20.04.06 CONSTRUCCION

 CONSTRUCCION

A. GENERAL

1.- Concepto de ejecución de obra

2.- Reparaciones en periodo de garantía

3.-Trabajos de asfaltado de acceso a viviendas particulares y dentro de urbanizaciones privadas. Punto acceso a garaje.

4.- Ejecución de obra de subcontratista para contratista principal

5.-Tratamiento en el iva de las penalizaciones en contratos de ejecución de obra aplicadas por demora en la terminación de los mismos.

B.DEVENGO

1.- El devengo en la certificación de obra.

1.1.- Bibliografía:

1.2.- Contrato de industriales que recoge un sistema de actuación y pagos a buena cuenta que los sujeta a liquidación definitiva y a la aprobación y recepción de las obras, trabajos o suministros que comprenda

1.3.- Acordar en contrato que la puesta a disposición de la obra se produce con la entrega de la factura marca el devengo del IVA más allá de que realmente se produzca la entrega

1.4.- Dado que las certificaciones de obra NO SUPONEN UNA ENTREGA DE BIENES sujeta al iva pues se instrumentan meros pagos parciales a cuenta sin que exista puesta a disposición el tributo se devenga únicamente en el momento del cobro de cada certificación

1.5.- Solo si la expedición de certificaciones por ejecuciones de obra con aportación de materiales supusiera la entrega de la obra o parte de la misma al cliente

1.6.- El devengo del impuesto en las entregas de bienes se produce en el momento en que el destinatario ADQUIERE LA TOTALIDAD DE FACULTADES QUE CORRESPONDEN AL PROPIETARIO DEL BIEN,

1.7.- Expedición de facturas parciales a medida que se va realizando el proyecto realizado por una entidad que se dedica a la ACTIVIDAD DE DISEÑO E INSTALACIÓN DE SISTEMAS LOGÍSTICOS AUTOMATIZADOS,

1.8.- Devengo del iva en las certificaciones de obra que se pagan a más de 180 días

1.9.-Bien se trate de entrega de bienes o prestaciones de servicios y siempre que estemos ante una ejecución, la puesta a disposición del destinatario de ese nuevo bien determina el momento en que se entiende efectuada.

1.10.- La simple expedición de certificaciones de obra que pongan de manifiesto el avance de unas obras sin haberse producido transmisión de poder de disposición no determina el devengo del Impuesto

1.11.- La expedición de certificaciones de obra en las que se documente el estado de avance de las obras no determina el devengo del IVA ya que la mera expedición no cabe calificarla como entrega de bienes puesto que NO HAY TRANSMISIÓN DEL PODER DE DISPOSICIÓN

1.12.- A efectos del modelo 347 declaración anual de ingresos y pagos.

1.13.- El devengo se produjo en el momento de recepción provisional de las obras con independencia de cuando se realice el pago de la certificación correspondiente a la liquidación provisional

1.14.- Ejecución de obras para constructores percibiendo el importe de lo certificado mediante EFECTOS O PAGARÉS a 6 meses de la factura o certificación de la obra

1.15.- En el supuesto de ejecuciones de obra el devengo del iva no se produce en el momento de la emisión de las certificaciones de obra sino en el momento de la RECEPCIÓN PROVISIONAL DE LAS OBRAS

1.16.-

1.17.- Devengo del iva en ejecuciones de obra inmobiliaria realizadas POR SUBCONTRATISTAS PARA EL CONTRATISTA PRINCIPAL

1.18.- Certificaciones de obra PAGADAS MEDIANTE CONFIRMING sin recurso

1.19.- Cuando se expidan las certificaciones de obra, el devengo del impuesto se producirá únicamente cuando como consecuencia de la conformidad con la factura derivada de dichas certificaciones ponga a disposición de la misma la totalidad de la obra, UNA PARTE O PARTE INDEPENDIENTE, completa y terminada de dicha obra objeto de ejecución y certificación.

