8.28.-EPSV. FONDOS Y PLANES DE PENSIONES. MUTUALIDADES. OTROS SISTEMAS DE PREVISIÓN ALTERNTATIVOS
1.-Supuestos de aplicación del régimen transitorio a las prestaciones de instrumentos de previsión social
2.-Traspasos (movilización de derechos). Traspasos realizados por los beneficiarios y por los socios ordinarios de EPSV de sus derechos económicos a otra entidad.
2.1 Traspasos realizados por las personas socias ordinarias.
2.2.- Traspasos realizados por las personas beneficiarias.
2.3.- Percepción de los derechos económicos devengados de una EPSV traspasada a otra entidad de nueva apertura
2.4.-Tributación de las prestaciones percibidas de contrato de seguro contratado con Mutualidad de Previsión Social y rescate de EPSV de la que es titular.
2.5.- Plan de pensiones al que hizo aportaciones en 2008 y años posteriores. En 2008 se traspasa a una EPSV, la cual está formada por cantidades que fueron objeto de reducción y por otras que no lo fueron.
2.6.- Traspaso de un plan de pensiones a otro producto de ahorro a otra EPSV y a una Mutualidad
2.7.- Traspaso de las reservas acumuladas en una EPSV a otra entidad
2.8.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
2.9.-La movilización de derechos económicos de una mutualidad de previsión social a un plan de pensiones tributa como rendimiento del trabajo
2.10.- Traspaso de derechos de un fondo de pensiones fuera UE a fondo español
2.11.- Traspaso derechos de un fondo de persona fallecida a otro fondo del beneficiario
2.12.- Traspaso de los derechos de un Fondo de Pensiones a otros instrumentos de previsión social
2.13.-Traspaso de derechos consolidados de un seguro colectivo que instrumenta compromisos por pensiones a otra póliza de seguro.
2.14.- Movilización de derechos consolidados entre Planes de Ahorro Individuales
3.-Ley 5/2012 sobre EPSV y contingencias cubiertas y normativa sobre Planes y Fondos de Pensiones.
4.-Reforma fiscal de la Previsión Social en País Vasco 2025
5.-Problemática y consecuencias tributarias sobre la distinta naturaleza jurídica o no de los Fondos y Planes de Pensiones comercializados en el Territorio Común y las EPSV en el País Vasco.
5.1.- Aportaciones realizadas por los partícipes en planes de pensiones y socios de las epsv. Aportaciones realizadas por residentes en territorio común a EPSV del País Vasco y al contrario. Tratamiento unitario entre EPSV y Fondos de Pensiones
5.2.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
6.-Acaecimiento de distintas prestaciones. Sucesivos rescates. Posibilidad de rescatar por 2 contingencias aportaciones antes de 2006.Recepcion prestaciones de diversos planes por aportaciones antes de 2006 Territorio común Normas y regulaciones estatales.
7.- Sobre la exigibilidad de las prestaciones
8.- Problemáticas fiscales relacionadas con la fidelización ofrecida por las entidades de Planes y pensiones.
8.1.- Incumplimiento fidelización
8.2.-Tributación de la bonificación percibida de una entidad bancaria por el traspaso de un plan de pensiones a dicha entidad. Tratamiento de la penalidad impuesto por no cumplir el plazo de permanencia al traspasar a otra entidad el plan bonificado.
9.-Tratamiento como renta irregular en el IRPF de los rescates. Aplicación de las reducciones no integrables.
9.1.- Rescate de varios planes:
9.2.-Segundo rescate por contingencia de jubilación tributa
9.3.- Tratamiento fiscal derivado de los Fondos de Pensiones y de las EPSV. Percepción de prestaciones de un plan de pensiones y de una epsv en un mismo ejercicio o en varios.
9.4.- Concepto de primera prestación
9.5.-El concepto de aportación.
9.6.-Cálculo del periodo medio de permanencia de cada una de las aportaciones de EPSV.
9.7.- Integración del 60% de los dos abonos percibidos en forma de capital en un único ejercicio por el acaecimiento de la contingencia de jubilación
9.8.-Aplicación de la reducción del 40% en las prestaciones derivadas del plan de pensiones del que es titular al percibirlas en forma de capital. Concepto de primera prestación percibida en forma de capital. Cuando se entiende que las aportaciones guardan una periodicidad y regularidad suficientes y periodo medio de permanencia.
