1.- Diferencias entre criterios contables y fiscales
1.1.-Definición
1.2. Valoración contable
1.3. Valoración fiscal
1.4.-Conclusiones
2.-Bibliografía
3.- Fondo de comercio
3.1.-Deducibilidad del Fondo de comercio. Condiciones y requisitos para la deducción del fondo de comercio
3.1.1.- El incumplimiento del requisito previsto en el segundo párrafo del art. 89.3 del TRLIS no se erige en impedimento para el reconocimiento de la deducibilidad del fondo de comercio adquirido a personas jurídicas
3.1.2.- Condiciones y requisitos. Cuestiones relativas a la deducibilidad del deterioro contable de los fondos d comercio.
3.1.3.– Deducibilidad del fondo de comercio acumulada por una empresa aun cuando no hubiera dotado la reserva obligatoria por no tener importes con los que dotarla.
3.1.4.- Requisito de contabilización.
3.1.5.- Determinación del importe
3.2.-Contabilización y fiscalidad de un fondo de comercio surgido en la adquisición de negocio por compra farmacia. Sobre la obligación de dotar la reserva indisponible a empresarios individuales personas físicas.
3.3.-Fondo Comercio Financiero
3.3.1.-Imputación del sobreprecio de las participaciones y el valor contable de los bienes y elementos de la entidad no como fondo de comercio, sino como valor de activos intangibles aun cuando no figuren en la contabilidad.
3.3.2.- Sobre la amortización del fondo de comercio que se genera cuando una sociedad adquiere el 100% de los títulos representativos del capital de otra.
3.3.3.- Fondo de comercio financiero y fondo de comercio explícito. Exigencia de dotación de reserva indisponible. Deducción extracontable y consolidación fiscal.
3.3.4.- Aspectos contables de la nueva ley de auditoría: amortización contable del fondo de comercio financiero
3.3.5.- Adquisición por una sociedad del 100% de otra con sobre precio y fusión de las dos sociedades.
3.3.6.- Deducibilidad de la diferencia entre el valor de adquisición de las acciones y su valor teórico.
3.3.7.- Bibliografía
3.3.8.- Incompatibilidad con la deducción por reinversión y la deducción del artículo 12.5 TRLIS.
3.4.- Adquisición de cartera de clientes. De la totalidad de una actividad profesional de Gestoria administrativa, agencia de seguros y asesoraría laboral y amortización del fondo de comercio
3..5.-Disolución y liquidación de la sociedad con incremento de patrimonio en la disuelta valorando una empresa en funcionamiento debiendo referenciar el valor al de mercado en el momento de la disolución
3.6.- Amortización de un fondo de comercio:
3.6.1.-Imposibilidad de solicitar un plan especial de amortización cuando ya se está amortizando
3.6.2.-Deducibilidad. Deducibilidad de la amortización del fondo de comercio existiendo vinculación entre la sociedad adquirente y la transmitente.
3.6.3.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
3.6.4.- Bibliografía
3.6.5.- Continuidad en la amortización del fondo de comercio tras la entrada en vigor de la ley 16/2007 de Reforma Mercantil- Bajo las nuevas norma no cabe amortización sino que cada año se comprobará el valor.
3.6.6.- Valoración de inicio de la amortización.
3.6.7.- Necesidad de la prueba tras una fusión impropia para admitir la deducibilidad de la amortización del fondo de comercio
3.7.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
3.8.- Fondo de comercio generado tras operaciones de fusión, escisión, etc…o consecuencia de una operación de combinación de negocios.
3.8.1.-Sobre la admisibilidad de realizar correcciones al reconocimiento del fondo de comercio en operaciones de fusiones en años anteriores por errores contables cometidos en el pasado
3.8.2.- Deducibilidad fiscal del fondo de comercio generado en operaciones de fusión por absorción en las que la absorbente participa en el capital de la absorbida. Depreciación irreversible
3.8.3.-Como consecuencia de una operación de combinación de negocios surge un fondo de comercio en la contabilidad de la entidad adquiriente. Bajo las nuevas normas contables y mercantiles establecidas por la Ley 16/2007, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la UE el fondo de comercio no se amortizará, sino que cada año se comprobará su valor para llevar a pérdidas el deterioro que se produzca; y, en función del valor contable del fondo de comercio, se mantendrá dotada una reserva indisponible.
3.8.4.- Criterios administrativos y jurisdiccionales.
3.8.5.- Deducibilidad del fondo de comercio surgido tras la adquisición de tres sociedades extranjeras cuando luego se produce una fusión mediante la que una de ellas absorbe a las otras dos.
3.8.6.- Obligaciones de información.