1.20.- En las ejecuciones de obra con APORTACIÓN DE MAERIALES ya se califiquen como entrega de bienes o como prestaciones de servicios el devengo se produce cuando los bienes se pongan a disposic9ón del dueño de la obra

1.21.- Producción del devengo en el momento de la RECEPCIÓN PROVISIONAL de las obras con independencia del momento de pago de la certificación correspondiente

1.22.- Certificaciones de obra. La doctrina que se asienta en esta materia implica que bien se trate de entrega de bienes o prestaciones de servicios y siempre que estemos ante una ejecución de obra, definida en los términos de la sentencia de 14 de mayo de 1985 del TJCE como la obtención de un bien distinto a los utilizados en su realización, la puesta a disposición del destinatario de ese nuevo bien determina el momento en que se entiende efectuada

1.23.- Obras de urbanización en las que un ayuntamiento asume la gestión directa en calidad de agente urbanizador se produce al tratarse de un contrato de obra, en el momento de la recepción de la obra,

1.24.- Ejecución de obras PUBLICAS

1.25.- En los contratos de ejecución de obra que tengan la consideración de entrega de bienes o en los que teniendo la consideración de prestación de servicios se aporten materiales por el constructor, el momento que determinara el devengo del iva será aquel en el que el destinatario de la operación en que consiste la ejecución de obra se convierta en propietario de la misma, en cuanto adquiera la totalidad de la facultadas que corresponden al propietario de un bien.

1.26.- La presentación o expedición de las certificaciones de obras no determina el devengo de impuesto, salvo en los casos de pago anticipado efectivo del precio –

1.27.- En los contratos de ejecución de obra que tengan la consideración de entrega de bienes o en los que teniendo la consideración de prestación de servicios se aporten materiales por el constructor el momento que determinará el devengo del iva será aquel en el que el destinatario de la operación en que consiste la ejecución de obra se convierta en propietario de la misma, en cuanto adquiera la totalidad de las facultades que corresponden al propietario de un bien.

1.28.- En las ejecuciones de obra el devengo se producirá en el momento de entregar la obra al dueño de la misma o en el momento de realizar la operación gravada (según incluyan o no aportación de materiales) pero los pagos anticipados devengan el IVA en el momento de su abono por lo que las cantidades retenidas en garantía de la ejecución correcto de la obra no devengan IVA hasta el momento de pago o de devengo definitivo del Iva.

1.29.- El devengo del IVA se produce en el momento de la entrega de la obra o en el momento del abono de las certificaciones emitidas SIN QUE EN NINGUN CASO LA SIMPLE EMISIÓN DE ÉSTAS IMPLIQUE QUE SE DEVENGE EL IMPUESTO, HABIDA CUENTA QUE LAS MISMAS NO PRODUCEN ELEFECTO DE LA ENTREGA DE LA OBRA EJECUTADA.

1.30.- El importe de la certificación de obra constituye un pago anticipado a la realización de la entrega del bien que se realiza mediante cheque bancario y se entenderá pagado cuando se presente al cobro y se haga efectivo.

1.31.- Subcontratista para grandes constructoras cuyos clientes son la administración pública realizando obras sin aportación de materiales certificando mensualmente la parte de la obra ejecutada que tienen subcontratada emitiendo la correspondiente factura, así como un pagaré

1.32.- En materia de ejecuciones de obra a las que sea aplicable lo dispuesto en la Ley de Ordenación de la Edificación, la suscripción del ACTA DE RECEPCIÓN O LA RECEPCIÓN TÁCITA supondrá el devengo del impuesto por cuanto la misma determina la entrega a su destinatario.

1.33.- En materia de ejecuciones de ejecuciones de obra la contribuyente debe aplicar el principio de devengo a efectos del reconocimiento contable de ingresos.

1.34.-Montaje, instalación, reparación y venta de maquinaria industrial. En ocasiones, los clientes de gran dimensión adquieren sus productos para integrarlos en instalaciones complejas con carácter de proyecto llave en mano para un cliente final.

1.35.- No supondrán el devengo del iva la presentación o expedición de las certificaciones de obras salvo en aquellos casos en que conlleve la puesta a disposición de los bienes la realización de las operaciones gravadas o el pago anticipado del precio

1.36.- Devengo en caso de pagos realizados en función del avance de una obra.

1.37.-En las certificaciones de obra el devengo se produce cuando se abonan y no

cuando se expiden

1.38.- No se considera pago anticipado el ENDOSO DESCUENTO O PIGNORACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN y por tanto no determina el devengo del iva.