9.9.-Aplicación del porcentaje de integración del 60% sobre las cantidades percibidas en forma de capital como consecuencia de la jubilación pese haber disfrutado de tal porcentaje de integración 3 años antes cono consecuencia del fallecimiento de un familiar, desempleo, etc.
9.10.-Incidencia del bloqueo judicial del plan de pensiones en la aplicabilidad de la reducción del 40%.
9.11.-Prestaciones mixtas (capital único y además renta periódica) apartado 1 del artículo 15 del Reglamento del Impuesto.
9.12.-Conbtingencias diferentes
9.13.- Criterios administrativos y jurisdiccionales específicos de la normativa vizcaína:
9.13.- Criterios administrativos y jurisdiccionales específicos de la normativa vizcaína sobre Planes, Fondos de Pensiones y EPSV.
9.13.1.- Rescate de EPSV por contingencia de fallecimiento.
9.13.2. Tratamiento fiscal correspondiente a las indemnizaciones por fallecimiento en accidente laboral o por incapacidad permanente abonadas por la Seguridad Social o por las entidades que la sustituyan.
9.13.3.-Rendimientos obtenidos de forma fraccionada, rendimientos obtenidos en forma de renta y concepto de percepción en forma periódica o recurrente
9.13.4. Percepción fraccionada de rendimientos del trabajo.
9.13.5. Pensiones compensatorias percibidas del cónyuge o pareja de hecho.
9.13.6. Prestaciones mixtas abonadas por una Entidad de Previsión Social Voluntaria: apartado 1 del artículo 15 del Reglamento del Impuesto.
9.13.7. Percepción en forma de capital de varias Entidades de Previsión Social Voluntaria (y/o planes de pensiones).
9.13.8. Primera prestación percibida en forma de capital de EPSV.
9.13.9. Contingencias diferentes a los efectos del artículo 15.1 del Reglamento del Impuesto.
9.13.10. Prestaciones percibidas de EPSV en forma de capital por fallecimiento.
9.13.11. Traspasos realizados por los beneficiarios y por los socios ordinarios de EPSV de sus derechos económicos a otra entidad.
9.3.11.1 Traspasos realizados por las personas socias ordinarias.
9.13.11.2 Traspasos realizados por las personas beneficiarias.
9.13.12.- Prestaciones percibidas de EPSV en forma de capital por baja voluntaria o rescate.
9.13.13.- EPSV. Desempleo de larga duración y ejercicio del derecho de rescate.
9.13.14.- Disposición adicional única del Decreto Foral 175/2013, de 10 de diciembre. Concepto de primera prestación.
9.13.15.-Límite máximo sobre el que puede aplicarse el porcentaje de integración del 60 por 100.
9.13.16. Contratos de seguros colectivos. Artículo 18. 6º. a) de la Norma Foral del Impuesto.
9.13.17.-Régimen transitorio aplicable a las mutualidades de previsión social. (Disposición transitoria séptima de la Norma Foral del Impuesto).
9.13.18.- Percepción en forma de capital de varias Entidades de Previsión Social Voluntaria (y/o planes de pensiones).
9.13.19.- Otros criterios. Prestaciones percibidas de EPSV en forma de capital por baja voluntaria o rescate.
9.14.- Tratamiento de renta irregular. Computo del rescate cada 5 años en la aplicación del tratamiento de renta irregular
10.- Problemáticas fiscales derivadas de la existencia de un matrimonio y de sus regímenes económicos.
10.1.- Posibilidad de reducir la base imponible por las aportaciones que realice a la EPPV de la que se asocia a su mujer hasta el ejercicio en que está se jubile
10.2.- Contribuyente separado por sentencia judicial de su esposa la cual tiene 1º de minusvalía del 65 por 100 ya es titular de un plan de pensiones especial, sobre si si puede seguir realizando aportaciones como cónyuge ha dicho plan de pensiones
10.3.- Prestaciones recibidas por el beneficiario de un fondo de pensiones realizadas casado en gananciales y separado judicialmente posteriormente
10.4.-Obligada tributaria con residencia fiscal en el extranjero ha percibido como consecuencia de la disolución de la sociedad de gananciales una prestación en forma de capital procedente del rescate de plan de pensiones de su exmarido constituido en el extranjero
10.5.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
10.6.-Cantidad que un obligado tributario satisface a su ex cónyuge en calidad de pensión compensatoria si puede tener derecho a practicar en su base imponible general la reducción
10.7.- Criterio del Tribunal Supremo acerca del Carácter ganancial de las aportaciones dinerarias realizadas durante la vigencia del régimen económico de gananciales a un fondo de pensiones privativo del marido
10.8.- Si en la tributación por el rescate de la prestación puede considerarse bien ganancial y tributar cada cónyuge por la mitad de la prestación
10.9.- Aplicación régimen transitorio
11.-Bilbiografía
12.- Renuncia a una EPSV a favor de una o varias personas determinadas
13.-Rectificación de opciones en el cobro de las prestaciones. Rectificación de declaraciones de años anteriores
14.- Plan pensiones extranjero. Traslado de empleado a sociedades del grupo en el extranjero.