3.8.7.- Entidad que adquiere el 100 de las participaciones sociales de otras dos y con posterioridad mediante fusión por absorción surge como consecuencia de la fusión un diferencial entre los patrimonios netos absorbidos y el valor de los costes de adquisición de las participaciones
3.9.-Aportación no dineraria de fondo de comercio a sociedad y su valoración
3.9.1.-Aportación del fondo de comercio de una empresa a una sociedad anónima por considerar que el mismo es susceptible de ser valorado
3.9.2.- Sociedad a constituir adquiriendo clientela, tecnología, y organización de otra entidad participada, firma de pacto de no competencia
3.9.3.- Aportación a sociedad del conjunto o cartera de clientes de un mediador de seguros.
3.9.4.- Texto a redactar en escritura pública de aportación
3.9.5.- Otras posibles aportaciones no dinerarias del inmovilizado inmaterial a sociedades.
3.9.6.- Resolución de la Dirección General de Registros y del Notariado.
3.10.-En el marco de un Grupo de Empresas y en el régimen de consolidación fiscal.Transmisiones y fondos de comercio generados entre vinculadas y sociedades del grupo:
3.10.1.- La remisión que el artículo 11 de la Ley hace el artículo 42 del Co. Co. Lo es simplemente al objeto de atraer al ámbito fiscal las regula de formación de grupo contenidas en el mismo, con independencia de que el grupo resultante tenga esa condición a efectos mercantiles.
3.10.2.-Transmisión a otra entidad no vinculada una parte de su negocio, así como los derechos y obligaciones del personal asignado a dicho negocio. Como resultado de la transmisión se genera una plusvalía no imputable a los activos materiales transmitidos sino a un fondo de comercio asociado a la actividad transmitida. Transmisión de activos y pasivos.
3.10.3.- Deducibilidad de un fondo de comercio producido en una operación entre una sociedad dominada y su dominante. Y en operaciones por la que se aportan a una filial de nueva creación las participaciones al 100 por 100 que la sociedad tiene en otras sociedades para después realizar una fusión de la nueva filial con su participado.
3.11.-Depreciación y deterior del Fondo de Comercio. -Diferencias existentes o no entre la normativa contable y fiscal respecto a las correcciones valorativas por deterioro del fondo de comercio. Corrección valorativa
3.11.1.- El informe de un experto independiente servirá como medio de prueba de la depreciación irreversible del valor del fondo de comercio de fusión.
3.11.2.-Diferencias existentes o no entre la normativa contable y fiscal respecto a las correcciones valorativas por deterioro del fondo de comercio.
3.11.3.-Condiciones y requisitos, para la deducción del fondo de Comercio.
3.11.4.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
3.11.5.- Bibliografía.-Test de deterioro. Valor actual de los flujos de efectivo.
3.12.- Valoración de la empresa a efectos del Impuesto Sucesiones y Donaciones.
3.12.1.-Posibilidad de reconocer en la entidad beneficiaria de la aportación no dineraria del negocio un fondo de comercio por diferencia entre el valor contable de la empresa y su valor de mercado. A efectos del ISD es preciso atribuir al negocio un valor real y aunque la norma no define lo que debe entenderse por valor real los principios generales de interpretación contenidos en el artículo 3.1 CC conducen a entender por tal e valor normal de mercado entre partes independientes
3.12.2.- Adquisición de establecimiento mercantil mediante donación o adquisición hereditaria
3.12.3. Posibilidad de reconocer en la entidad beneficiaria de la aportación no dineraria del negocio un fondo de comercio
3.13.-El requisito de información del nuevo artículo 49 bis del Reglamento del IS
3.14.-Constitución y dotación a la reserva obligatoria indisponible regulada en el artículo 213.4 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Traslado de sociedad del Territorio Común a Vizcaya
3.15.- Acogimiento de una plusvalía por transmisión del fondo de comercio al beneficio fiscal reinversión o deducción en cuota. Incompatibilidad con la deducción por reinversión y la deducción del artículo 12.5 TRLIS.
3.16.-Caso práctico
3.17.- Bibliografía Nuevo tratamiento del fondo de comercio, Ruptura producida entre las normas contables y las fiscales.
3.18.-Tratamiento contable. Consultas ICAC
3.19.- Modificaciones legislativas últimas en Territorio Común
3.20.- Posibilidad de comprobación de la cuantificación del fondo de comercio, aunque se hubiera generado en periodo prescrito.
3.21.- La transposición de la Directiva UE 2013/34.
3.22.- Fondo de comercio adquirido a título gratuito
3.23.- El cambio del fondo de comercio en la inversión exterior.
3.24.- Fecha de antigüedad de un fondo de comercio como consecuencia del devenir de la actividad.
3.25.-Fondo de comercio financiero y fondo de comercio explícito.