1.39.- Certificaciones de obra pública cuyo pago se realiza en un momento posterior

 1.40.- Criterios administrativos y jurisprudenciales

2.- En contratos con la Administración:

2.1.- Contratos administrativos de obras practicadas entre la recepción provisional y la

 definitiva como consecuencia de los incrementos en el valor de los trabajos efectivamente

realizados sobre los inicialmente propuesto.

El devengo se produce CON LA EXPEDICCIÓN de la certificación de obras, que supone

 la entrega a la Administración de las unidades de obra ejecutadas, aunque se desconozca

la suma debida por aquellas unidades que se determina en la liquidación provisional.

Distinción entre devengo y exigibilidad del tributo.

2.2.- Calificación de los pagos generados por certificaciones de obra en los contratos

con entes públicos a efectos del devengo del iva.

2.3.- Contrato administrativo. Concepto y naturaleza de las certificaciones de obra

2.4.- El devengo se produce al expedirse la certificación puesto que cada certificación

documenta en realidad una entrega de obra y supone la realización del hecho imponible

2.5.- El devengo se produjo en el momento de recepción provisional de las obras por

 el Ayuntamiento con independencia de cuando se realice el pago de la certificación

correspondiente a la liquidación provisional

2.6.- La doctrina correcta y que debía prevalecer era la de que en el caso de expedición

 de certificaciones de obra el devengo del iva se produce en el momento en que las

mismas se expiden o emiten y no en el momento en que las mismas se abonan.

Las certificaciones de obra responden a resultados parciales de la obra realmente

 ejecutada y permiten que, una vez realizada y por tanto pue3sta a disposición

 de la Administraci´0on a partir de que se expide la certificación el contratista pueda

exigir el pago a cuenta de la obra realizada sin que ello suponga un pago anticipado

 que responde a la obra certificada y entregada a la Administración.

2.7.- El devengo del iva en los contratos administrativos de ejecución de obras

2.8.- En el caso de ejecuciones de obras cuyos destinatarios sean las administraciones

públicas el devengo se produce en el momento de la recepción de la obra admitiéndose

recepciones parciales o por razones de interés público cuando se acuerda la ocupación

efectiva de las obras o su puesta en servicio para el uso público

2.9.- Entregas de bienes y prestaciones de servicios para una entidad pública, la cual

 le solicita que emita factura correspondiente a trabajos no realizados y cuyo cobro se

producirá en todo caso después de su realización.

2.10.- En el supuesto de ejecuciones de obra el devengo del iva no se produce en el

 momento de la emisión de las certificaciones

2.11.- La administración exige a una empresa instaladora eléctrica que emita una

certificación por el importe total de la obra SIN QUE ESTA HAYA COMENZADO, sin

 que se efectúe la recepción de la obra por parte de la administración pública y sin

que se produzca ningún cobro a cuenta.

2.12.- Certificaciones de obra pública cuyo pago se realiza en un momento posterior.

2.13.- Ejecuciones de obra con aportación de materiales expidiendo mensualmente

durante la ejecución de las obras las correspondientes certificaciones y facturas.

3.-Transmisión y puesta a disposición ejecuciones de obra por partes:

3.1.- Los términos transmisión y puesta a disposición empleados en la norma fiscal

 deben entenderse conforme a su sentido jurídico como la disponibilidad de la cosa

objeto del contrato, esto es en la terminología legal es una expresión equivalente a la

entrega, es decir, representa el modo de adquisición del dominio sobre los inmuebles

 por parte de la entidad adquirente.

3.2.-Entidad realiza OBRAS DE CARPINTERÍA como subcontratista aporta parte de los

materiales, para constructores y emite certificaciones de obra mensuales.

C. TIPOS DE GRAVAMEN

1.- Requisitos aplicación tipo reducido

2.- Rehabilitación integral de vivienda por el adquirente

3.- Para rehabilitación:

4.- Para Comunidades de Propietarios y viviendas de personas físicas:

5.- Obras de renovación y reparación y reforma en viviendas.

              5.1.-Obras en vivienda arrendada.

5.2.- Reforma integral de vivienda habitual.

5.3.-Obras de renovación y reparación de viviendas.

5.4.-Prestaciones de servicios. Ejecuciones de obra de albañilería en viviendas.