15.-Tributación en estado de Plan de Pensiones. Tratamiento fiscal derivado de la percepción de prestaciones de un plan de pensiones y de una EPSV en un mismo ejercicio o en varios
15.1.- Prestaciones por diversos planes de pensiones recibidas en forma de capital
15.2.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
15.3.- Rescate por una jubilada voluntaria de un plan de pensiones con aportaciones anteriores a 2007 y de un Plan Universal en la Mutualidad de la abogacía.
16.- Prestaciones por Discapacidad. Incapacidad. Minusvalías.
17.- Integración en el IRPF de las prestaciones de los planes de pensiones
17.1.- Acaecimiento de distintas prestaciones. Sucesivos rescates. Posibilidad de rescatar por 2 contingencias aportaciones antes de 2006.Recepcion prestaciones de diversos planes por aportaciones antes de 2006 Territorio común Normas y regulaciones estatales.
17.2.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
17.3.-Si en la tributación por el rescate de la prestación puede considerarse bien ganancial y tributar cada cónyuge por la mitad de la prestación
17.4.- Rescate en forma de renta y de capital de plan de pensiones.
17.5.-Percepción de la prestación en forma de renta
17.6.-Rescate de Fondos de Pensiones en el Territorio Común. Rescate anticipado del plan de pensiones a partir de 2025.
17.7.- Aportación y cobro en el mismo ejercicio Cantidades aportadas a otra nueva EPSV provenientes del rescate total de otra EPSV
17.8.-Sobre si las cantidades cobradas una vez producido el hecho causante de las prestaciones financiadas con cargo a las reservas acumuladas pueden o no considerarse obtenidas como consecuencia de la baja voluntaria del contribuyente en la PSV o como consecuencia de la que acaecimiento de la contingencia de que se trate
17.9.- Si tributa la integración en el año de rescate cuando en su día la aportación no desgravó o redujo la base imponible del IRPF.
17.10.- Rescate por una jubilada voluntaria de un plan de pensiones con aportaciones anteriores a 2007 y de un Plan Universal en la Mutualidad de la abogacía.
17.11.- Concepto de percepciones que se integran efectivamente en la base imponible.
17.12.- Tributación de la bonificación percibida de una entidad bancaria por el traspaso de un plan de pensiones a dicha entidad. Tratamiento de la penalidad impuesto por no cumplir el plazo de permanencia al traspasar a otra entidad el plan bonificado.
17.13.- Concepto de primera prestación
17.14.- Prestaciones percibidas de EPSV en forma de capital por baja voluntaria o rescate.
18.- Aportaciones y rescates después de jubilación. Jubilación parcial. Jubilación de seguro colectivo. Problemáticas suscitadas con la jubilación.
18.1.-Aplicación de la reducción a Jubilado que en un año rescata un plan de pensiones sin reducción y posteriormente rescata en forma de capital de otro plan de pensiones aportaciones realizas antes del 31.12.2006. Jubilado con varios planees hasta 31.12.2006 aplicación de la reducción si realizo rescate aplicando reducción régimen transitorio para las prestaciones derivadas de dos contratos de seguros colectivos. Fecha de inicio de cobro de la prestación de jubilación. Plazo legal para que el beneficiario o su representante legal comuniquen el acaecimiento de la contingencia. Momento en que puede cobrar la prestación por jubilación en forma de capital.
18.2.- Jubilación parcial, activa y anticipada y voluntaria. Con contrato de relevo. Supuesto en el que los Estatutos de la EPSV permitan anticipar el cobro de la prestación por jubilación al momento en que se acceda a la situación de jubilación parcial
18.3.- Jubilación parcial. Cuando se considera acaecida la contingencia de jubilación
18.4.-Tributación del cobro de la prestación por jubilación de una EPSV cuando se es titular al mismo tiempo de diversas EPSVS de distintas entidades.