4.-Invstigación y Desarrollo (I+D)
4.1.-Criterios administrativos y jurisprudenciales
4.2.- Tratamiento contable aplicable a las operaciones de financiación de proyectos de I+D entre empresas
4.3.- Bibliografía. I+D. Innovación empresarial en el IS. Perspectiva tributaria hasta el año 2002. CIIS.
4.4.- Confección de programas para equipos electrónicos
4.5.- Transmisión entre sociedades del mismo grupo de elementos afectos a la deducción por I+D acogidos a libertad de amortización
4.6.-Prestación de servicios de lavandería y tintorería y limpieza de ante, cuero, y piel que pretende desarrolla un nuevo sistema de secado y planchado que le suponga un importante ahorro energético.
4.7.- Posicionamiento del TJUE ante incentivos I+D
4.8.- Libertad de amortización en gastos de I+D. Criterio para la amortización. Transmisión entre sociedades del mismo grupo de elementos afectos a la deducción por I+D y acogidos a libertad de amortización
4.9.- Gastos en material fungible de laboratorio
4.10.- Bibliografía.
4.11.- Aplicación de la libertad de amortización en edificios e instalaciones afectos a I+D
4.12.- Registro de gastos contabilizados como gastos del ejercicio versus gastos a activar. Gastos de desarrollo
4.13.-Sobre el adecuado soporte documental para el reconocimiento de estos gastos como de investigación y desarrollo.
4.14.- Calificación como innovación tecnológica de inversiones en el campo de la Prevención de Riesgos Laborales
4.15.- Realización de un prototipo de máquina de llenado aséptico n bolsas estériles aplicable a la industria de conservación de productos alimenticios
4.16.- En prestación de servicios de lavandería y tintorería y limpieza de ante, cuero y piel se pretende desarrollar u nuevo sistema de secado y planchado que supone importante ahorro energético.
4.17.- Material de laboratorio
4.18.- Sancionabilidad
4.19.-En operaciones de reorganización empresarial (fusione, escisiones, ….).
5.- Patent Box o reducción ingresos por cesión de intangibles
5.1.-Software
5.2.- Análisis del incentivo del patent box
5.3.- Cesión de know-how
5.4.- Los motivos económicos justificativos de una escisión acogible a beneficios fiscales por las rentas derivadas de la cesión del derecho de uso o explotación, en favor de terceros, de los modelos de utilidad que reciba de la escindida
5.5.-Aplicación de la reducción por cesión de intangibles a los ingresos derivados del cumplimiento de hits contractuales
5.6.-Ingresos derivados de los contratos de puesta en práctica de conocimientos tecnológicos en la instalación de nuevas plantas industriales
5.7.- En actividades farmacéuticas y medicamentos.
5.8.- Ingresos derivados de la cesión del derecho a la explotación de los activos intangibles derivados de la actividad de diseño consistente en la creación de nuevos MODELOS DE CALZADO con los correspondientes dibujos y demás especificaciones económicas necesarias para su fabricación
5.9.-Investigación y desarrollo de nuevos sabores y texturas en las hamburguesas
5.10.- Contrato de cesión del derecho de uso de la marca comercial registrada y sus diseños gráficos
5.11.- Inclusión dentro del coste de los activos intangibles cedidos los gastos de I+D incurridos para la obtención del activo sin que resulte necesario que figuren activados en el balance
5.12.-Cesiones de uso de dibujos, planos, formulas y procedimientos secretos
5.13.- El estímulo fiscal del patent box en la planificación fiscal
5.14.- Modificaciones legislativas en el año 2016 y 2018. Nueva fórmula para la determinación del porcentaje de reducción de la base imponible Diferencias con los regímenes forales
5.15.- Caso práctico
5.16.-Disminución del porcentaje de la reducción por explotación de propiedad industrial cuando se desarrolla parcialmente por una filial
5.17.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
5.18.-Reducción por cesión de intangibles entre sociedades pertenecientes a un grupo de consolidación fiscal.
5.19.- Diseño industrial
5.20.-Comercialización de tecnología.
5.21.-Cesión de fórmulas no capitalizadas en balance
5.22.- Bibliografía.
5.23.- En actividades de franquicia
5.24.- Necesidad de distinguir entre la remuneración por la cesión de los derechos de explotación de los activos de la propiedad industrial, específicamente el know how y la prestación de asistencia técnica o prestación de servicios técnicos.
5.25.- Sobre si a los efectos del incentivo los activos comprendidos bajo la denominación genérica “propiedad industrial” son solo o no son solo los que hayan tenido acceso a los registros públicos correspondientes.
5.26.- En consolidación fiscal.
5.27.- Cesión de patentes.