5.5.- Trabajos efectuados por un pintor

5.6.- Obras de reparación de tejados, fachadas, aleros, cornisas de un edificio

de viviendas

5.7.- Contratación de trabajos de carpintería por promotor

5.8.- Ejecución de trabajos de instalaciones de agua, gas, calefacción, energías,

renovables, protección contra incendios, etc.

5.9.- Comunidad de propietarios de unos edificios de viviendas que presentan daños

estructurales

6.- Encargos de compañías aseguradoras

7.- Aplicación del tipo reducido a distintos conceptos que aparecen en la factura:

(obra/andamios)

8.- Plataformas para minusválidos en Comunidades de Propietarios

9.- Subsanación de defectos de construcción:

10.-Transformación de inmueble en 2 viviendas para uso particular:

11.- Acreditación de la condición de promotor a efectos de la repercusión del tipo reducido

 del IVA:

12.- tipo de IVA aplicable por una empresa constructora en la ejecución de obra de cuartos

trasteros Para una comunidad de propietarios: el 7 o el 16%.

13.- Obras en viviendas particulares y en Comunidad de propietarios

14.- Tipo impositivo aplicable a las obras de reforma de piscinas comunitarias y diversas

 zonas comunes

15.-Aplicación tipo reducida en la instalación de placas fotovoltaicas en una vivienda habitual

16.- . Ejecuciones de obra en una vivienda consistentes en picado de paredes, reforzamiento

de estructuras (vigas y pilares), alicatado, solado de baños y cocina, colocación de tarima,

escayola y aislante en los techos, armarios empotrados, cambios de puertas, renovación

 total, de la conducción de agua e instalación eléctrica, instalación de caldera de gas natural

y radiadores de calefacción, instalación de nuevos aparatos sanitarios y muebles de cocina y

pintura de paredes.

17.- Construcción de un centro residencial en el que residen personas que requieren asistencia

18.- Comunidad de propietarios. Obras de rehabilitación. Instalación de ascensores

19.- Obras de reforma en vivienda desarrolladas por profesionales de distintos gremios

20.- Ejecuciones de obra para la construcción de un ACUARTELAMIENTO que constará de

edificaciones independientes destinadas a usos diversos: VIVIENDAS, ALOJAMIENTO DE SOLTEROS,

GALERÍA DE TIRO, GARAJES, OFICINAS ET

21.- Obras de construcción de jardines y calzadas

22.- Apartamentos turísticos:

23.- Cuartos trasteros

24.- Subcontratista que realiza ejecuciones de obra para la construcción de viviendas

25.- Mejoras y reformas efectuadas por el promotor como la instalación de la piscina,

instalación del aire acondicionado en la vivienda en construcción

26.- Comunidad de propietarios, actuando como promotor, ha contratado la construcción

 de 72 plazas de garaje en el subsuelo de los terrenos de la Comunidad donde

27.- Propietario de un solar sobre el que va a construir 3 viviendas una para uso propio y las

 otras dos para ser cedidas

28.- Obras de construcción de una residencia de enfermos por una Fundación sin ánimo de lucro

 y para una residencia para personas con trastornos mentales.

29.- Ejecución de obras realizada para unir dos fincas y conseguir una vivienda más grande

30.- Ejecuciones de obra con o sin aportación de materiales que tengan por objeto la

Construcción de una vivienda unifamiliar que sean consecuencia de un contrato concertado

 directamente entre la empresa constructora y el promotor propietario de dicha vivienda

 unifamiliar

31.- Actividad de alquiler y montaje de grúas torre para la construcción.

32.- . Obras de rehabilitación integral realizadas en la vivienda y obras de impermeabilización

que va a acometer la comunidad de vecinos a la que pertenece

33.- Ejecución de la obra correspondiente a la acometida de agua y alcantarillado por una

empresa suministradora a favor de un particular promotor de su vivienda habitual

34.- Las ejecuciones de obra para la construcción de apartamentos tutelados y la posterior

transmisión por el promotor

35.- . Tipo impositivo para la construcción de PISCINAS tanto para urbanizaciones de viviendas

 como para propietarios de viviendas unifamiliares.