18.5.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
18.6.-Percepción de la prestación de jubilación en forma mixta: en forma de capital en el mismo ejercicio por la parte correspondiente a las aportaciones realizadas hasta el 31.12.2006 y en forma de renta en varios ejercicios el resto.
18.7.- Prejubilación. Acceso a la Jubilación definitiva.
18.8.- Optimización sobre la mejor forma de percibir la prestación en supuestos de jubilación Aplicación de la reducción del 40% en las prestaciones derivadas del plan de pensiones del que es titular al percibirlas en forma de capital. Concepto de primera prestación percibida en forma de capital. Cuando se considera acaecida la contingencia de jubilación
18.9.- Jubilado que percibió prestación en forma de capital y es partícipe de otro plan de pensiones que tiene intención de cobrar la correspondiente prestación en 2018.
18.10.- Existiendo un Convenio Especial suscrito con la Seguridad Social
18.11.- Sobre si las cantidades cobradas de una EPSV una vez producido el hecho causante de las prestaciones (jubilación parcial…). pueden considerarse obtenidas por la baja voluntaria del contribuyente en la EPSV. Rescates en jubilación por dos contingencias. Jubilación y baja voluntaria.
18.12.-Posibilidad de realizar aportaciones a los planes de pensiones de los que es titular el mismo año del rescate con derecho a reducir la base imponible y posibilidad de continuar efectuando posteriormente aportaciones al plan de pensiones del cónyuge con derecho a reducir la base imponible
18.13.-Aplicación de la reducción del 40% en las prestaciones derivadas del plan de pensiones del que es titular al percibirlas en forma de capital. Concepto de primera prestación percibida en forma de capital. Momento en que puede cobrar la prestación por jubilación derivada de planes de pensiones en forma de capital. modificación de la fecha de cobro de la prestación
18.14.- Aplicación del porcentaje de integración del 60% sobre las cantidades percibidas en forma de capital como consecuencia de la jubilación pese haber disfrutado de tal porcentaje de integración 3 años antes cono consecuencia del fallecimiento de un familiar, desempleo, etc. Rescate por una jubilada voluntaria de un plan de pensiones con aportaciones anteriores a 2007 y de un Plan Universal en la Mutualidad de la abogacía.
19.- Reducciones y límites.
19.1 Evolución límites
19.2.- Límite máximo sobre el que puede aplicarse el porcentaje de integración del 60 por 100.
19.3. Nuevos límites de reducción aplicables en IRPF a las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social tras su reforma por LPG de 2022
19.4.- Otras cuestiones relacionadas con esta problemática. Limites de reducción por aportaciones a sistemas de previsión social. Base liquidable del irpf. Limites de reducción por aportaciones a sistemas de previsión social. Base liquidable del IRPF
19.5.-Esquema de tributación de rescates y límites a los mismos en Vizcaya
19.6.-Supuesto en el que las aportaciones individuales y las contribuciones imputadas superan el límite de reducción de la base imponible general. Determinación de los excesos que darán derecho a reducción en ejercicios siguientes. Y en el mismo ejercicio en que se rescata el plan.
19.7.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
19.7.1.-Reducción por aportaciones o contribuciones a sistemas de previsión social. Aplicación del límite relacionado con la base liquidable general en tributación conjunta.
19.7.2.- Reducción por aportaciones o contribuciones a sistemas de previsión social. Límites financieros y fiscales.
19.7.3.-Situación tras la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
19.7.4. Reducción por aportaciones o contribuciones a sistemas de previsión social. Supuesto en el que las aportaciones individuales y las contribuciones empresariales imputadas superan los límites máximos de reducción conjuntos. Determinación de los excesos que dan derecho a reducción en ejercicios siguientes.
19.7.5.- Prorrateo de los límites establecidos en el artículo 71 de la Norma Foral 13/2013: reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.
19.7.6.- Limitaciones derivadas de la situación de jubilación.
19.7.6.1.- Artículo 70.5 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre.
19.7.6.2- Artículo 70.6 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre.
19.7.7.- Excesos pendientes de reducir de ejercicios anteriores. Situación de jubilación.
19.7.8. -Análisis del supuesto especial previsto en el artículo 72 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre.
