1.- Procedimientos amistosos en Vizcaya
2.- Intercambio de información tributaria
2.1.- Intercambio de información sobre criptoactivos y dinero electrónico
2.2.-El intercambio automático de información fiscal con países no pertenecientes a la Unión Europea: una breve guía
2.3.-Efectividad del intercambio de información obtenida por la aplicación de las DAC 6 y 7
2.4.-Criterios TJUE
2.5.- Acuerdos Multilaterales de intercambio de información: de mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas y de ingresos obtenidos a través de plataformas digitales
3.- Criterios administrativos y jurisdiccionales más relevantes
4.- Bibliografía
5.- Obligación de empresas no residentes de atender requerimientos de información
6.- Medidas antiabuso y procedimientos amistosos
6.1.-. Sobre los procedimientos amistosos
6.2.- Compatibilidad entre los procedimientos amistosos y las normas antiabuso.
6.3.- La doctrina de tribunales
6.4.- La sentencia del Tribunal Supremo de 22 de septiembre de 2021 —caso Carbon holding—
6.5.- Disposiciones varias:
7.-Novedades de la Ley 13/2023, de 24 de mayo, en la normativa tributaria
8.-Instrumentos Ratificación del Convenio Multilateral
9.- Pronunciamiento del TJUE sobre cooperación administrativa e intercambio de información. Directivas UE. Trabajos OCDE
10.- Normativa Hacienda Foral Vizcaya.
11.-Requisitos para el intercambio de información de los operadores de plataformas digitales
12.- Intercambio de información entre países sobre los instrumentos de planificación fiscal agresiva
12.- Requisitos para el intercambio de información de los operadores de plataformas digitales.
13.-Examen de las modificaciones efectuadas por la Ley 13/2023, de 24 de mayo, en materia de intercambio de información e inspecciones conjuntas
14.-Adaptación de los acuerdos de BEPS y a las directivas de la UE del procedimiento amistoso de resolución de litigios sobre imposición directa
15.- Sobre las inspecciones conjuntas en el marco de la asistencia mutua