5.28.- Internacionalización y fiscalidad de los intangibles.
5.29.- Gastos derivados del reparto de costes de bienes o servicios.
6.-Esquema descriptivo de la tributación del inmovilizado inmaterial
7.- Intangible con vida útil indefinida
8.- Marcas y material publicitario:
8.1. Criterios administrativos y jurisprudenciales
8.2. Adquiridas a personas físicas socios o a personas vinculadas.
8.3.-Deducibilidad amortizaciones de marcas adquiridas a socio mayoritario.
8.4.- Cesión de marcas vinculadas
8.5.-Deducibilidad de la amortización y depreciación de las marcas
8.6.- Tratamiento contable
9.- Derechos de traspaso
10.- Software
10.1.- Naturaleza y amortización de los gastos de análisis y programación informática para la elaboración de programas informáticas nuevos.
10.2.- Adquisición de la licencia de uso por tiempo ilimitado de un programa informático
10.3.-Calificación de la confección de programas informáticos como I+D:
10.4.-Criterios administrativos y jurisdiccionales
11.- Web
12.- Derechos de adquisición de jugadores de futbol
13.-Opción de compra de activos.
14.- Otros intangibles
15.- Transmisión de la posición de arrendatario en un contrato de arrendamiento financiero.
16.- Vida útil definida en el Inmovilizado Intangible. La amortización del inmovilizado intangible con vida útil definida
17.- Derechos de franquicia
18– Las correcciones valorativas tras la última reforma del Impuesto sobre Sociedades
19.- El tratamiento del fondo de comercio en el Impuesto Sociedades Foral.
20.- Restricciones a la deducibilidad en gastos y pérdidas en el Impuesto sobre Sociedades.
21.-Adquisición de una cartera de clientes.
22.- Calificación del derecho de interconexión de un parque eólico a la red eléctrica.
23.-Tratamiento contable del Inmovilizado Intangible o Inmaterial
24.- Valoración de modificaciones legislativas introducidas en la normativa aplicable:
24.1.-Modificaciones introducidas en el impuesto sobre sociedades para los años 2018 y 2019
24.2.- Modificaciones legislativas Real -decreto 602/2016.
25.-Diseños industriales, planos de máquinas e instalaciones varias, así como diversa información sobre esas máquinas e instalaciones que una empresa vendedora ha obtenido y desarrollado.
26.- Deterioro de unidades generadoras de efectivo
27.-Reducción en el 5% del valor de adquisición de propiedad intelectual o industrial
28.- Disminución del porcentaje de la reducción por explotación de propiedad industrial cuando se desarrolla parcialmente por una filial
29.-Consideración de una base de datos como aplicación informática
30.-Tratamiento contable de los ingresos por ventas de los servicios relacionados con los acuerdos de cesión de licencias. Caso práctico.
31.- El inmovilizado intangible y la valoración de operaciones entre partes vinculadas
31.1.- Gastos de investigación y desarrollo.
31.2.- Bibliografía
31.3.- Marcas
32.- Derecho de acceso a un determinado caladero de pesca concedido a la empresa.
33.- Aplicación de la exención por reinversión en la transmisión de elementos del inmovilizado inmaterial. Y al beneficio de deducción en cuota.
34.- Amortización del usufructo vitalicio constituido sobre un inmueble aportado a una sociedad por los socios (ver resto problemáticas en Grupo 8 Fiscalidad Operaciones Varias).
35.- Sobre la consideración como inmovilizado inmaterial de los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública, así como los de doblaje o subtitulado que se ceden en exclusiva al productor.
36.-Calificación como innovación tecnológica de inversiones en el campo de la Prevención de Riesgos Laborales
37.- Reconocimiento y valoración de unos contratos de mantenimiento adquiridos.
38.- Amortización acelerada
39.-Derecho de uso en exclusiva de un sistema de explotación de establecimientos de venta al por menor en una zona geográfica.
40.- Inversión realizada para la edición de libros.
41.- Fondo de comercio negativo
42.- Amortización de la propiedad industrial. Contenido del concepto de canon en la normativa interna española (ver resto problemáticas desarrolladas en Grupo 8 Fiscalidad Operaciones Varias)
43.- Amortización de la propiedad intelectual. (ver resto problemáticas desarrolladas en Grupo 8 Fiscalidad Operaciones Varias)
44.- Los principios generales de valoración de intangibles.
45.- Amortización de derechos de explotación de películas
46.- Amortización de concesiones administrativas (Ver resto problemáticas desarrolladas en Grupo 8 Fiscalidad Operaciones Varias).
47.- Derecho de opción de compra
48.-Transmisión de la posición de arrendatario en un contrato de arrendamiento financiero.