19.7.9.- Mutualidad de Previsión Social de Deportistas Profesionales: régimen de excesos. (Disposición adicional novena de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre).
19.7.10.- Aportaciones de empresarios individuales y autónomos.
19.8.- Bibliografía
20.- Mutualidades. Régimen transitorio
20.1.- IRPF. Prestaciones en forma de capital con reducción del 40%.
20.2.- Impuesto Patrimonio
20.3.- Pensión pública por aportaciones a Mutualidad laboral de la Banca
20.4.- Régimen transitorio aplicable a los planes de pensiones, de mutualidades de previsión social y de previsión asegurados. Aportaciones anteriores a 2007. Examen de los regímenes fiscales anteriores a la citada fecha.Forma en la que debe aplicarse el régimen transitorio de las mutualidades de previsión social.
20.5.-Traspaso de planes de Pensiones y Mutualidades a EPSV
20.6.- Si debido a la antigüedad de las aportaciones realizadas a una mutualidad de previsión social no resulta posible acreditar la cuantía de las mismas que pudo o no ser objeto de reducción o minoración en la base imponible
20.7.-Criterio del Tribunal Supremo sobre el tratamiento fiscal de las aportaciones rescatadas del plan de la Mutualidad por un abogado no ejerciente. Prestaciones rescatadas de la mutualidad de la abogacía
20.8.- Prestaciones derivadas de contratos de seguro concertados con mutualidades de previsión social.
20.9.- Prestación percibida de la mutualidad por el beneficiario que no fue objeto de reducción ni de minoración en el IRPF
20.10.- Seguro suscrito con una mutualidad de previsión social por el cual en caso de incapacidad temporal recibirá la prestación correspondiente
20.11.-Menor tributación para los pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades por las que no minoraron su base imponible del IRPF
20.12.-Criterios administrativos y jurisdiccionales
20.13.-Criterio del Tribunal Supremo sobre las prestaciones por jubilación de los antiguos trabajadores de Banca. Pensiones de empleados de banca
20.14.-Pensiones de Telefónica
20.15.-Rescate por una jubilada voluntaria de un plan de pensiones con aportaciones anteriores a 2007 y de un Plan Universal en la Mutualidad de la abogacía.
20.16.-Percepción de prestaciones de EPSV que tuvo en su momento la naturaleza de Mutualidad de Previsión Voluntaria
20.17.- Régimen Transitorio: diversas cuestiones sobre las prestaciones derivadas de Mutualidades de Previsión Social
20.18.- Solicitudes de devolución del IRPF presentadas para la aplicación de la DT 2ª de la LIRPF Solicitudes de devolución del IRPF presentadas para la aplicación de la DT 2ª de la LIRPF
20.19.-Doctrina del Tribunal Supremo sobre el tratamiento fiscal de las aportaciones a las Mutualidades de Previsión Social.
20.20.- Criterio del Tribunal Supremo sobre la deducibilidad de las dotaciones a la provisión de fondos internos de pensiones para los trabajadores de Mutualidades.
21.-Sobre la exclusión de la masa concursal de los planes de pensiones del insolvente
22.-Criterio del Tribunal Supremo sobre si el rescate de un Plan de Pensiones determina la extinción de un subsidio de desempleo.
23.- Contingencia de fallecimiento. Tributación por Impuesto Sucesiones. Muerte del partícipe o beneficiario que puede generar derecho o prestaciones de viudedad, orfandad ó a favor de otros herederos.
23.1.-Tributación cantidades cobradas en forma de capital en ejercicios sucesivos de una EPSV de la que el contribuyente es beneficiario por contingencia de fallecimiento y de otras de las que es socio.
23.2.- Aplicación de la reducción del 40%. Prestaciones percibidas de la EPSV en forma de capital por fallecimiento.
23.3.-Gravamen de las prestaciones de planes de pensiones por el Impuesto Sucesiones o IRPF
23.4.- Ejercicio al que se imputan estas prestaciones
23.5.-Fallecimiento de socio sin haberse dedignado ningún beneficiario expreso en el omento de su incorporación a la misma
23.6.-Criterios administrativos y jurisdiccionales
23.7.-Prestación por fallecimiento de las EPSV o de los Planes de pensiones. Renuncia por la beneficiaria principal en favor de hijos.
24.-Optimización fiscal en planes de pensiones
25.- Contribuciones empresariales. Aportación por empresa a favor de socios. Aportaciónes por autónomos
25.1.- Aportaciones a un plan de pensiones de empleo por la empresa a favor de sus socios y autónomos.
