12.2.-LA FIGURA IMPOSITIVA DEL BENEFICIARIO EFECTIVO. TREATY SHOPPING
1.- Estructura Qatar, Luxemburgo, España. Primas de asistencia a juntas
2.-Bibliografía
3.- Inaplicabilidad de la noción de beneficiario efectivo no contemplada en el CDI España
4.- Criterios administrativos y jurisprudenciales más relevantes
5.- El concepto de beneficiario efectivo en los CDI
6.-Interposición artificiosa de sociedad tendente a no retener a cuenta del IRNR realizando una regularización fiscal.
7.-Beneficiario efectivo de los intereses o cánones
8.- Doctrina jurisprudencial. Interpretación jurisprudencial del concepto de beneficiario efectivo en el ámbito internacional.
9.-Regularización fiscal de televisión autonómica valenciana por no retener a cuenta del IRNR pagos a cuenta a sus proveedores de material televisivo
10.-Obligación de practicar retención a cuenta del IRNR sobre los dividendos satisfechos por una entidad española a una sociedad holding en Luxemburgo, cuyo beneficiario efectivo es residente en Tercer Estado sin Convenio de Doble Imposición.
11.- Cuestiones concernientes a la tributación de los intereses intracomunitarios planteadas en relación con las liquidaciones denegatorias de la aplicación de la exención prevista en la Directiva 2003/49/CE del Consejo de 3 de junio relativa a un régimen fiscal común aplicable a los pagos de intereses y cánones efectuados entre sociedades asociadas de diferentes Estados