el incumplimiento de la reinversión de la ganancia exenta en el IRPF derivada de la transmisión de la vivienda habitual. La prescripción del derecho de la Administración a regularizar la situación tributaria del contribuyente en los casos de incumplimiento de la obligación de reinversión. Criterio del Tribunal Supremo relativo a si, en los beneficios fiscales vinculados a obligaciones sometidas a plazo, en caso de incumplimiento, si la prescripción empieza a contar cuando termina el plazo para hacerlo o cuando terminó el plazo de presentación de la declaración a regularizar.

3.41.- Sobre si en el caso de venta a plazos de la vivienda habitual la nueva vivienda debe ser adquirida en el plazo de dos años, pero el importe obtenido por la venta podrá aplicarse al pago de la vivienda ya adquirida conforme se vayan percibiendo los distintos plazos.

3.42.- Reinversión en la adquisición de otra vivienda habitual adquirida a sociedad en la que el transmitente es participe de esa sociedad

3.43.- Adquisición del 50% de la vivienda aportad por su cónyuge de manera onerosa a la sociedad de gananciales, si permitirá la exclusión de gravamen de las ganancias patrimoniales obtenidas por la transmisión de la vivienda que constituyo anteriormente su vivienda habitual.

4.-Bibliografía

5.- Cuestiones relativas a las fechas de transmisión y de adquisición

6.- Criterios administrativos y jurisprudenciales más relevantes

7.- Aplicación de la exención en un caso de titular de pleno dominio de una quinta parte de una vivienda y usufructo vitalicio de la misma. Ganancia patrimonial obtenida por la usufructuaria de dos tercios de una vivienda.

8.- Reinversión en local rehabilitado (loft). Adquisición de un local comercial con o sin licencia del ayuntamiento para hacer una vivienda

9.-Transmisión de nuda propiedad. Aplicación de la exención por reinversión cuando con anterioridad a la transmisión se detentó la nuda propiedad. Fallecimiento madre e hijos heredan el 50% de la nuda propiedad y el padre el usufructo siendo el padre mayor de 65 años.

10.-La exención por reinversión en vivienda habitual es un derecho del contribuyente y no una opción de modo que si se cumplen los requisitos puede solicitarse su aplicación fuera del periodo voluntario de autoliquidación Fundamentos de la decisión. Consecuencias prácticas

11.- Sobre si cabe o no aplicar la exención por reinversión de la ganancia patrimonial derivada de la transmisión de la vivienda habitual en el IRPF si dentro de los dos años anteriores a su transmisión el sujeto pasivo cambió su residencia a un país de la Unión Europea:

12.-Exención por reinversión en vivienda habitual en caso de destinarla a alquiler vacacional a través de Airbnb o Booking

13.- Acerca de si se pierde la exención por reinversión si alquilé mi vivienda habitual antes de venderla. Persona que tiene en propiedad una vivienda habitual, contrae matrimonio, y se traslada a vivir a la vivienda del cónyuge alquilando la suya. Tras separación legal vuelve a su vivienda anterior que tenía alquilada y pretende enajenarla

14.-Supuesto especial de obligación de satisfacer cantidades por la vivienda familiar que ya no constituye la vivienda habitual de la persona contribuyente.

15.-Solicitud de devolución por exención por reinversión en vivienda habitual para contribuyentes UE y EEE. Aplicación de la Disp. Adic. 7ª del TRLIRNR.

16.-Aplicación de la exención de la ganancia patrimonial obtenida por la venta de la vivienda habitual cuando se destina a la rehabilitación de una vivienda ya en propiedad

17.- Aplicación del beneficio fiscal a no residentes. Sobre si es necesario que la vivienda en que se materialice la reinversión se encuentre ubicada en territorio español., Exención por reinversión en vivienda habitual en el IRNR acerca de si deben tenerse en cuenta los préstamos recibidos para calcular el importe reinvertido. Sobre si se permite a un no residente la aplicación del beneficio fiscal sujeto a la reinversión del precio obtenido en la venta. Modelo de solicitud de devolución por aplicación de la exención por reinversión en vivienda habitual en el ámbito de Impuesto Renta No Residentes y el modelo de solicitud del Régimen Opcional

18.-Sobre si un intento de reinversión frustrado impide o no impide aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual

19.-Sobre restricciones a que el importe obtenido en la transmisión pueda utilizarse en la reposición de las rentas y ahorros personales o familiares invertidos previamente en la adquisición de la nueva. La reposición de fondos propios empleados en la adquisición de la nueva vivienda habitual, una vez transmitida la anterior, si puede acogerse a la exención por reinversión.

20.- Incidencia en la aplicación de la exención por reinversión del alquiler parcial de la vivienda habitual

21.- Sobre si se pierde la exención por reinversión en vivienda habitual si el fallecimiento del contribuyente se produce antes de que esta pueda materializarse

22.- Aplicación de la exención al cónyuge que no reside en ella en el momento de la transmisión ni ha vivido en la misma en años anteriores

23.- Sobre si la exención por reinversión en vivienda habitual puede perderse al alquilar esta un único mes del periodo impositivo

24.-Falta de inclusión en la declaración del Impuesto de la ganancia patrimonial. Actuación sancionable. Posibilidad de modificar la opción de acogerse o no a la exoneración por reinversión habitual una vez finalizado el periodo reglamentario de declaración cuando se ha opta. Regularización en caso de incumplimiento de la obligación de reinversión asumida

25.-Cómputo del tiempo de ocupación de la vivienda en precario a efectos del plazo de tres años de residencia efectiva de la vivienda habitual

26.- Problemáticas relacionadas con la transmisión de vivienda habitual por contribuyentes mayores de 65 años. Requisitos. Compatibilidad con beneficio fiscal de exención de plusvalías en transmisión de vivienda habitual mayores de 65

27.- Criterios administrativos y jurisdiccionales. Instrucción 8/2008, de 15 de diciembre, de la Dirección General de la Hacienda Foral de Vizcaya sobre el tratamiento tributario de determinadas situaciones relacionadas con la vivienda

28.-Segregación de vivienda habitual en dos fincas registrales y en caso de su transmisión, reinvirtiendo el importe obtenido en la compra de una nueva en construcción. Requisitos para la exención de la plusvalía por reinversión

29.- Reinversión en vivienda habitual en régimen de gananciales con dinero privativo de uno de ellos.

30.-Transmisión de la vivienda que inicialmente pertenecía a la sociedad de gananciales y respecto de la que se ha adquirido la titularidad exclusiva por vía hereditaria no esta exenta la parte indivisa adquirida por herencia en tanto que no se cumpla el requisito de residencia durante 3 años como titular de pleno dominio de la misma

31.- Criterio del Tribunal supremo sobre si la exención por reinversión en vivienda habitual comprende el desembolso efectuado en dos años y, las cantidades del préstamo subrogado amortizadas con posterioridad

32.-Imputación de la ganancia patrimonial obtenida por la transmisión de una vivienda habitual adquirida por uno de los cónyuges antes de la celebración del matrimonio con financiación ajena.

33.-Donacion del 50% de una vivienda al titular del otro 50%, sobre si es posible aplicar la exención por reinversión

34.- Existencia en la vivienda habitual de un derecho real de habitación