25.2.- Criterios administrativos y jurisdiccionales:
25.3.- Plan de Pensiones para autónomos
25.4.- Qué es un plan de Pensiones de Empleo. Simplificados
25.5.- Tributación de las aportaciones empresariales.
25.5.1.-Deducibilidad aportaciones a instituciones de previsión del personal. Requisitos
25.5.2.- Incidencia de la normativa contable
25.5.3.- Criterios administrativos y jurisdiccionales
25.5.4.-Aportaciones realizadas en favor de los dos socios trabajadores que actualmente no prestan sus servicios en la entidad al tener suspendido el contrato de trabajo.
25.5.5.- Deducibilidad de las aportaciones a un fondo de pensiones de directivos procedentes de Inglaterra
25.5.6.- Deducibilidad aportaciones a seguros colectivos de vida
25.5.7.- Fondos internos. Mutualidades.
25.5.8.- Deducibilidad de las aportaciones a una EPSV correspondientes a servicios pasados del personal activo para su previsión social complementaria
25.5.9.- Deducción de las contribuciones satisfechas a sistemas alternativos para la cobertura de prestaciones análogas a los planes y fondos de pensiones
25.5.10.- Dotaciones a las provisiones de fondos internos de pensiones para los trabajadores
25.5.11.-Retenciones
25.5.12. Persona jurídica beneficiaria de un plan de pensiones
25.5.13.-Aportación empresarial a una EPSV del trabajador
25.5.14.- Deducibilidad dotaciones a la provisión realizadas por la empresa para la cobertura de plan de prejubilaciones
25.5.15.-Aportación por empresa a favor de socios. Plan de pensiones para autónomos y de empleo. Aportaciones realizadas como socio protector de una EPSV de empleo a favor de socios trabajadores titulares del capital social de la sociedad.
25.5.16.- Cuestiones relacionadas con esta problemática
25.6.- Prestaciones percibidas en forma de capital correspondientes a contribuciones empresariales derivadas del plan de reequilibrio de un plan de pensiones derivadas de servicios pasados y asumidos por una empresa con sus trabajadores que tienen el derecho a percibir el importe de los fondos constituidos en un periodo máximo de 10 años y que se consideran contribuciones empresariales aportadas con anterioridad a 1 de enero de 2007
25.7.- Aportaciones efectuadas al plan de pensiones de los socios administradores de una sociedad de responsabilidad limitada cuya relación laboral mantenida con la entidad se encuadra como una relación laboral especial de alta dirección
26.- Criterios administrativos y jurisdiccionales del País Vasco respecto a las EPSVS
27.- Externalización de fondos internos para compromiso por pensiones del personal activo y pasivo
28.- Ley del Concierto Económico con el país Vasco: Compatibilidad entre la potestad estatal y la de los territorios históricos en el ámbito tributario.
29.- Titular de un plan de previsión asegurado y socio de una epsv. Cobro en forma de capital de la prestación de jubilación por PPA:
29.1.- Planes de Previsión Asegurados29.1.- Planes de Previsión Asegurados
29.2.- Planes individuales de Ahorro Sistemático. Régimen financiero y fiscal de los planes de previsión asegurados.
30.-Sobre el Fondo de Pensiones de Telefónica
31.- COVID Supuestos de disponibilidad extraordinaria de los derechos correspondientes a los sistemas de previsión social como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
32.-Tratmiento contable:
32.1.-Contabilización de los compromisos por pensiones asumidos por las empresas
32.2.-El concepto de retribución a largo plazo “prestación definida”.
32.3.- Sobre la estimación del pasivo (activo) a reconocer por retribuciones a largo plazo de prestación definida. Caso práctico.
32.4.- Acerca del concepto de retribución a largo plazo de “aportación definida
32.5.- Las cuentas de registro contable para las retribuciones a largo plazo de aportación definida
33.- ERES. Continencia de desempleo de larga duración y ejercicio del derecho de rescate. ERES. Porcentaje de integración aplicable a las cantidades cobradas de la epsv por un contribuyente afectado por un ERE.
34.- Mutualidades de Deportistas.
35.- Contratos seguro. Seguros Colectivos. Seguro colectivo de supervivencia transformado en plan de pensiones.
36.- Embargabilidad de los derechos económicos de socios y beneficiarios.