36.- Ejecuciones de obra entre contratista y promotor sobre aplicación de tipo reducido

cuando el objeto del contrato sean las obras previas a la construcción de viviendas como las

 de movimiento de tierras, explanación,

37.- Ejecuciones de obra de acometida para llevar electricidad, teléfono y agua hasta un

edificio en construcción, así como la excavación de zanjas necesarias para realizar dichas

acometidas

38.- Venta con instalación de armarios de cocina y baño, en contratos con promotores de

edificaciones destinadas principalmente a viviendas.

39.- Ejecuciones de obra. Construcción de una edificación destinada en más de un 50 por 100

 a viviendas en la que se produce la división horizontal antes del inicio de las obras. En este

 caso tipo aplicable en la obra destinada a locales.

40.- Sobre la inclusión o no de los andamios entre los materiales de las obras de albañilería

 para Comunidad de propietarios y cuantificar el porcentaje atribuible a coste de materiales

para determinar tipo de gravamen a aplicar

41.- Aplicación o no del tipo reducido a la construcción de un edificio anejo a la vivienda

preexistente no adosado que no va a destinarse principalmente a vivienda ni supone ampliación

 de la superficie útil de la vivienda preexistente

42.- Tipo aplicable en ejecución de obra consistente en urbanización de viviendas en

construcción considerando a tal efecto las obras que consistan en conexión de las

edificaciones a las redes generales de saneamiento, agua potable, electricidad, obras de

urbanización interior como construcción de jardines, aceras. Calzadas, calzadas en espacios

 situados entre edificios ubicados en un mismo solar, siempre que fuesen de uso privado de

los propietarios de las viviendas allí situadas

43.- Construcción edificio de un apartahotel compuesto por apartamentos SIN DIVIDIR

 HORIZONTALMENTE el edificio

44.- obras realizadas por una empresa dedicada a la IMPERMEABILIZACIÓN Y REPARACIÓN DE

 TEJADOS a comunidades de propietarios.

43.- Ejecuciones de obra de albañilería. Concepto de albañilería

44.- Las ejecuciones de obra concertadas directamente entre el promotor y contratista que tienen

por objeto la construcción de una vivienda promovida por el primero para uso propio

45.- Criterios del TEAC en ejecuciones de obras que tengan por objeto la construcción de

 piscinas u otras instalaciones deportivas, o cuando se encuentren en parcelas en las

 que se construyen en edificio destinado a viviendas y aunque se construyan simultáneamente

 con aquellas o que se contraten directamente con el promotor de una edificación siendo

 irrelevante también que la piscina se construya para una comunidad de propietarios o para

el propietario individual

46.- Recogida de residuos

47.- Demolición y nueva construcción de una plaza dentro de una urbanización

48.- – Ejecución de obra para la construcción de un centro residencial destinado a prestar

servicios asistenciales a personas con discapacidad intelectual que servirá también de alojamiento

 permanente de dichas personas.

49.- Movimientos de tierras y explanación de terrenos para la construcción de viviendas:

50.-Obras de demolición de edificios:

51.- Infraestructuras de telecomunicaciones que se proporcionan a los adquirentes de las

viviendas junto con éstas y cuyo coste se incluye cono mayor valor de la vivienda

52.- Trabajos de asfaltado de viales de acceso a viviendas particulares y dentro de urbanizaciones

  privadas.

53.- Demolición de un muro, excavación y movimientos de tierras y retirada de tierras y residuos

de la excavación previas a la construcción

54.- Servicios de reparación y mantenimiento de cañerías y arquetas

55.- Entrega con instalación de muebles de cocina y baño, así como de grifos, lavaderos, y

 fregaderos efectuada para promotores de edificios destinados a viviendas

56.- Asfaltado de una carretera de acceso a una vivienda que se realiza con posterioridad a la

 construcción de la misma

57.- Obras propias de urbanización de los terrenos, elementos accesorios a las edificaciones que

 les sirven de acceso y procuran prestaciones propias del suelo urbano:

58.- Comunidad de propietarios que va a realizar obras de rehabilitación de su edificio para lo

cual será necesaria la instalación de andamios y medios auxiliares.

59.- IVA aplicable a la reforma integral de un local para transformarlo en vivienda (loft)

60.- Comunidad de propietarios de unos edificios de viviendas que presentan daños

estructurales después de finalizadas y contratan ejecución de obra para reforzar la

cimentación y reparar las fachadas de los edificios.

61.-Obra para la construcción de apartamentos tutelados.