TLT E 12. Imposición internacional E 12.01. Asistencia mutua entre estados

12.01. Asistencia mutua entre estados

1.- Procedimientos amistosos en Vizcaya

2.- Intercambio de información tributaria

2.1.- Intercambio de información sobre criptoactivos y dinero electrónico

2.2.-El intercambio automático de información fiscal con países no pertenecientes a la Unión Europea: una breve guía

2.3.-Efectividad del intercambio de información obtenida por la aplicación de las DAC 6 y 7

2.4.-Criterios TJUE

2.5.- Acuerdos Multilaterales de intercambio de información: de mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas y de ingresos obtenidos a través de plataformas digitales

3.- Criterios administrativos y jurisdiccionales más relevantes

4.- Bibliografía

5.- Obligación de empresas no residentes de atender requerimientos de información

6.- Medidas antiabuso y procedimientos amistosos

6.1.-. Sobre los procedimientos amistosos

6.2.- Compatibilidad entre los procedimientos amistosos y las normas antiabuso.

6.3.- La doctrina de tribunales

6.4.- La sentencia del Tribunal Supremo de 22 de septiembre de 2021 —caso Carbon holding—

6.5.- Disposiciones varias:

7.-Novedades de la Ley 13/2023, de 24 de mayo, en la normativa tributaria

8.-Instrumentos Ratificación del Convenio Multilateral

9.- Pronunciamiento del TJUE sobre cooperación administrativa e intercambio de información. Directivas UE. Trabajos OCDE

10.- Normativa Hacienda Foral Vizcaya.

11.-Requisitos para el intercambio de información de los operadores de plataformas digitales

12.- Intercambio de información entre países sobre los instrumentos de planificación fiscal agresiva

12.- Requisitos para el intercambio de información de los operadores de plataformas digitales.

13.-Examen de las modificaciones efectuadas por la Ley 13/2023, de 24 de mayo, en materia de intercambio de información e inspecciones conjuntas

14.-Adaptación de los acuerdos de BEPS y a las directivas de la UE del procedimiento amistoso de resolución de litigios sobre imposición directa        

15.- Sobre las inspecciones conjuntas en el marco de la asistencia mutua