1.- Créditos no reclamados o no deducidos
2.- Vinculadas
3.- Criterio contable del deterioro. Requisitos de contabilización
4.- La importancia de reconocer la pérdida fiscalmente en el ejercicio en el que se produce el deterioro en materia de provisiones por deterioro
5.- Criterios administrativos y jurisdiccionales más relevantes
6.- Para la deducibilidad de la pérdida por deterioro: declaración de fallido vs insolvencia judicialmente declarada
7.- En derivaciones de responsabilidad
8.- Créditos objeto de renovación o prórroga
9.- Sistema de dotación global versus dotaciones individualizadas
10.- Justificación del excesivo coste para no acudir a la vía judicial como justificación de la circunstancia de dudoso cobro
11.- Créditos con entidades publicas
12.- Imputación temporal de la dotación a ejercicios posteriores al que se ha producido la circunstancia de dudoso cobro
13.- Dotación si la sociedad deudora ha sido declarada judicialmente en la vía laboral
14.- Necesidad de distinguir los créditos dudosos de los créditos fallidos
15.- Quiebra. Suspensión Pagos Concurso
16.- Sancionabilidad
17.- Ejercicio de la acción de desahucio
18.- Crédito con garantía hipotecaria. Con prenda sin desplazamiento.
18.1.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
18.2.- Segunda hipoteca
19.- Créditos sin justificación de la antigüedad
20.- Adjudicación en pago de un bien aplicada a un crédito previamente calificado de moroso o de dudoso cobro.
21.- Venta a través de tarjeta que resulta incobrable
22.- Acreditación de la imposibilidad de cobrar la deuda
23.- Bibliografía
24.- Acto de conciliación judicial
25.- Convenios de quitas
26.- Decaimiento de la obligación de conservar documentación y exoneración del deber de probar la insolvencia.
27.- Valoración por el Tribunal de los esfuerzos probatorios desplegados por el contribuyente.
28.-Cuando adquiere el carácter de incobrable un crédito con garantía hipotecaria
29.-Se considera cumplido el requisito para la deducibilidad fiscal tanto por el referido transcurso del plazo fijado como el relativo a la reclamación judicial.
30.-Acreedor que no realiza acciones dirigidas al cobro efectivo de los créditos
31.- Créditos deducidos en un ejercicio provenientes de insolvencias de años anteriores. Imputación tardía.